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Matrimonio con extranjero

2 Comentarios
 
14/11/2017 17:14
Condedecartagena
Podría decirme la documentación necesaria para casarnos aquí en madrid ? Gracias
05/11/2017 21:21
March15
Hola:

Si es residente permanente en otro Estado parte de la Unión Europea que es también parte del espacio de Schengen, puede circular libremente por el espacio de Schengen y permanecer hasta por 90 días en cualquiera de los otros Estados parte del espacio de Schengen. En la práctica, al no haber controles fronterizos dentro del espacio de Schengen, una persona extracomunitaria autorizada a residir en otro Estado parte de la Unión Europea puede llegar a quedarse en España incluso mayor tiempo del que jurídicamente le está permitido. En estos casos, si llegase a ser descubierto que ha pasado más tiempo del que le es permitido, se le puede invitar a que retorne al Estado miembro de la Unión Europea en el que está autorizada a residir, el cual está obligado a aceptar a esa persona en su territorio. El tratamiento jurídico es distinto del que tendría un extranjero extracomunitario en situación irregular, a quien sí podría imponerse una multa y eventualmente, se podría expulsar de España.

Si esa persona fuera residente permanente en otro Estado parte como titular en él de una autorización de residencia de larga duración-UE, puede solicitar en España que le sea reconocido, como segundo Estado, el derecho de residencia de larga duración-UE que ya le fue reconocido en el Estado de procedencia. Esto tiene por efecto la pérdida del derecho de residencia en el Estado de procedencia.

Para formalizar unión de pareja estable, depende de la Comunidad Autónoma en la que resida en cuanto a los requisitos que se exjan, porque la normativa varía de una a otra. De los extranjeros, se suele requerir la certificación del estado civil, básicamente porque, por un lado, el art. 9.1 del Código Civil establece que el estado civil de las personas se rige por su ley personal, que es la ley del país de nacionalidad. Por otro lado, porque para que pueda beneficiarse del derecho de residencia en régimen comunitario, al ser incompatbles las situaciones de matrimonio y pareja de hecho registrada, conviene que se tenga los correspondientes certificados de estado civil a fin de poderlos aportar en caso de que sean requeridos por la Oficina de Extrjería.

Un cordial saludo.
Matrimonio con extranjero
31/10/2017 13:46
Buenas tardes, me gustaría que me aconsejaran estoy un poco perdido sobre el tema.
Mi pareja es de Bielorrusia con tarjeta de residencia permanente en República Checa desde hace 6 años, Lleva en España 7 años como ilegal.
Que podemos hacer para regularizar su situacion aquí en España que no sea arraigo.
Le es dicicil conseguir la carta de soltería, hay alguna otra solución como pareja de hecho o casarnos en otro país . Gracias
Matrimonio con extranjero | PorticoLegal
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14/11/2017 17:14
Condedecartagena
Podría decirme la documentación necesaria para casarnos aquí en madrid ? Gracias
05/11/2017 21:21
March15
Hola:

Si es residente permanente en otro Estado parte de la Unión Europea que es también parte del espacio de Schengen, puede circular libremente por el espacio de Schengen y permanecer hasta por 90 días en cualquiera de los otros Estados parte del espacio de Schengen. En la práctica, al no haber controles fronterizos dentro del espacio de Schengen, una persona extracomunitaria autorizada a residir en otro Estado parte de la Unión Europea puede llegar a quedarse en España incluso mayor tiempo del que jurídicamente le está permitido. En estos casos, si llegase a ser descubierto que ha pasado más tiempo del que le es permitido, se le puede invitar a que retorne al Estado miembro de la Unión Europea en el que está autorizada a residir, el cual está obligado a aceptar a esa persona en su territorio. El tratamiento jurídico es distinto del que tendría un extranjero extracomunitario en situación irregular, a quien sí podría imponerse una multa y eventualmente, se podría expulsar de España.

Si esa persona fuera residente permanente en otro Estado parte como titular en él de una autorización de residencia de larga duración-UE, puede solicitar en España que le sea reconocido, como segundo Estado, el derecho de residencia de larga duración-UE que ya le fue reconocido en el Estado de procedencia. Esto tiene por efecto la pérdida del derecho de residencia en el Estado de procedencia.

Para formalizar unión de pareja estable, depende de la Comunidad Autónoma en la que resida en cuanto a los requisitos que se exjan, porque la normativa varía de una a otra. De los extranjeros, se suele requerir la certificación del estado civil, básicamente porque, por un lado, el art. 9.1 del Código Civil establece que el estado civil de las personas se rige por su ley personal, que es la ley del país de nacionalidad. Por otro lado, porque para que pueda beneficiarse del derecho de residencia en régimen comunitario, al ser incompatbles las situaciones de matrimonio y pareja de hecho registrada, conviene que se tenga los correspondientes certificados de estado civil a fin de poderlos aportar en caso de que sean requeridos por la Oficina de Extrjería.

Un cordial saludo.
Matrimonio con extranjero
31/10/2017 13:46
Buenas tardes, me gustaría que me aconsejaran estoy un poco perdido sobre el tema.
Mi pareja es de Bielorrusia con tarjeta de residencia permanente en República Checa desde hace 6 años, Lleva en España 7 años como ilegal.
Que podemos hacer para regularizar su situacion aquí en España que no sea arraigo.
Le es dicicil conseguir la carta de soltería, hay alguna otra solución como pareja de hecho o casarnos en otro país . Gracias