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Me ha llegado una denuncia de la policia local y no me identificaron en su momento.

5 Comentarios
 
Me ha llegado una denuncia de la policia local y no me identificaron en su momento.
12/12/2019 13:08
Buenas tardes a tod@s estoy un poco confuso tengo una consulta que realizar.

Hace un año o mas hice una parada en la plaza de minusválidos que pusieron en frente de mi casa, era una parada no un estacionamiento yo permanecía dentro del vehículo.

Un minuto después aparecen dos agentes de policía jóvenes los conocía del instituto y eran lo peor pero eso es otro tema.

El caso es que me preguntan que porque he aparcado en la plaza de minusválidos a lo que les respondo que no estoy aparcado estoy con el motor encendido y retiro el vehículo en ese mismo momento.

Cuando bajo del vehículo me preguntan si hay algún problema con algún vecino de esta calle a lo que respondo que el vecino de la plaza de minusválidos siempre esta llamado a la policía cuando cualquier vecino estaciona cerca de la plaza.

Matizar que la plaza a día de hoy sido retirada por el mal uso que se le estaba dando. ya que el propietario de la plaza no aparcaba nunca, es un anciano y su hija la usaba para su uso particular y aparcar lo mas cerca posible. nunca para lo que esta destinado ese tipo de plazas.

Volviendo al tema les digo que lo mejor es que llame a los supuestos vecinos que han llamado a las autoridades y hablamos de lo ocurrido. cuando me acerque al portal para llamar al timbre los agentes me prohibieron llamar y hablar con los vecinos y me amenazaron con detenerme y esposarme si lo hacia..... vamos como lo cuento No se si esto es legal o no pero me parece un abuso de autoridad.

Yo llame al timbre de todos modos salió la vecina y le pregunte si había llamado a la policía a lo que contesto que no había llamado a nadie y se fue.

Después de esto el policía dijo ahora te vamos a esposar por alteración del orden publico. danos el DNI.

Yo estaba alucinado, no llevaba el DNI encima y se lo comunique, me dijeron pues entra a casa a buscarlo y sal.

Entre en mi casa y no volví a salir. llamaron dos veces al timbre y se fueron.

Bueno pues después de mas de un año me llega una carta del ayuntamiento, la versión de la policía es mas o menos la mismas añadiendo que yo llame hija de puta a la vecina lo cual es totalmente falso.

También pone en el atestado que no me pudieron identificar, por que me escondí en el domicilio pero por la matricula del coche saben que soy yo.

Bueno llegados a este punto no se que hacer si pago los 600 euros y me olvido del tema o si al no identificarme de manera correcta hay posibilidad de recurrir la denuncia.

También había pensado en denunciarlos a ellos ya que creo que abusaron de la autoridad desde el primer minuto. pero eso son mas lios.

Agradezco cualquier comentario gracias.
12/12/2019 13:31
Raul7
Por un lado, esta prohibido parar en una plaza de minusválido (Reglamento general de Circulación, artículo 94), por otro, la multa de 600€ en concepto de que se la han puesto? Insultar a la vecina o resistencia a la autoridad?
12/12/2019 16:06
Johnwick
Gracias Johnwick acabo de ver que son dos: Causas desordenes en la vía publica 36.3 y desobediencia o resistencia a la autoridad o sus agentes. 36.6

La fecha del incidente fue el 23/02/2018 es normal que llegue ahora?
13/12/2019 08:53
Raul7
Siendo una sanción por falta grave como es el caso, tienen hasta 2 años para notificarla, además de que los agentes de policía tienen presunción de veracidad y si no tienes testigos o como demostrar que no es así, no puedes hacer nada. Además de que desapareciste cuando te solicitaron la identificación por lo que la falta de desobediencia existe.
13/12/2019 11:29
Raul7
36.3. Causar desórdenes en las vías, espacios o establecimientos públicos, u obstaculizar la vía pública con mobiliario urbano, vehículos, contenedores, neumáticos u otros objetos, cuando en ambos casos se ocasione una alteración grave de la seguridad ciudadana.
6. La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación
Artículo 38. Prescripción de las infracciones. 1. Las infracciones administrativas tipificadas en esta Ley prescribirán a los seis meses, al año o a los dos años de haberse cometido, según sean leves, graves o muy graves, respectivamente.

En primer lugar la Ley de Seguridad Ciudadana establece la prescripción de las infracciones graves al año. Por lo que si como dices la cometiste en 2 del 2018, salvo que se hubiese interrumpido la prescripción, ya estarían prescritas las faltas.
Por otra parte el 36.3 habla de desordenes cuando se altere gravemente la seguridad ciudadana, al parecer en tu caso esto no se dio. Este artículo parece dispuesto para altercados en manifestaciones, etcc.
Si son 600 euros entiendo que es si pagas antes, ya que creo que las sanciones por infracciones graves en su grado mínimo son de 600 euros, por lo tanto serían 1200.

Saludos.
13/12/2019 21:59
Port
Entonces entiendo que las denuncias al ser faltas graves y prescriben al año y ya han pasado casi dos están prescritas es decir debo hacer un recurso de alegación indicando que ya han prescrito?

En caso contrario no estoy conforme con la denuncia 36.3 todo fue tranquilo y sin altercados no entiendo el motivo de la denuncia supongo que también se podría recurrir aunque sin testigos.. difícil lo veo no?
Me ha llegado una denuncia de la policia local y no me identificaron en su momento. | PorticoLegal
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Me ha llegado una denuncia de la policia local y no me identificaron en su momento.

