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Me han echado del periodico

254 Comentarios
Viendo 41 - 60 de 254 comentarios
28/01/2007 11:50
Menudo despliegue hay por aquí ya. Madre mía de mi vida.

Bueno, en fin, al tema. Tu hijo está en su perfecto derecho de practicar música, igual que la del vecino en estudiar jueces, y no te pueden obligar (tus vecinos) a que tu hijo renuncie a sus aspiraciones profesionales, para que la otra estudie agusto.

En cuanto a los horarios de ruido, no sé si pondrá algo en tu ordenanza municipal. En cualquier caso, dile a tu hijo que más allá de las nueve de la noche no haga mucho ruido, como límite máximo las diez, y pasa de tus vecinos, porque, sin duda, buscan camorra, y lo mejor que puedes hacer es mostrarte todo lo indiferente que puedas, porque como vean en tí un filón para descargar, puedes tener movida para rato.
28/01/2007 11:38
Te lo juro, está apenas a unas calles de donde yo estoy. Hoy me tocaba currar, en fin. Jajajajaja. Y con la falta de sueño, estoy se me va a hacer eterno. Voy a comprarme un paquete de tabaco. Ahora vuelvo.
28/01/2007 11:34
Le he comentado a mi vecino la propuesta de que deberia insonorizar su vivienda, y él me ha dicho que el origen de las molestias no esta en su casa, sino en la mía. Y que si hay alguien que se tiene que gastar los cuartos en insonorizar su vivienda para que su hijo cante agusto todas las horas del día, ese soy yo, porque él no molesta a nadie.

No hay comunidad, son chalets pareados,(de dos en dos) y me ha tocado la mala suerte de tenerle a él como vecino. Puede que los demas no le oigan tanto. No lo se.
Si yo reconozco que hace ruido, no lo niego. Cuando no toca los timbales, toca la flauta, cuando no la guitarra, otras veces se pone a escuchar Carmina Burana, bastante alto no lo niego, pero a horas prudenciales. Y practica canto. Ópera y zarzuela es lo que mas le gusta. Pero esto es lo que tiene tener un hijo con talento para la música. Yo no tengo la culpa de que le apasione tanto, y está a todas horas....Tampoco tengo la culpa de que la hija de mi vecino este estudiando para juez. Ese es su problema y la que tiene que buscar un sitio comodo y silencioso para estudiar es ella.¿ Los demas que le hacemos ?
Justo en la puerta de la casa, tiene una parada de autobus que en 20 minutos de nada la deja en el centro de la capital, y de ahi al campus universitario, hay un paseito de media hora que no le viene nada mal para estirar las piernas.
Hay remedios para todo, digo yo, y si no, las otras opciones que le he propuesto. Pero este hombre no atiende a razones. Y menos mal que no me sale con el rollo de la siesta...
Tengo entendido que hasta las doce de la noche, se puede hacer ruido ¿no? ¿O eso como va?


ese ZP!!! hip hip hurra!!!!!!!!!!!
vivamos los liberales!!!!!!
arriba sa ministra de las Galaxias que quisiera implantar un idioma comprensible para todas las naciones y todos los planetas!!
Viva la alianza de civilizaciones!!!


bieennnnn!!!!! ¡¡¡¡
28/01/2007 11:23
Por cierto, Zapatero está hoy en la ciudad. Qué caña.
28/01/2007 11:16
A ver, bueno, así por encima, sin perjuicio que tú quieras ahondar más sobre el tema, y por supuesto estoy encantada de brindarte mi opinión, no veo por el momento más que una simple pugna o relaciones un tanto tocadas entre vecinos, que podrán tener muy fácil solución, sin tener que llegar a los tribunales, por lo menos por el momento.

Yo no sé si tú tendrás una comunidad de propietarios allí donde vives, me imagino que sí. Yo, en primer lugar, plantearía el problema en la siguiente junta de propietarios, para que oficialmente entre todos los vecinos se llegara a un acuerdo acerca de las horas en las que se puede hacer "ruido" (bricolaje, ensayar música, tener la tv y la radio más o menos alta, etc) y las horas de descanso.

Si las discrepancias persisten y tú ves que necesitas encontrar una solución al problema antes de la siguiente junta de propietarios, te aconsejaría que hablaras con el presidente de tu comunidad, le comentaras el problema que tienes con tu vecino, y entre los tres (presidente vecino tu) llegueis a un acuerdo en cuanto al margen de estas horas, hasta que de comun acuerdo se pueda votar en la siguiente junta de propietarios.

