Hola ....Arquero y principiante..el inem es mas dinero pero 18 meses solo..y luego?? hasta el mes 24 k me revisen.... no cobraria ya nada de nadie???? Otra cosa...me ha llegado de mi empresa juntos con unas nominas atrasadas(ellos no me han llamado para nada de nada aun habiendoles llegado ya que tengo la iPT .... una copia de un seguro de vida en el k estoy como asegurada(ellos los tomadores)..y donde pne en garantias y cuantias asegurables...entre otras cosas: IPT 17000 euros. .... k hago??
Hola a todos, llevo unos dias leyendo este foro y tengo algunas dudas, a ver si alguien me las puede responder. En primer lugar decir, que solicite la IPT y en dos ocasiones me la denegaron, aunque el EVI reconocia mis lesiones y que eran cronicas. Despues inicié una demanda a la S.S. El juicio tuvo lugar el 12 de noviembre de 2008, el dia 3 de diciembre me notificaron la sentencia, que fue a mi favor. Una semana despues me llegó una carta de la SS. de que me habian concedido la IPT y que hasta que saliera el recurso,(porque la SS. recurrió) recibiria mensualmente dicha pension. Alguien sabe lo que pueden tardar los recursos en salir?. Puede depender de la comunidad? la mia es Castilla la Mancha. Y una ultima pregunta, puedo pedir el certificado de minusvalia aunque no sea sentencia firme??. Muchas gracias y perdonar por extenderme tanto. Un saludo.
Con carácter general, serán los responsables del órgano correspondiente de las Comunidades Autónomas a quienes hubieran sido transferidas las competencias en materia de valoración de situaciones de minusvalía y calificación de su grado (Departamento de Asuntos Sociales) los que otorguen dicho certificado. No obstante, serán los Directores provinciales del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) los que tengan atribuida esta competencia en el caso de Ceuta y Melilla y de residentes en el extranjero. En este último caso, la competencia corresponderá a la Dirección de la provincia en que el residente en el extranjero hubiera tenido su último domicilio habitual. También podrá decidir al respecto la autoridad judicial, en el caso en que se impugne una valoración realizada por un órgano de la Comunidad Autónoma o del IMSERSO. La certificación de la minusvalía se materializará en un documento cuyo nombre dependerá del órgano que la emita. Si la emiten la Comunidad Autónoma o el IMSERSO, se tratará de un Certificado de Minusvalía; si la dicta el Juez, será una Sentencia. Saludos.
sigo sin entender muchas cosas -sobre el certificado de minusvalia hai que tener una cierta edad ? -y sobre el transporte publico ,la tarjeta bus para los pensionistas ,tambien ? de ser asi por lo menos saberlo? saludos
enigma, vreoi que me hay llegado tu email, pero te voy a contestar aquí. "sobre el certificado de minusvalia hai que tener una cierta edad ? " No, no importa la edad. Mira este enlace, te sera de mucha utilidad (fijate en la direccion de tu localidad http://wwws.gva.es/Prop/prop.jsp?idioma=ES&redirector=/Prop/htdocs/detalles/procedimientos/detalleprocedimiento.jsp?buscador=detalle&chidioma=ES&id_proc=376&lang=ES&idioma=ES Respecto a la edad para la tarjeta de transporte, tampoco. De todas formas, intentaré hablar con alguien de tu localidad y te contestaré. Saludos
para arquero gracias de todo corazon por la buena labor que haces por un desconocido y si consigues mas datos te lo agradeseria mucho ya que baya a donde baya es como si tubiera las puertas seradas no se por que? pero nadie me aclara nada y estoy preocupada saludos