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Maximo efectivo entre particulares

11 Comentarios
 
28/12/2022 16:10
Pepelu90
Muchas gracias a los, la verdad que se aprende bastante, error por mi parte, leer mas, antes de contestar.
Saludos y feliz navidad para todos
28/12/2022 10:32
zonadani
Eso mismo entiendo yo, pero no pretendía introducir ese caso, solamente aclararlo a caxarito.
.............................................
27/12/2022 23:15
Pepelu90
Eso es la segunda parte del primer punto , osea que entiendo que hace referencia a que el que cobra es profesional y el que compra particular con residencia en el extranjero
27/12/2022 18:58
caxarito
Pues sí, hay un pequeño error por tu parte: el límite de 10.000 € se aplica sólo cuando el pagador es particular y además con residencia en el extranjero.
27/12/2022 18:31
zonadani
De acuerdo con la Ley 11/2021, que entró en vigor en julio de 2021, todas las operaciones realizadas con dinero en efectivo tienen como cifra límite los 1.000 euros. Esa cantidad y su equivalente en cualquier otra moneda extranjera. Esto en lo relativo a profesionales y empresas, ya que la cantidad aumenta hasta los 10.000 euros en el caso de pagos entre particulares salvo error por mi parte
27/12/2022 15:09
Pepelu90
Con su enlace de la agencia tributaria parave que esta claro , porque en el ley no me quedaba muy tranquilo al estar un poco ambiguo pienso
Muchas gracias
27/12/2022 11:55
zonadani
Evidentemente se olvidaron de consolidar el preámbulo. De todas formas, lo aplicable es el articulado, no su preámbulo.
27/12/2022 10:20
Pepelu90
Esta sacado de esta ley consolidada
Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

Lo que no entiendo si en el articulo pone 1000 porque en el preambulo pone 2500
27/12/2022 10:06
zonadani
Me da la sensación de que aportas el artículo correspondiente y algunos comentarios seguramente entresacados de alguna web. A ese respecto, creo que los de 2.500 € se refiere a la legislación anterior (ahora son 1.000 €).
Para no entrar en disquisiciones, Hacienda te lo aclara en este enlace:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/IFXJ-IFWW/IAFRIAFRC12F?TIPO=X&CODIGO=0132768
27/12/2022 09:55
Pepelu90
Es que leyendo la ley en este punto:
1. 1. No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
No obstante, el citado importe será de 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.

Dice que seran 10.000 si uno no es profesional y no tiene domicilio fiscal en España,
No se si esto solo se refiere al punto primero, cuando uno de ellos es profesional, al ser del mismo punto

Por otro lado esta este punto:
Así, se establece una limitación, de carácter general, a los pagos en efectivo correspondientes a operaciones a partir de 2.500 euros. Se excluye de la limitación a los pagos efectuados cuando ninguno de los intervinientes en la operación actúe en calidad de empresario o profesional, así como a los pagos o ingresos realizados en entidades de crédito. Asimismo, se contempla expresamente una regla contra el fraccionamiento de operaciones a efectos del cálculo del límite legalmente establecido.

Pero es que en ningun sitio encuentro el pago entre dos que no sean profesionales
Resumiendo que no esta muy claro
26/12/2022 19:13
zonadani
Que yo sepa, entre particulares no hay límite.
...............................
Maximo efectivo entre particulares
25/12/2022 20:59
Hola alguien me puede decir cuanto es el maximo permitido pagar en efectivo entre particulares pues me estoy leyendo la Ley 7/2012, de 29 de octubre y algunas paginas y cada vez lo tengo menos claro
Maximo efectivo entre particulares | PorticoLegal
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28/12/2022 16:10
Pepelu90
Muchas gracias a los, la verdad que se aprende bastante, error por mi parte, leer mas, antes de contestar.
Saludos y feliz navidad para todos
28/12/2022 10:32
zonadani
Eso mismo entiendo yo, pero no pretendía introducir ese caso, solamente aclararlo a caxarito.
.............................................
27/12/2022 23:15
Pepelu90
Eso es la segunda parte del primer punto , osea que entiendo que hace referencia a que el que cobra es profesional y el que compra particular con residencia en el extranjero
27/12/2022 18:58
caxarito
Pues sí, hay un pequeño error por tu parte: el límite de 10.000 € se aplica sólo cuando el pagador es particular y además con residencia en el extranjero.
27/12/2022 18:31
zonadani
De acuerdo con la Ley 11/2021, que entró en vigor en julio de 2021, todas las operaciones realizadas con dinero en efectivo tienen como cifra límite los 1.000 euros. Esa cantidad y su equivalente en cualquier otra moneda extranjera. Esto en lo relativo a profesionales y empresas, ya que la cantidad aumenta hasta los 10.000 euros en el caso de pagos entre particulares salvo error por mi parte
27/12/2022 15:09
Pepelu90
Con su enlace de la agencia tributaria parave que esta claro , porque en el ley no me quedaba muy tranquilo al estar un poco ambiguo pienso
Muchas gracias
27/12/2022 11:55
zonadani
Evidentemente se olvidaron de consolidar el preámbulo. De todas formas, lo aplicable es el articulado, no su preámbulo.
27/12/2022 10:20
Pepelu90
Esta sacado de esta ley consolidada
Ley 7/2012, de 29 de octubre, de modificación de la normativa tributaria y presupuestaria y de adecuación de la normativa financiera para la intensificación de las actuaciones en la prevención y lucha contra el fraude.

Lo que no entiendo si en el articulo pone 1000 porque en el preambulo pone 2500
27/12/2022 10:06
zonadani
Me da la sensación de que aportas el artículo correspondiente y algunos comentarios seguramente entresacados de alguna web. A ese respecto, creo que los de 2.500 € se refiere a la legislación anterior (ahora son 1.000 €).
Para no entrar en disquisiciones, Hacienda te lo aclara en este enlace:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/IFXJ-IFWW/IAFRIAFRC12F?TIPO=X&CODIGO=0132768
27/12/2022 09:55
Pepelu90
Es que leyendo la ley en este punto:
1. 1. No podrán pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
No obstante, el citado importe será de 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.

Dice que seran 10.000 si uno no es profesional y no tiene domicilio fiscal en España,
No se si esto solo se refiere al punto primero, cuando uno de ellos es profesional, al ser del mismo punto

Por otro lado esta este punto:
Así, se establece una limitación, de carácter general, a los pagos en efectivo correspondientes a operaciones a partir de 2.500 euros. Se excluye de la limitación a los pagos efectuados cuando ninguno de los intervinientes en la operación actúe en calidad de empresario o profesional, así como a los pagos o ingresos realizados en entidades de crédito. Asimismo, se contempla expresamente una regla contra el fraccionamiento de operaciones a efectos del cálculo del límite legalmente establecido.

Pero es que en ningun sitio encuentro el pago entre dos que no sean profesionales
Resumiendo que no esta muy claro
26/12/2022 19:13
zonadani
Que yo sepa, entre particulares no hay límite.
...............................
Maximo efectivo entre particulares
25/12/2022 20:59
Hola alguien me puede decir cuanto es el maximo permitido pagar en efectivo entre particulares pues me estoy leyendo la Ley 7/2012, de 29 de octubre y algunas paginas y cada vez lo tengo menos claro