Tambien te aconsejo mandarle al presidente un escrito por correo, solicitandole que en la proxima junta se incluya este tema como punto del orden del dia a tratar y a votar.

Si la sangre llegara al rio, por supuesto, ponle una denuncia.
28/01/2007 11:06
Maica, no hagas caso de esta gente, ya que estan aqui todos contandote tus pejigueras, pues yo tambien te cuento la mía, a ver si me pudieses ayudar:

Verás, mi hijo tiene 15 años. Yo, la verdad, siempre presumo de su coeficiente intelectual, tengo que decirlo. Es listisimo. El caso es que a él, tan polifacetico como es, le encanta la ópera y tocar distintos instumentos, como la guitarra, los timbales, la flauta... estaba pensando en comprarle hasta un piano. Mi vecino dice que ya esta harto de escucharlo, y la hija estudia para judicatura, y ha salido varias veces este hombre a decirle que se vaya a otra parte a cantar,que su hija esta estudiando. (Y yo digo, que se ponga tapones en los oidos). En fin, que como mi hijo sige practicando, este hombre salio y dijo:

- Por enésima y por los clavos de Cristo!! Ya esta bien de cante hoy hombre!! Es que no entiendes? Y tu eres el superdotado? Si en idiocia e imbecilidad...

¿Puedo denunciarlo?

¿Como puedo poner remedio a esta situacion?

Gracias Miaca
28/01/2007 11:02
Pantocrator eres un sol. A ver si hago una escapadita a Madrid. Por cierto, en el último tiempo no te veo mucho por el foro, ¿y eso? Gracias por tus ánimos y muchos besos. Nos vemos en el messenger. Guapoooo!!!
28/01/2007 10:40
Y dale perico al torno. A ver, llevo diciendo, creo que hace doscientos mensajes, que no hay relación laboral y que no puedo reclamar nada.

Si han hecho falta doscientos mensajes para ello, bienvenidos sean.

Gracias Rus por la sentencia. En internet aparecen un montón de datos míos, pero es que yo estoy anunciada por muchas partes, y no tengo miedo de mostrar mi identidad, pues jamás digo cosas de las que me deba retractar, ni aquí, ni en ningún foro.

En cuanto al de las indirectas, ese no me conoce de buscarme en internet, me parece a mí. Respecto a ello, ya estoy curada de espanto, una de muchas que hace. Allá cada cual con su manera de pensar y de proceder.

Por mi parte, orgullosa de estar en internet y podeis visitar mi página cuando querais. Tiene un montón de visitas al día, jajajajajaja.

Por cierto, ayer sábado la cosa estaba muy animadilla por aquí. Realmente estupendo el ambiente.

Jajajajaja, sigo sin saber qué le pasó a yotambiénsoymaicavasco. Tiene que contarnos su asunto de los estupefacientes en el recto anal. Espero que pronto venga y nos diga algo.
28/01/2007 01:53
Animo maica y Duro con ellos,que no dejes titere con cabeza,como cuando de una tirada...tiras todos los bolos.
28/01/2007 01:38
Animo maica y Duro con ellos,que no dejes titere con cabeza,como cuando de una tirada...tiras todos los bolos.
27/01/2007 23:08
Gracias, rus!!!
27/01/2007 23:02
Muy bien Rus. Hablas poco, pero cuando hablas, eres la leche.

Enhorabuena, de verdad, y gracias por la informacion. Espero que le quede todo mas claro tb a Maica, pero cuidadin, no vaya a ser que ahora la emprenda contra ti tb...
perfil Rus
27/01/2007 22:57
Ah, olvidé precisar que entiendo que no hay relación laboral no porque no sea retribuida, pues el Juzgado le podría dar la razón, sino porque se trata de una colaboración que desde mi punto de vista no está sujeta al ET.
perfil Rus
27/01/2007 22:53
Por cierto, Maica, no sé si lo sabes, pero aparecen un montón de datos tuyos en internet. Te lo digo para que no te sorprendas cuando la gente se queda contigo, aunque supongo que es algo que no te importa, ya que tú misma te identificas y cuelgas tus fotos.

Suerte en tus nuevas aventuras.
27/01/2007 22:50
Hola buenas me presento para pedir fondos para una buena causa. Todos deberiamos tener una maica en nuestras vidas. Interesados en ayudar a sufragar los gastos de la clonación, ponersus en contacto conmigo.
perfil Rus
27/01/2007 22:49
1.- Si el trabajo no era retribuido, entiendo que no hay relación laboral.

2.- Maica no es una periodista que esté informando.

3.- El director tiene derecho de veto sobre lo que se publica.

