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Me hicieron un contrato de aux adm pero trabajaba en la casa haciendo las labores del hogar

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Me hicieron un contrato de aux adm pero trabajaba en la casa haciendo las labores del hogar
26/01/2012 11:21
He estado trabajando durante cuatro años y medio,me tenian asegurada de auxiliar administrativo media jornada,(para cobrar la empresa subveciones),pero trabajaba en la casa realizando las labores domesticas y cuidando tres niños,algunas veces hasta 6 horas,durante 3 años solamente me dieron dos semanas de vacaciones,y por reclamar mis derechos,me despidieron,el 22 de diciembre del 2011,a fecha de hoy no me han pagado la liquidacion,quieren que les perdone la mitad,como no he querido no dan la cara,¿que puedo hacer?
26/01/2012 11:36
Pues perder el culo en plantear una denuncia por despido improcedente, y por la reclamacion de cantidad de todo lo no percibido.

La del despido es URGENTE, estás a punto de estar fuera de plazo

Además pon una denuncia en la Inspeccion de Trabajo para, tras las comprobaciones oprtunas, tengan que devolver la subvención indebidamente percibida y un buen regalito a modo de sanción.

Este tipo de "empresarios" son los que hacen de españistán el pais de las maravillas.
26/01/2012 14:30
archilla, tienes razon, pero no crees que a ella tambien le puede caer una sancion?, Al fin i al cabo reconoce el hecho de que fue contratada como aux administrativa i no realizaba esta labor.
26/01/2012 14:45
Eso es error en la categoría profesional, otra sanción para el empleador
26/01/2012 15:10

A ella no le van a imponer sanción (siempre que las cosas sean como dice, porque algo "raro" hay aquí")...pero en caso de que se sancione al empresario por mal encuadramiento en regimen de SS que corresponde, se insta de oficio el encuadramiento en el correspondiente legalmente. Es decir, ella estaba en el RG y tendría que estar en el entonces Régimen Especial de Empleados del Hogar (hoy Sistema Especial dentro del RG), en el régimen general la protección era (y es) mayor que en el extinto RE Empleadas de Hogar...por lo que no tiene derecho entre otras prestaciones, al desempleo, que probablemente ahora esté percibiendo.
Al empresario podrán sancionarlo por que?? por mal encuadramiento!!! ...aun probando que por el nº de horas era el titular del hogar quien tenía que darla de alta y que tenía que hacerlo en el RE Empleados de Hogar...vale...sancionan al empresario por mal encuadramiento y dan de oficio de alta a la trabajadora como empleada de hogar..y liquidación correspondiente.OK...firme el acta...el empresario puede solicitar la devolución de las cuotas indebidamente pagadas en el RG (yo esto nunca lo ví en empleados de hogar, pero si con falsos autónomos que reclaman lo pagado después de ser dados de alta de oficio en el RG). La trabajadora queda con una porquería de protección, sin desempleo....

Lo cierto es que este caso es raro...pues no se que subvención pudo recibir el titular del hogar para tenerla de alta en el RG...pues bonifiación de SS no creo que sea el caso, pues estando contratada a 4 horas (al margen de las que hiciera que es otro tema) quien tenía que cotizar antes era la empleada de hogar y no el empleador....lógica no tiene el asunto...por eso digo que tendrá que especificar a que subvención se refiere, pues las bonificaciones por contratación tienen, entre otros, el límite de que no puede subvencionar más que un % del coste salarial anual...Por eso sigo diciendo, que a falta de datos, esto no me cuadra.
Lo normal, y donde se producía el fraude es que muchas limpiadoras de oficinas, empresas, etc, tenían que estar en el RG y estaban en el del Hogar...pues o cotizaban ellas o aun cuando lo hiciera el empleador salía más barato. No tiene lógica...salvo algún dato que haya omitido la autora en el post.

Yo esto es la primera vez que lo escucho (con la legislacion vieja)...que alguien da de alta en el RG a un empleado del hogar!! Que aclare un poco más de que va el tema...pues algo hay que no se cuenta...
Y la trabajadora todos 3 años trabajando de empleada de hogar cuando era auxiliar administrativa!!!...también puede sonar a connivencia para prestaciones (que no digo que sea así, pero no sería el primer caso)....le hacen el favor de darla de alta en el RG...y ella trabaja como empleada de hogar...y de lo que le tenían que pagar le quitan para la cotización que correspondía...o como ellos se aclararan...ahora hay mal rollo por lo que sea...No sé pero de lo que dice no se entiende mucho...

