Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Matrimonio y vivienda

7 Comentarios
 
10/02/2014 11:42
Entiendo que esa contestación no es para mi, verdad?
10/02/2014 11:21
Buenos días,

En primer lugar me gustaría resaltar la excepción relativa a las aportaciones para pagar la vivienda habitual recogida en el código civil que tendrán carácter ganancial pese a la separación de bienes.

Deberá estudiar detenidamente ese aspecto, aunque usted adquiriera previamente al matrimonio el inmueble.


Sobre la siguiente cuestión, sería interesante conocer quién es el propietario y si usted tiene atribuida sólo el uso. En cualquier caso, siempre puede abonarlos y ejecutar luego la sentencia de divorcio reclamándole a su expareja las cantidades que abone. S.M.C.

Saludos,

http://www.perisroigabogados.com/
10/02/2014 09:45
Estoy divorciada desde hace tres años con un convenio firmado de mutio acuerdo donde nos hacemos cargo las dos partes del 50% cada uno de gastos de hipoteca Ibi y comunidad.El ha dejado de pagar su parte tanto de hipoteca como ibi y comunidad.Todo llega a la misma cuenta que es donde tenemos el prestamo hipotecario. Entonces ahora quiero saber si hay alguna forma de hacerme cargo de dichos cargos( ibi y comunidad) del 50% sin que me exijan la parte de el.

Un saludo y gracias .
30/10/2003 12:32
Muchas gracias por vuestras explicaciones (y por tus buenos deseos, Eugem, que espero que se cumplan).

Imagino que no puedo evitar que, ante un paso como este, me vengan a la cabeza casos que he tenido oportunidad de conocer y que me inquietan.

Claro que me preocupa el bienestar de mis futuros hijos, pero cuendo pienso las penurias que estoy pasando, el sacrificio económico que me supone la compra del piso y que pueda existir la posibilidad de perderlo (o al menos su uso) y que deba buscarme la vida (bueno, con el tiempo, y espero que no llegue el caso, tal vez no esté tan apurado) es que ya no tengo clara ni mi propia supervivencia.

Entiendo pues, que este tipo de pactos es conveniente establecerlos con anteriorirdad al mantrimonio (otra cosa es cómo hacerlo de forma diplomatica) y en escritura pública ante notario. ¿Podeís facilitarme algún tipo de redactado estandar en este sentido ?

Agradeceré cualquier consejo que tengáis a bien hacerme llegar

Un saludo y gracias de nuevo.

Raúl
30/10/2003 11:29

Veamos Raul:

Efectivamente en Cataluña rige el regimen de separación de bienes. Por lo tanto aunque te cases, el piso permanecerá solo a tu nombre si así lo deseas.

Si en un futuro soporta el pago de una parte de la hipoteca, en caso de separación, deberás devolver la cantidad aportada, mas intereses, o también podreis acordar escriturar el piso en la proporción de propiedad que estimeís conveniente para cada uno de vosotros.

Con respecto al uso del domicilio conyugal en caso de separación con hijos menores, puede - casi seguro - que le condedan la custodia de los niños (que convivan con ella) y el uso del domicilio conyugal. Ahora bien planteate (por darle otro enfoque) que también usará de tu piso tu hijo, carne de tu carne...

Por ultimo, podeis pactar previamente al matrimonio todo lo que de comun acuerdo querais. Siempre teniendo en cuenta que cara a separación con hijos menores, primarán los intereses del menor. Que quiere decir esto? Que si luego tu mujer no quiere cumplir lo pactado (que yo lo elevaría a escritura publica - Notario-) y efectivamente carece de ingresos, no tiene dónde ir, etc, tal vez aún así el Juez, previo informe del Fiscal le otorgue el uso de la vivienda, pero recuerda a tus posibles hijos, no sólo a ella.

Nunca se sabe, lo que puede decidir un Juez, pero tendrá a tu favor de partida, el acuerdo prematrimonial firmado en su día, que no dudes que tendrá su peso, salvo circunstanciás en las que deba primar en todo caso el interés del menor, que espero que nunca se den en tu vida.