5 Comentarios
 
Me ha llegado una denuncia de la policia local y no me identificaron en su momento.
12/12/2019 13:08
Buenas tardes a tod@s estoy un poco confuso tengo una consulta que realizar.

Hace un año o mas hice una parada en la plaza de minusválidos que pusieron en frente de mi casa, era una parada no un estacionamiento yo permanecía dentro del vehículo.

Un minuto después aparecen dos agentes de policía jóvenes los conocía del instituto y eran lo peor pero eso es otro tema.

El caso es que me preguntan que porque he aparcado en la plaza de minusválidos a lo que les respondo que no estoy aparcado estoy con el motor encendido y retiro el vehículo en ese mismo momento.

Cuando bajo del vehículo me preguntan si hay algún problema con algún vecino de esta calle a lo que respondo que el vecino de la plaza de minusválidos siempre esta llamado a la policía cuando cualquier vecino estaciona cerca de la plaza.

Matizar que la plaza a día de hoy sido retirada por el mal uso que se le estaba dando. ya que el propietario de la plaza no aparcaba nunca, es un anciano y su hija la usaba para su uso particular y aparcar lo mas cerca posible. nunca para lo que esta destinado ese tipo de plazas.

Volviendo al tema les digo que lo mejor es que llame a los supuestos vecinos que han llamado a las autoridades y hablamos de lo ocurrido. cuando me acerque al portal para llamar al timbre los agentes me prohibieron llamar y hablar con los vecinos y me amenazaron con detenerme y esposarme si lo hacia..... vamos como lo cuento No se si esto es legal o no pero me parece un abuso de autoridad.

Yo llame al timbre de todos modos salió la vecina y le pregunte si había llamado a la policía a lo que contesto que no había llamado a nadie y se fue.

Después de esto el policía dijo ahora te vamos a esposar por alteración del orden publico. danos el DNI.

Yo estaba alucinado, no llevaba el DNI encima y se lo comunique, me dijeron pues entra a casa a buscarlo y sal.

Entre en mi casa y no volví a salir. llamaron dos veces al timbre y se fueron.

Bueno pues después de mas de un año me llega una carta del ayuntamiento, la versión de la policía es mas o menos la mismas añadiendo que yo llame hija de puta a la vecina lo cual es totalmente falso.

También pone en el atestado que no me pudieron identificar, por que me escondí en el domicilio pero por la matricula del coche saben que soy yo.

Bueno llegados a este punto no se que hacer si pago los 600 euros y me olvido del tema o si al no identificarme de manera correcta hay posibilidad de recurrir la denuncia.

También había pensado en denunciarlos a ellos ya que creo que abusaron de la autoridad desde el primer minuto. pero eso son mas lios.

Agradezco cualquier comentario gracias.
12/12/2019 13:31
Raul7
Por un lado, esta prohibido parar en una plaza de minusválido (Reglamento general de Circulación, artículo 94), por otro, la multa de 600€ en concepto de que se la han puesto? Insultar a la vecina o resistencia a la autoridad?
12/12/2019 16:06
Johnwick
Gracias Johnwick acabo de ver que son dos: Causas desordenes en la vía publica 36.3 y desobediencia o resistencia a la autoridad o sus agentes. 36.6

La fecha del incidente fue el 23/02/2018 es normal que llegue ahora?
13/12/2019 08:53
Raul7
Siendo una sanción por falta grave como es el caso, tienen hasta 2 años para notificarla, además de que los agentes de policía tienen presunción de veracidad y si no tienes testigos o como demostrar que no es así, no puedes hacer nada. Además de que desapareciste cuando te solicitaron la identificación por lo que la falta de desobediencia existe.
13/12/2019 11:29
Raul7
36.3. Causar desórdenes en las vías, espacios o establecimientos públicos, u obstaculizar la vía pública con mobiliario urbano, vehículos, contenedores, neumáticos u otros objetos, cuando en ambos casos se ocasione una alteración grave de la seguridad ciudadana.
6. La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación
Artículo 38. Prescripción de las infracciones. 1. Las infracciones administrativas tipificadas en esta Ley prescribirán a los seis meses, al año o a los dos años de haberse cometido, según sean leves, graves o muy graves, respectivamente.

En primer lugar la Ley de Seguridad Ciudadana establece la prescripción de las infracciones graves al año. Por lo que si como dices la cometiste en 2 del 2018, salvo que se hubiese interrumpido la prescripción, ya estarían prescritas las faltas.
Por otra parte el 36.3 habla de desordenes cuando se altere gravemente la seguridad ciudadana, al parecer en tu caso esto no se dio. Este artículo parece dispuesto para altercados en manifestaciones, etcc.
Si son 600 euros entiendo que es si pagas antes, ya que creo que las sanciones por infracciones graves en su grado mínimo son de 600 euros, por lo tanto serían 1200.

Saludos.
13/12/2019 21:59
Port
Entonces entiendo que las denuncias al ser faltas graves y prescriben al año y ya han pasado casi dos están prescritas es decir debo hacer un recurso de alegación indicando que ya han prescrito?

En caso contrario no estoy conforme con la denuncia 36.3 todo fue tranquilo y sin altercados no entiendo el motivo de la denuncia supongo que también se podría recurrir aunque sin testigos.. difícil lo veo no?