Un pregunta a la autora del post...lo que quieres decir quizá sea que eras auxiliar administrativa de alta en el RG pero a media jornada y que A MAYORES tenías que trabajar en su casa...fuera del horario contratado y que por ese tiempo no estabas dada de alta?? si el caso es así...te pagaban por esas horas a mayores??
26/01/2012 15:18
Nes37 es titular de un hogar familiar, pero además de eso es un empresario individal o societario y tiene a su empleada del hogar dada de alta en la empresa, con lo cual el salario y el coste de seguridad social los deduce y además cobra una subvención.. yo si he visto unas cuantos casos parecidos.
mariac, reclama despido y salarios no se van a atrever a que digas que eras una empleada del hogar
26/01/2012 15:42
Muchas gracias a todos,me explico mejor,yo entre a trabajar en la casa,para hacer las labores y cuidar a tres niños,y al poco tiempo me dijeron que me aseguraban de auxiliar administrativa,ya que el tiene una oficina de topografia,y pasado el tiempo me entere que el cobraba subveciones por tenerme asegurada,y cuando me despidio me dijo que me pagaba 45 dias por año para que no le denunciase porque sino tenia que presentar muchos papeles en el juzgado,yo he criado a los niños,estoy pasando un sufrimiento tremendo por no verlos y por los niños no he querido denunciar,aunque estoy pensando en hacerlo,el dia 1 de febrero tenemos un acto de conciliacion para que me pague la liquidacion,y si no llegamos a un acuerdo denunciarle
26/01/2012 15:47
buff, buf, buf yo sigo pensando que denunciar, te sera un problema, aunque me callo si los demas dicen lo contrario. Yo honestamente veo algo muy extraño, pero mucho. Lamento el dolor por el hecho de que te hayan apartado de los niños, pero son sus hijos, ellos deciden. Piensatelo bien.
26/01/2012 15:47
Mirta...una empleada de hogar por horas antes se daba de alta ella y cotizaba...y más barato que eso no había nada para el titular del hogar familiar. Aquí faltan datos...
Me puedes decir la norma donde viene recogido que un empresario deduce el salario el coste de seguridad social y encima cobra una subvención??
1) Existen bonificaciones para la contratación de determinados colectivos...pero esta bonificación no es absoluta (a salvo los contratos para la formación en el última reforma laboral,...pero el suyo no puede ser formativo si estaba contratada a media jornada).
2) El propio programa de fomento de empleo establece los requisitos generales para las bonificaciones, entre ellos que éstas y cualquier otra subvención y ayuda pública no puede superar un porcentaje del coste salarial.
3) Si deduce por un lado...no deduce por otro...

Por tanto...salvo que quiera decir trabajara en la empresa de alta en el RG a jornada parcial, y luego trabajara en casa como empleada de hogar (hablo de 2 trabajos)...y que reclamó los derechos y la despidieron, no me cuadra...claro que puede impugnar el despido...pero si así como digo en este último párrafo...si trabajaba (al margen de la media jornada en la empresa) como empleada de hogar, por ese tiempo tenía que estar ella dada de alta y cotizar ella al ser por horas (ahora cambió la legislación, pero antes era ella la obligada no nos olvidemos).

Esperemos que aclare la situación real...pero reitero que al revés si había casos y es un fraude, pero estar de alta en el RG siendo empleada de hogar....salvo connivencia porque beneficia a la trabajadora, es insólito...salvo que el empleador del hogar sea tonto...
26/01/2012 15:56
Mariac...no se a que subvención te refieres...pero si tu trabajabas como empleada de hogar, aunque el empresario te diera de alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar a tiempo completo, le seguiría siendo infinitamente más barato que darte de alta a media jornada en el Régiemen General...aun cuando tuviera bonificaciones, pues con 3 niños además al ser familia numerosa también podían aplicar bonificación por tí siendo empleada de hogar si trabajaban los 2...o uno si están separados.
Ahora el tema de las empleadas de hogar cambió, pero antes el tema era claro...reitero todos los fraudes que había eran precisamente porque se daba de alta al personal de limpieza de las oficinas (o que realizaba en la empresa otros trabajos) en el régimen de empleados de hogar pues era más barato. Y si se trabaja por horas era la trabajadora la obliga a cotizar todos los meses.