Espero haberte ayudado
30/10/2003 00:30
Sin ser abogado, entiendo que estableciendo una separación de bienes, proteges tu patrimonio para el caso de un posible divorcio, pero en el momento en el que tengáis un hijo, la estadística es concluyente y lo mas probable es que tuvieras que abandonar la vivienda salvo que te concedieran a ti la custodia (cosa que solo ocurre en un porcentaje inferior al 5%).
29/10/2003 22:07
No te cases, tienes muchas dudas
Matrimonio y vivienda
29/10/2003 14:16
Hola todos.

Voy a casarme próximamente. Hace unos meses adquirí una vivienda que, con gran esfuerzo, estoy pagando yo solito y es en la que vamos a vivir.

A pesar de casarnos, de momento seguiré pagando yo solo la hipoteca, ya que mi futura esposa no trabaja en la actualidad.

Evidentemente cuando uno se casa lo hace sobre la base y con la esperanza de que todo vaya bien, pero las estadísticas de separaciones y divorcios están ahi, y no es que me preocupe unicamente lo que pueda ocurrir con el piso, pero me gustaría saber a que atenerme a ese respecto.

Vivimos en Cataluña, por lo que entiendo que el régimen matrimonial será de separación de bienes.

A pesar del matrimonio, ¿puedo mantener el piso exclusivamente a mi nombre?. Si algún día nos separamos, ¿qué derechos tendría sobre el piso? (entiendo que ahí puede tener trasncendencia si hay hijos y, en su caso, la tutela).

¿Cabe la posibilidad de pactar previamente sobre este tema? (por ej. que nunca podrá reclamar parte de la propiedad del piso o de su usufruto, al margen de que pueda establecerse alguna compensación económica)

Si en un futuro tiene ingresos propios y acordamos que también soporte el pago de una parte de la hipoteca,¿puede también acordarse la coopropiedad no necesariamente al 50% sino en el proporción que estimemos oportuna?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

Raúl








Matrimonio y vivienda | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Matrimonio y vivienda

7 Comentarios
 
10/02/2014 11:42
Entiendo que esa contestación no es para mi, verdad?
10/02/2014 11:21
Buenos días,

En primer lugar me gustaría resaltar la excepción relativa a las aportaciones para pagar la vivienda habitual recogida en el código civil que tendrán carácter ganancial pese a la separación de bienes.

Deberá estudiar detenidamente ese aspecto, aunque usted adquiriera previamente al matrimonio el inmueble.


Sobre la siguiente cuestión, sería interesante conocer quién es el propietario y si usted tiene atribuida sólo el uso. En cualquier caso, siempre puede abonarlos y ejecutar luego la sentencia de divorcio reclamándole a su expareja las cantidades que abone. S.M.C.

Saludos,

http://www.perisroigabogados.com/
10/02/2014 09:45
Estoy divorciada desde hace tres años con un convenio firmado de mutio acuerdo donde nos hacemos cargo las dos partes del 50% cada uno de gastos de hipoteca Ibi y comunidad.El ha dejado de pagar su parte tanto de hipoteca como ibi y comunidad.Todo llega a la misma cuenta que es donde tenemos el prestamo hipotecario. Entonces ahora quiero saber si hay alguna forma de hacerme cargo de dichos cargos( ibi y comunidad) del 50% sin que me exijan la parte de el.

Un saludo y gracias .
30/10/2003 12:32
Muchas gracias por vuestras explicaciones (y por tus buenos deseos, Eugem, que espero que se cumplan).

Imagino que no puedo evitar que, ante un paso como este, me vengan a la cabeza casos que he tenido oportunidad de conocer y que me inquietan.

Claro que me preocupa el bienestar de mis futuros hijos, pero cuendo pienso las penurias que estoy pasando, el sacrificio económico que me supone la compra del piso y que pueda existir la posibilidad de perderlo (o al menos su uso) y que deba buscarme la vida (bueno, con el tiempo, y espero que no llegue el caso, tal vez no esté tan apurado) es que ya no tengo clara ni mi propia supervivencia.

