Buenos Dias, el dia 6 de abril me despidieron despues de 21 años trabajando en la misma empresa, la indemnizacion me la dan en 2 veces, la primera parte al despedirme y la 2 parte a primeros de Julio, mi duda es, la empresa que me despidio, ahora quiere llamarme para volver a trabajar, en teoria un mes de vacaciones, del 15 de lulio al 15 de agosto, tendria que devolver algo de la indemnizacion, o pagar a hacienda por haber llamado a trabajar la misma empresa que me despidio aunque solo sea un mes?
En principio la normativa no fija un tiempo mínimo de trabajo sino que según lo que yo entiendo si el trabajador vuelve a trabajar en la empresa o en cualquier empresa del grupo si lo hubiere en un plazo de 3 años desde la fecha de despido la indemnización percibida deberá estar sujeta a irpf, es decir, pierde la exención.
Un saludo.