Reitero que lo que expones no tiene justificación lógica, lo habitual es que exista connivencia entre empresario y trabajador, pues las empleadas de hogar no tienen derecho a desempleo. Sigo viendo algo raro...algún dato que falta.

A que subvención te refieres?? No te estarás refiriendo a una bonificación en las cuotas de seguridad social?? si es así, al empresario seguiría saliéndole más barato que estuvieras de alta como empleada de hogar y no en el régimen general.

26/01/2012 15:58
yo no trabaje nunca en la oficina,solamente estuve en ella el dia de la inauguracion,no volvi por alli,ni realice ningun trabajo de auxiliar administrativa,mi trabajo era la casa y los niños ,el tiene miedo a que le denuncie,ademas en la gestoria y en el ministerio de trabajo me han aconsejado denunciarle,pero no lo he hecho por los niños,ya se que no son mios,pero les quiero como si lo fueran,pero si no me da lo que me debe entonces si le denuncio
26/01/2012 16:05
Yo no se lo que cobraba de subvenciones,si me dijo el que por tenerme asegurada de auxiliar administrativa,le daban subvenciones,ademas me han dicho en la gestoria,que saco buen dinero,yo solo cobraba 500 € al mes,tenia prorrogateadas las pagas extras,nunca me dieron nada mas de ese dinero,ni siquiera las gracias,y cuando le dije que queria vacaciones en navidad,discutimos porque ellos no querian darmelas,me apuntaron,puentes y dias que ellos me dieron y que yo no habia pedido,para consumirme las vacaciones y no tuviera derecho a ellas,por ese motivo yo me enfrente a ellos y como no les gusto a la calle
26/01/2012 16:08
Haz lo que quiera, yo no te estaba aconsejando si denunciar o no, simplemente decía que lo que exponías no tiene lógica ninguna, salvo que el empresario no tenga 2 dedos de frente.

Evidentemente tu puedes denunciarlo porque el tenía que tenerte de alta en el regimen de empleados de hogar y te tenía en el régimen general (en la seguridad social se iban a quedar con la boca abierta). OK, vas a la ITSS y lo denuncias, pues bien, sancionan al empresario por mal encuadramiento, y a ti TE DAN DE OFICIO DE ALTA en el Régimen de empleados de hogar...a partir de aquí pueden pasar 2 cosas:
a) que demuestres que trabajas a jornada completa. en cuyo caso el empresario tendría que cotizar por ti en el Régimen de empleados de hogar...bien por los últimos 4 años...pero esta cotización es una "porquería" y además no tendrías derecho a desempleo ni protección del FOGASA...a el le cae la sanción bien...pero tu también sales perdiendo si te pasan al Régimen de empleados de hogar que es donde tenías que estar...esto es lo que trato de decirte, y no que denuncies o no, eso es cosa tuya;
b) Que no pruebes que trabajabas a jornada completa...eras tu la obligada a cotizar y no el empresario.

Y...que no estuvieras cobrando prestaciones ya sea por incapacidada temporal, baja maternidad, etc...pues también pueden investigar connivencia para prestaciiones indebidas, que NO digo que sea tu caso, pero si lo son la mayoría....

Ahora haz lo que quieras...pero sigo diciendo que sigues sin ofrecer datos necesarios...y que no tiene lógica que estuvieras en el RG siendo empleada de hogar, no hay subvención ni bonificación que compense la diferencia de cotización.
26/01/2012 16:20
nes37,te aclaro, a mi no me aseguraron de empleada de hogar,y el seguro de empleada de hogar lo paga el que contrata,yo nunca tuve ese seguro,el unico seguro que yo tenia era el que a ellos les interesaba tenerme de aux adm,ademas en mi gestoria me lo han dicho claro,que hizo esto para cobrar subvenciones ya que yo tengo 50 años y por contratar a personas mayores de 45 les dan subvenciones,perdonar este dato no lo habia aclarado
26/01/2012 16:34
1) El seguro de los empleados de hogar lo paga el que contrata sea a tiempo completo o por horas...desde el 1 de enero del 2012 (de este año).

2) Antes...lo pagaba el que contrataba si era a tiempo completo...si era por horas lo pagaba la trabajadora.

