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¿Matrimonio o pareja de hecho?

1 Comentarios
 
¿matrimonio o pareja de hecho?
24/10/2017 19:33
Hola!
Mi pareja es brasileña, nos conocimos en Londres y estuvimos alli juntos hasta que yo tuve que mudarme por trabajo a España. Ahora estamos viendo las posibilidades pata que él pueda venir y nos encontramos ante el dilema de casarnos o hacernos pareja de hecho.
A primera vista el procedimiento de pareja de hecho parece mas sencillo y rapido, ya que para eñ matrimonio hay q abrir expediente, hacer las entrevistas, que lo aprueben y lueho ya coger fecha de boda. ¿Alguien ha hecho alguna de las dos cosas y saben como funciona? Queremos lo q sea más rápido para conseguir papeles y trabajar.

¿Si fuera pareja de hecho, alguien sabe como podemos demostrar la convivencia son tener un contrato de vivienda o cuenta bancaria común?
25/10/2017 14:33
Alejandra2
Hola:

1.- Desde luego que formalizar pareja de hecho es más rápido que el matrimonio.

2.- No indica usted en qué Comunidad Autónoma de España está. La legislación varía de una a otra y con ello los requisitos. No en todas es necesario acreditar un período de residencia previo. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, se exige un año de convivencia, pero no necesariamente debe haber transcurrido en la Comunidad de Madrid, puede haberse estado conviviendo en otra Comunidad Autónoma de España o incluso en el extranjero, de todo lo cual se puede llevar pruebas documentales; los que corroboran que conviven como pareja son los dos testigos mayores de edad que los deben acompañar. Pero, por ejemplo, en Cataluña es posible formalizar la unión de pareja estable mediante escritura pública que luego se inscribe en el Registro de Parejas Estables de la Generalitat de Cataluña, sin que sea indispensable acreditar un tiempo mínimo de convivencia.

La inscripción como pareja de hecho en cualquiera de los Registros Públicos de titularidad autonómica o municipal existentes en España para parejas de hecho, permite al conviviente de hecho extracomunitario de un ciudadano de la Unión acceder a la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
¿Matrimonio o pareja de hecho? | PorticoLegal
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¿matrimonio o pareja de hecho?
24/10/2017 19:33
Hola!
Mi pareja es brasileña, nos conocimos en Londres y estuvimos alli juntos hasta que yo tuve que mudarme por trabajo a España. Ahora estamos viendo las posibilidades pata que él pueda venir y nos encontramos ante el dilema de casarnos o hacernos pareja de hecho.
A primera vista el procedimiento de pareja de hecho parece mas sencillo y rapido, ya que para eñ matrimonio hay q abrir expediente, hacer las entrevistas, que lo aprueben y lueho ya coger fecha de boda. ¿Alguien ha hecho alguna de las dos cosas y saben como funciona? Queremos lo q sea más rápido para conseguir papeles y trabajar.

¿Si fuera pareja de hecho, alguien sabe como podemos demostrar la convivencia son tener un contrato de vivienda o cuenta bancaria común?
25/10/2017 14:33
Alejandra2
Hola:

1.- Desde luego que formalizar pareja de hecho es más rápido que el matrimonio.

2.- No indica usted en qué Comunidad Autónoma de España está. La legislación varía de una a otra y con ello los requisitos. No en todas es necesario acreditar un período de residencia previo. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, se exige un año de convivencia, pero no necesariamente debe haber transcurrido en la Comunidad de Madrid, puede haberse estado conviviendo en otra Comunidad Autónoma de España o incluso en el extranjero, de todo lo cual se puede llevar pruebas documentales; los que corroboran que conviven como pareja son los dos testigos mayores de edad que los deben acompañar. Pero, por ejemplo, en Cataluña es posible formalizar la unión de pareja estable mediante escritura pública que luego se inscribe en el Registro de Parejas Estables de la Generalitat de Cataluña, sin que sea indispensable acreditar un tiempo mínimo de convivencia.

La inscripción como pareja de hecho en cualquiera de los Registros Públicos de titularidad autonómica o municipal existentes en España para parejas de hecho, permite al conviviente de hecho extracomunitario de un ciudadano de la Unión acceder a la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.