4.- El contenido de los derechos recogidos en el art. 20 de la CE no ampara la obligación de un periódico de publicar opiniones.




perfil Rus
27/01/2007 22:44
Estatuto de los trabajadores
Artículo 1. Ambito de aplicación
1. La presente ley será de aplicación a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario.

perfil Rus
27/01/2007 22:41
EDL 1966/250

Ley 14/1966 de 18 de marzo, de Prensa e Imprenta
BOE 67/1966, de 19 marzo 1966


(Ultima reforma de la presente disposición realizada por Ley 29/1984 de 2 agosto por la que se regula la concesión de ayudas a Empresas periodísticas y Agencias Informativas EDL 1984/9078)

Artículo 37. Derechos
El Director tiene el derecho de veto sobre el contenido de todos los originales del periódico, tanto de redacción como de administración y publicidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 6 sobre inserción necesaria.

Artículo 6. Información de interés general

1. Las publicaciones periódicas deberán insertar y las agencias informativas distribuir, con indicación de su procedencia, las notas, comunicaciones y noticias de interés general que la Administración y las Entidades públicas consideren necesario divulgar y sean enviadas a través de la Dirección General de Prensa , que las cursará cuando las estime procedentes para su inserción con la extensión adecuada.

2. Tales informaciones serán remitidas sin discriminación entre publicaciones análogas, sujetándose a las normas que reglamentariamente se determinen.




perfil Rus
27/01/2007 22:37
TC Sala 2ª, S 11-12-1995, nº 176/1995, rec. 1421/1992, BOE 11/1996, de 12 enero 1996. Pte: Mendizábal Allende, Rafael de
EDJ 1995/6354

SEXTO.- El ejercicio de la libertad de expresión y del derecho a la información no tiene otros limites que los fijados explícita o implícitamente en la Constitución, que son los demás derechos y los derechos de los demás. Por ello, se veda cualquier interferencia y como principal , en este ámbito, la censura previa (art. 20,2), que históricamente aparece apenas inventada la imprenta, en los albores del siglo XVI y se extiende por toda Europa. En España, inicia esta andadura de libertad vigilada la pragmática de los Reyes Católicos de 8 julio 1502, seguida por otras muchas a lo largo de tres siglos que se recogerán a principios del XIX en la Novísima Recopilación. Dentro de tal contexto histórico se explica que, poco después, la Constitución de 1812 proclamara la libertad "de escribir, imprimir y publicar ... sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación" (art. 371), interdicción que reproducen cuantas la siguieron en ese siglo y en el actual e inspira el contenido de la nunca derogada Ley de policía de imprenta de 26 julio 1883. Como censura, pues, hay que entender en este campo, al margen de otras acepciones de la palabra, la intervención preventiva de los poderes públicos para prohibir o modular la publicación o emisión de mensajes escritos o audiovisuales. La presión de ciudadanos o grupos de ellos para impedir esa difusión, aunque consiga obtener el mismo resultado, puede llegar a ser una intromisión en un derecho ajeno, con relevancia penal en más de un caso y desde más de un aspecto, pero no "censura" en el sentido que le da la Constitución.

Tampoco encaja en este concepto la que a veces ha dado en llamarse "autocensura", utilizada en algunos sectores -la cinematografía o la prensa-, en algunos países o en algunas épocas para regular la propia actividad y establecer corporativamente ciertos límites. Más lejos aún del concepto constitucionalmente proscrito está la carga, con su cara y reverso de derecho-deber, que permite e impone a los editores y directores un examen o análisis de texto y contenidos, antes de su difusión, para comprobar si traspasan, o no, los límites de las libertades que ejercen, con especial atención a los penales. Se trata de algo que, en mayor o menor grado, precede siempre a la conducta humana, reflexiva y consciente de que el respeto al derecho ajeno es la pieza clave de la convivencia pacífica. En tal sentido, hemos dicho ya que la "verdadera censura previa" consiste en cualesquiera medidas limitativas de la elaboración o difusión de una obra del espíritu, especialmente al hacerlas depender del previo examen oficial de su contenido" (STC 53/83). Por ello, el derecho de veto que al director concede el art. 37 de la Ley de Prensa e Imprenta de 18 marzo 1966 no puede ser identificado con el concepto de censura previa (SSTC 171/90 y 172/90). Tampoco lo es la autodisciplina del editor cuya función consiste en elegir el texto que se propone publicar, asumiendo así los efectos positivos o negativos, favorables o desfavorables de esa opción como puedan ser el riesgo económico y la responsabilidad jurídica.

27/01/2007 20:01
Imposible. Byeeeee