3) Salía más barato antes (y ahora también) tener a alguien el regimen de empleados de hogar que en el régimen general...tu cree lo que quiera, por mucha bonificación que se aplicara...que en tu caso supongo que sería para mujere mayores de 45 años inscritas...pero la bonificación sigue sin compensar para tenerte en el RG...además de que al estar contratada a tiempo parcial esa bonificación se recibía proporcionalmente y no íntegra...

4) Ya me quedó claro que tu estabas en el Régimen general y NO como empleada del hogar...lo que yo te digo es que estabas MAL ENCUADRADA...que no te correspondía estar en ese Régimen SINO en el de empleadas de hogar. Ya te dije qie so que puedes denunciar que estabas como empleada de hogar y contratada como auxiliar adtiva en el RG...claro que puedes faltaría más...pero la SS también puede de oficio llevar a cabo el encuadramiento correcto. Pues la SS es INDISPONIBLE...tu no estás de alta en un Régimen u otro ssegún convenga, sino que se trata de normas imperativas. A ti no te van a sancionar...pero si te pasan al Régimen del Hogar en caso de que sancionen al empresario por mal encuadramiento, esto se hace de oficio, y esto implica que como empleada de hogar no tienes derecho a prestación por desempleo y que tus cotizaciones a efectos de futuros derechos son inferiores.

5) Como lo que dices no tiene lógica desde el punto de vista de que el empresario salga ganando...pues no es cierto (a ellos no es interesaba!!)...es más barato empleados de hogar (y más antes de que entrara en vigor la nueva ley) por muchas bonficiación que aplique el empresario, lo que va a pensar la SS que es muy mal pensada es que hay connivencia entre empresario y trabajador...que es lo que yo creo que pasó...y ahora tuviste un mal rollo y estais tira y afloja...

Por cierto las familias numerosas si contratan una empleada de hogar también tienen deduciones en hacienda.

Si lo quires entender lo entiendes y si no pues allá tu.. y con esto REPITO no estoy diciendo que no puedas denunciar...eso es cosa tuya...SÓLO digo que tu también pierdes, que debes valorar la situación...simplemente eso...pues si se demuestra que eres empleada de hogar no podías estar en el RG sino en el de empleados de hogar, y por mucha multa que le metan al empresario, TU no tienes derecho a desempleo por ejemplo (que supongo que ahora estarás percibiendo, o podrás percibir).
26/01/2012 20:50
mariac

mira una cosa:

coge tu contrato de trabajo y escribe, sin poner tus datos, el codigo de contrato y si se acoge a algun RD o ley (lo suele poner en la parte superior de la prmera pagina)
26/01/2012 21:28
Muchas gracias archilla,no he visto que se acoga a ningun RD,es un CONTRATO DE TRABAJO INDEFINIDO A TIEMPO PARCIAL BONIFICADO codigo 250, de nuevo muchas gracias,el dia 1 tengo acto de conciliacion,pero sospecho que no me pagara
27/01/2012 05:49
Nes, imaginate que a la empleada del hogar le pagas 500 euros y 170 de seguros sociales, como titular de hogar familiar estos gastos no puedes deducirlos. los pones de tu bolsillo. (Mariac no estaba a jornada completa pero si superaba 20 horas semanales).
Pues bien, si tu tienes una empresa, en epocas normales y contratas a una empleada bonificada, con los seguros sociales baratos, más de 170 euros ponle 250, y le pagas un salario pues parecido de 500 ó 600, incluso si te dan una subvención autonómica de 3000 ó 40000 euros, pues estupendo, la empleada te sale barata y además recuerda que su salario y seguridad social son gastos deducibles, es decir que el empresario pagará en rente o en sociedades un 25% o 20% de estos gastos, cuando de otra forma no podía deducirlos.
seguramente este empresario ahora no tiene beneficios, o tiene pocos, ya no le tiene tanto interes tener a esta empleada dada de alta, y es posible que incluso ya haya pasado el tiempo en que estaba obligado a tenerla contratada ya que en caso contrario tuviera que devolver la subvecnión cobrada y ahora está libre de poder despedir a una trabajadora.
27/01/2012 09:34
Mirta...
1) Se perfectamente lo que cuestan los seguros sociales de un trabajador por cuenta ajena, conozco las bonficaciones que se pueden aplicar a determinados colectivos (en su caso ni ella lo sabe, pero entiendo que por las fechas de contratación, hace 4 años según ella, fue la bonificación x contrato indefinido para trabajadores mayores de 45 años que llevaran 12 meses inscritos como demandantes de emple). Mírate el programa de fomento de empleo, y comprobarás la cuantía que se podía bonificar, la cual, como el propio programa pone si es un contrato a tiempo parcial, se establecen una reglas para calcular la parte proporcional. Ya que estás, miras la concurrencia, compatibilidad y cuantía máxima de bonficaciones (estas junto con cualquier otra ayuda pública) que se puede percibir...y que lo que dices en inviable.