Entiendo pues, que este tipo de pactos es conveniente establecerlos con anteriorirdad al mantrimonio (otra cosa es cómo hacerlo de forma diplomatica) y en escritura pública ante notario. ¿Podeís facilitarme algún tipo de redactado estandar en este sentido ?

Agradeceré cualquier consejo que tengáis a bien hacerme llegar

Un saludo y gracias de nuevo.

Raúl
30/10/2003 11:29

Veamos Raul:

Efectivamente en Cataluña rige el regimen de separación de bienes. Por lo tanto aunque te cases, el piso permanecerá solo a tu nombre si así lo deseas.

Si en un futuro soporta el pago de una parte de la hipoteca, en caso de separación, deberás devolver la cantidad aportada, mas intereses, o también podreis acordar escriturar el piso en la proporción de propiedad que estimeís conveniente para cada uno de vosotros.

Con respecto al uso del domicilio conyugal en caso de separación con hijos menores, puede - casi seguro - que le condedan la custodia de los niños (que convivan con ella) y el uso del domicilio conyugal. Ahora bien planteate (por darle otro enfoque) que también usará de tu piso tu hijo, carne de tu carne...

Por ultimo, podeis pactar previamente al matrimonio todo lo que de comun acuerdo querais. Siempre teniendo en cuenta que cara a separación con hijos menores, primarán los intereses del menor. Que quiere decir esto? Que si luego tu mujer no quiere cumplir lo pactado (que yo lo elevaría a escritura publica - Notario-) y efectivamente carece de ingresos, no tiene dónde ir, etc, tal vez aún así el Juez, previo informe del Fiscal le otorgue el uso de la vivienda, pero recuerda a tus posibles hijos, no sólo a ella.

Nunca se sabe, lo que puede decidir un Juez, pero tendrá a tu favor de partida, el acuerdo prematrimonial firmado en su día, que no dudes que tendrá su peso, salvo circunstanciás en las que deba primar en todo caso el interés del menor, que espero que nunca se den en tu vida.

Espero haberte ayudado
30/10/2003 00:30
Sin ser abogado, entiendo que estableciendo una separación de bienes, proteges tu patrimonio para el caso de un posible divorcio, pero en el momento en el que tengáis un hijo, la estadística es concluyente y lo mas probable es que tuvieras que abandonar la vivienda salvo que te concedieran a ti la custodia (cosa que solo ocurre en un porcentaje inferior al 5%).
29/10/2003 22:07
No te cases, tienes muchas dudas
Matrimonio y vivienda
29/10/2003 14:16
Hola todos.

Voy a casarme próximamente. Hace unos meses adquirí una vivienda que, con gran esfuerzo, estoy pagando yo solito y es en la que vamos a vivir.

A pesar de casarnos, de momento seguiré pagando yo solo la hipoteca, ya que mi futura esposa no trabaja en la actualidad.

Evidentemente cuando uno se casa lo hace sobre la base y con la esperanza de que todo vaya bien, pero las estadísticas de separaciones y divorcios están ahi, y no es que me preocupe unicamente lo que pueda ocurrir con el piso, pero me gustaría saber a que atenerme a ese respecto.

Vivimos en Cataluña, por lo que entiendo que el régimen matrimonial será de separación de bienes.

A pesar del matrimonio, ¿puedo mantener el piso exclusivamente a mi nombre?. Si algún día nos separamos, ¿qué derechos tendría sobre el piso? (entiendo que ahí puede tener trasncendencia si hay hijos y, en su caso, la tutela).

¿Cabe la posibilidad de pactar previamente sobre este tema? (por ej. que nunca podrá reclamar parte de la propiedad del piso o de su usufruto, al margen de que pueda establecerse alguna compensación económica)

Si en un futuro tiene ingresos propios y acordamos que también soporte el pago de una parte de la hipoteca,¿puede también acordarse la coopropiedad no necesariamente al 50% sino en el proporción que estimemos oportuna?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

Raúl