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Me han denegado la reducción de jornada.

1 Comentarios
 
Me han denegado la reducción de jornada.
19/07/2019 14:49
Hola, estoy fija en mi puesto de trabajo como dependiente con jornada partida. Me he pedido la reducción de jornada por guarda legal de un bebe con horario sólo de mañana, y me lo han denegado. Finalmente he llegado al acuerdo de trabajar una semana de mañana y otra de tarde pero me hacen firmar un nuevo contrato donde se indica que estaré a "tiempo parcial" y donde se indica: el presente contrato se formaliza bajo la modalidad de contrato de relevo: NO
Mi pregunta es... este contrato anula al anterior??? eso quiere decir que pierdo la antiguedad que tenia en la empresa???
19/07/2019 15:16
Mj2l
La antigüedad no la pierde, debe mantener la del primer cto, no obstante espero que no haya firmado usted nada, lo que le proponen es un suicidio para usted, le proponen un cto parcial cuando usted misma nos dice que es fija y entiendo que a jornada completa, bueno pues si firma un cto a t/p está será su nueva jornada de por vida, además le proponen que sea un cto relevo, es decir usted hará la jornada que deje de hacer el trabajador a relevar porque se jubila, pero está modalidad contractual al ser un CTO de sustitución o interinidad, puede ser que cuando el trabajador que se jubile pase usted a ser indefinida y hará el 100% de la jornada pero tb puede ser que den por finalizada la sustitución y se queda usted de patitas en la calle.
Respecto a la negativa de la empresa y ese acuerdo de ir una semana por la mañana y otra por la tarde, nuevamente no haga caso, usted NOTIFIQUE por escrito con 15 días de antelación el horario que desea hacer con la reducción de entre 1/8 y 1/2 y si se la deniegan que se lo den por escrito, (lleve el móvil y póngalo a grabar porque no le darán nada por escrito, saben que no pueden negarle ese dcho de reducción de jornada) hago hincapié en que usted notifica, no solicita, usted comunica cual va a ser en adelante su horario porque es un dcho, la empresa no se puede negar. Con la grabación o si se lo denegasen por escrito pues acude usted a inspección de trabajo, a ver si ante el inspector se atreven a mantener su negativa.
Una cosa más, bueno dos, la primera, con un cto a t/p las cotizaciones a la SS pasan a ser las de ese cto a tiempo parcial desde el primer día mientras que con una reducción de jornada por custodia legal el salario se reduce en proporción a la jornada que se reduce pero las cotizaciones a la SS durante los dos primeros años de mantienen al 100%, (esto supone que tanto para jubilación como para desempleo, o para un accdte laboral que le impidiese trabajar y por tanto tuviese dcho a una incapacidad, las cotizaciones para todo esto mantendrían el 100% mientras que con el CTO a t/p serían las correspondientes a la parcialidad del mismo.
2 cuestión, no nos dice cuál es su horario actual, solo nos dice que le deniegan ese horario de mañanas, bueno usted nos dijo que tiene jornada partida, pongamos por caso que su horario sea el SS, de 9 a 14 h y de 16 a 19 h, por tanto 8 h, usted se reduce 3/8 se quita las horas de la tarde y se queda con la jornada de mañanas, insisto usted comunica a la empresa su nuevo horario, no solicita usted nada.
Por último, se pondrán pesados y en tono amenazante, (usted ponga el móvil a grabar), incluso la amenazaran con el despido que ven este país es libre pero casualmente si usted notifica como le he dicho por escrito y con el recibo de la empresa desde ese mismo instante se blinda usted contra el despido porque adquiere el dcho de indemnidad y estaríamos ante represalias de la empresa por notificar usted que se acoge al dcho de reducción de jornada por custodia legal y entonces si intentan cualquier cosa estarían vulnerando un dcho fundamental por lo que cualquier despido sería nulo de pleno dcho.
smo
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19/07/2019 14:49
Hola, estoy fija en mi puesto de trabajo como dependiente con jornada partida. Me he pedido la reducción de jornada por guarda legal de un bebe con horario sólo de mañana, y me lo han denegado. Finalmente he llegado al acuerdo de trabajar una semana de mañana y otra de tarde pero me hacen firmar un nuevo contrato donde se indica que estaré a "tiempo parcial" y donde se indica: el presente contrato se formaliza bajo la modalidad de contrato de relevo: NO
Mi pregunta es... este contrato anula al anterior??? eso quiere decir que pierdo la antiguedad que tenia en la empresa???
19/07/2019 15:16
Mj2l
La antigüedad no la pierde, debe mantener la del primer cto, no obstante espero que no haya firmado usted nada, lo que le proponen es un suicidio para usted, le proponen un cto parcial cuando usted misma nos dice que es fija y entiendo que a jornada completa, bueno pues si firma un cto a t/p está será su nueva jornada de por vida, además le proponen que sea un cto relevo, es decir usted hará la jornada que deje de hacer el trabajador a relevar porque se jubila, pero está modalidad contractual al ser un CTO de sustitución o interinidad, puede ser que cuando el trabajador que se jubile pase usted a ser indefinida y hará el 100% de la jornada pero tb puede ser que den por finalizada la sustitución y se queda usted de patitas en la calle.
Respecto a la negativa de la empresa y ese acuerdo de ir una semana por la mañana y otra por la tarde, nuevamente no haga caso, usted NOTIFIQUE por escrito con 15 días de antelación el horario que desea hacer con la reducción de entre 1/8 y 1/2 y si se la deniegan que se lo den por escrito, (lleve el móvil y póngalo a grabar porque no le darán nada por escrito, saben que no pueden negarle ese dcho de reducción de jornada) hago hincapié en que usted notifica, no solicita, usted comunica cual va a ser en adelante su horario porque es un dcho, la empresa no se puede negar. Con la grabación o si se lo denegasen por escrito pues acude usted a inspección de trabajo, a ver si ante el inspector se atreven a mantener su negativa.
Una cosa más, bueno dos, la primera, con un cto a t/p las cotizaciones a la SS pasan a ser las de ese cto a tiempo parcial desde el primer día mientras que con una reducción de jornada por custodia legal el salario se reduce en proporción a la jornada que se reduce pero las cotizaciones a la SS durante los dos primeros años de mantienen al 100%, (esto supone que tanto para jubilación como para desempleo, o para un accdte laboral que le impidiese trabajar y por tanto tuviese dcho a una incapacidad, las cotizaciones para todo esto mantendrían el 100% mientras que con el CTO a t/p serían las correspondientes a la parcialidad del mismo.
2 cuestión, no nos dice cuál es su horario actual, solo nos dice que le deniegan ese horario de mañanas, bueno usted nos dijo que tiene jornada partida, pongamos por caso que su horario sea el SS, de 9 a 14 h y de 16 a 19 h, por tanto 8 h, usted se reduce 3/8 se quita las horas de la tarde y se queda con la jornada de mañanas, insisto usted comunica a la empresa su nuevo horario, no solicita usted nada.
Por último, se pondrán pesados y en tono amenazante, (usted ponga el móvil a grabar), incluso la amenazaran con el despido que ven este país es libre pero casualmente si usted notifica como le he dicho por escrito y con el recibo de la empresa desde ese mismo instante se blinda usted contra el despido porque adquiere el dcho de indemnidad y estaríamos ante represalias de la empresa por notificar usted que se acoge al dcho de reducción de jornada por custodia legal y entonces si intentan cualquier cosa estarían vulnerando un dcho fundamental por lo que cualquier despido sería nulo de pleno dcho.
smo