2) NO se puede deducir lo que bonificas o percibes de ayudas públicas, mírate la legislación fiscal correspondiente. No me voy a poner aquí a explicarlo. Si tu piensas que es así, déjate en tus creencias....no es oro todo lo que reluce...

3) Las cotizaciones como empleado de hogar eran y siguen siendo más baratas que un trabajador por cuenta ajena, entre otras cosas porque la acción protectora no era la misma (IT a partir del día 29, NO desempleo, NO protección FOGASA). Por cierto, ya que estás comprueba las deduciones tributarias para familias numerosas que tengan contratado un empleado de hogar, para que veas que también tendría ayudas públicas.

3) Ningún empresario en su sano juicio contrata una empleaa de hogar y la tiene de alta en el RG, pues NI compensaba antes NI compensa ahora....que por cierto sigue habiendo bonificaciones para contratación de empleados de hogar. Todas las infracciones que hay al respecto son precisamente por lo contrario, porque los empresarios para ahorrarse dinero contraban empleadas de hogar, para realmente hacer trabajos que no estaban incluidos en el ambito del Régimen del hogar....o trabajaban en los 2 lugares (empresa y hogar) y las tenían sólo de altas en el Régimen del Hogar. Los únicos supuestos que vi de personas de alta en el régimen general cuando deberían estar en el del Hogar es precisamente por connivencia entre empresario y trabajador, para que el trabajador tuviera mayores prestaciones, pudiese cobrar el paro, etc.
Te digo más...vale que ella hacía más horas...pero al empresario si quisieta defraudar le bastaría con contratarla por horas y que fuese ella quien cotizara, te recuerdo que hasta el 1-1-2012 la regulación de las empleadas por horas no exigía ni contrato ni otras formalidades. Le bastaba con contratarla por horas y que la empleada cotizara ella misma...hay algo más barato que eso??? te digo más...el SMI por hora para las empleadas por horas está hora en 5.02 euros...Si haces las cuentas...verás que el empresario no salía ganando de la otra forma, al margen de que hasta ahora el fraude que había en empleadas de hogar era altísimo (ellas y empresarios).

4) Superaba las 20 horas semanales, que no lo dudo pero esto es un extremo que ella tiene que probar....pues el contrato es de 4 horas...además no sabemos si trabajaba en otras casas....por tanto no podemos concluir si debía pagarse ellas las cotizaciones como empleada de hogar o el empresario. Los datos que da son escasos.

5) Yo no le dije que no tuviera derecho a denunciar ni que no lo hiciera, sólo le digo que lo que ella pretende alegar pueda acabar en su contra, pues bien...el empresario podrá ser sancionado...pero ella va de cabeza al Regimen de empleados de hogar...y regularizan su situación...por tanto como sabrás pierde protección en todos los aspectos. Esto es lo que yo le dije que valorarar.

Y...como de estas trampas me conozco muchas...lo que suele pasar en el 99.9% de estos casos en que el empresario da de alta en el RG a una empleada de hogar NO es que el empresario sea tonto...es que suele haber una acuerdo entre empresario y trabajador para que así sea...aunque sea a la trabajadora a la que se le descuente la cotización correspondiente del sueldo tras acogerse a la bonificación que en su caso correspondiera...o las trampas que quieran hacerse...pues así muchas proximas a los 52 años...cotizan los 6 por desempleo, los juntos a los anteriores como empleadas de hogar, pasan a cobrar el subsidio hasta que se jubilen (y por no hablar de que siguen trabajando en B), lo que suele conocerse como fraude. Aquí faltan datos y está claro que cada uno arrima el ascua a su sardina. Estos por lo que fuera se cabrearon...y ahora le dijeron para casita...y ella no consiguió el objetivo y de ahi probablemente el cabreo.
27/01/2012 09:35
Por cierto el despido de un empleado de hogar aunque sea improcedente es infinitamente más barato que el de un empleado del RG.

Ella tendría que denunciar y lo que ocurrirá o debería acabar ocurriendo, es que tendrían sancionar al empresario por connivencia y trabajador al trabajador (con exclusión de beneficios sociales), a la trabajadora la pasan al Régimen del hogar con lo cual se queda sin protección por desempleo, que reiteiro el 99% de los casos es el objetivo que se pretende con este fraude.
Pues ella en 4 años estuvo muy contenta, ella fue contratada para empleada de hogar y estaba en el RG y hasta ahora no protestó....por algo será.
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Me hicieron un contrato de aux adm pero trabajaba en la casa haciendo las labores del hogar

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Me hicieron un contrato de aux adm pero trabajaba en la casa haciendo las labores del hogar
26/01/2012 11:21
He estado trabajando durante cuatro años y medio,me tenian asegurada de auxiliar administrativo media jornada,(para cobrar la empresa subveciones),pero trabajaba en la casa realizando las labores domesticas y cuidando tres niños,algunas veces hasta 6 horas,durante 3 años solamente me dieron dos semanas de vacaciones,y por reclamar mis derechos,me despidieron,el 22 de diciembre del 2011,a fecha de hoy no me han pagado la liquidacion,quieren que les perdone la mitad,como no he querido no dan la cara,¿que puedo hacer?
26/01/2012 11:36
Pues perder el culo en plantear una denuncia por despido improcedente, y por la reclamacion de cantidad de todo lo no percibido.

La del despido es URGENTE, estás a punto de estar fuera de plazo

Además pon una denuncia en la Inspeccion de Trabajo para, tras las comprobaciones oprtunas, tengan que devolver la subvención indebidamente percibida y un buen regalito a modo de sanción.

Este tipo de "empresarios" son los que hacen de españistán el pais de las maravillas.
26/01/2012 14:30
archilla, tienes razon, pero no crees que a ella tambien le puede caer una sancion?, Al fin i al cabo reconoce el hecho de que fue contratada como aux administrativa i no realizaba esta labor.
26/01/2012 14:45
Eso es error en la categoría profesional, otra sanción para el empleador
26/01/2012 15:10

A ella no le van a imponer sanción (siempre que las cosas sean como dice, porque algo "raro" hay aquí")...pero en caso de que se sancione al empresario por mal encuadramiento en regimen de SS que corresponde, se insta de oficio el encuadramiento en el correspondiente legalmente. Es decir, ella estaba en el RG y tendría que estar en el entonces Régimen Especial de Empleados del Hogar (hoy Sistema Especial dentro del RG), en el régimen general la protección era (y es) mayor que en el extinto RE Empleadas de Hogar...por lo que no tiene derecho entre otras prestaciones, al desempleo, que probablemente ahora esté percibiendo.
Al empresario podrán sancionarlo por que?? por mal encuadramiento!!! ...aun probando que por el nº de horas era el titular del hogar quien tenía que darla de alta y que tenía que hacerlo en el RE Empleados de Hogar...vale...sancionan al empresario por mal encuadramiento y dan de oficio de alta a la trabajadora como empleada de hogar..y liquidación correspondiente.OK...firme el acta...el empresario puede solicitar la devolución de las cuotas indebidamente pagadas en el RG (yo esto nunca lo ví en empleados de hogar, pero si con falsos autónomos que reclaman lo pagado después de ser dados de alta de oficio en el RG). La trabajadora queda con una porquería de protección, sin desempleo....

Lo cierto es que este caso es raro...pues no se que subvención pudo recibir el titular del hogar para tenerla de alta en el RG...pues bonifiación de SS no creo que sea el caso, pues estando contratada a 4 horas (al margen de las que hiciera que es otro tema) quien tenía que cotizar antes era la empleada de hogar y no el empleador....lógica no tiene el asunto...por eso digo que tendrá que especificar a que subvención se refiere, pues las bonificaciones por contratación tienen, entre otros, el límite de que no puede subvencionar más que un % del coste salarial anual...Por eso sigo diciendo, que a falta de datos, esto no me cuadra.
Lo normal, y donde se producía el fraude es que muchas limpiadoras de oficinas, empresas, etc, tenían que estar en el RG y estaban en el del Hogar...pues o cotizaban ellas o aun cuando lo hiciera el empleador salía más barato. No tiene lógica...salvo algún dato que haya omitido la autora en el post.

Yo esto es la primera vez que lo escucho (con la legislacion vieja)...que alguien da de alta en el RG a un empleado del hogar!! Que aclare un poco más de que va el tema...pues algo hay que no se cuenta...
Y la trabajadora todos 3 años trabajando de empleada de hogar cuando era auxiliar administrativa!!!...también puede sonar a connivencia para prestaciones (que no digo que sea así, pero no sería el primer caso)....le hacen el favor de darla de alta en el RG...y ella trabaja como empleada de hogar...y de lo que le tenían que pagar le quitan para la cotización que correspondía...o como ellos se aclararan...ahora hay mal rollo por lo que sea...No sé pero de lo que dice no se entiende mucho...

Un pregunta a la autora del post...lo que quieres decir quizá sea que eras auxiliar administrativa de alta en el RG pero a media jornada y que A MAYORES tenías que trabajar en su casa...fuera del horario contratado y que por ese tiempo no estabas dada de alta?? si el caso es así...te pagaban por esas horas a mayores??
26/01/2012 15:18
Nes37 es titular de un hogar familiar, pero además de eso es un empresario individal o societario y tiene a su empleada del hogar dada de alta en la empresa, con lo cual el salario y el coste de seguridad social los deduce y además cobra una subvención.. yo si he visto unas cuantos casos parecidos.
mariac, reclama despido y salarios no se van a atrever a que digas que eras una empleada del hogar
26/01/2012 15:42
Muchas gracias a todos,me explico mejor,yo entre a trabajar en la casa,para hacer las labores y cuidar a tres niños,y al poco tiempo me dijeron que me aseguraban de auxiliar administrativa,ya que el tiene una oficina de topografia,y pasado el tiempo me entere que el cobraba subveciones por tenerme asegurada,y cuando me despidio me dijo que me pagaba 45 dias por año para que no le denunciase porque sino tenia que presentar muchos papeles en el juzgado,yo he criado a los niños,estoy pasando un sufrimiento tremendo por no verlos y por los niños no he querido denunciar,aunque estoy pensando en hacerlo,el dia 1 de febrero tenemos un acto de conciliacion para que me pague la liquidacion,y si no llegamos a un acuerdo denunciarle
26/01/2012 15:47
buff, buf, buf yo sigo pensando que denunciar, te sera un problema, aunque me callo si los demas dicen lo contrario. Yo honestamente veo algo muy extraño, pero mucho. Lamento el dolor por el hecho de que te hayan apartado de los niños, pero son sus hijos, ellos deciden. Piensatelo bien.
26/01/2012 15:47
Mirta...una empleada de hogar por horas antes se daba de alta ella y cotizaba...y más barato que eso no había nada para el titular del hogar familiar. Aquí faltan datos...
Me puedes decir la norma donde viene recogido que un empresario deduce el salario el coste de seguridad social y encima cobra una subvención??
1) Existen bonificaciones para la contratación de determinados colectivos...pero esta bonificación no es absoluta (a salvo los contratos para la formación en el última reforma laboral,...pero el suyo no puede ser formativo si estaba contratada a media jornada).
2) El propio programa de fomento de empleo establece los requisitos generales para las bonificaciones, entre ellos que éstas y cualquier otra subvención y ayuda pública no puede superar un porcentaje del coste salarial.
3) Si deduce por un lado...no deduce por otro...

Por tanto...salvo que quiera decir trabajara en la empresa de alta en el RG a jornada parcial, y luego trabajara en casa como empleada de hogar (hablo de 2 trabajos)...y que reclamó los derechos y la despidieron, no me cuadra...claro que puede impugnar el despido...pero si así como digo en este último párrafo...si trabajaba (al margen de la media jornada en la empresa) como empleada de hogar, por ese tiempo tenía que estar ella dada de alta y cotizar ella al ser por horas (ahora cambió la legislación, pero antes era ella la obligada no nos olvidemos).

Esperemos que aclare la situación real...pero reitero que al revés si había casos y es un fraude, pero estar de alta en el RG siendo empleada de hogar....salvo connivencia porque beneficia a la trabajadora, es insólito...salvo que el empleador del hogar sea tonto...
26/01/2012 15:56
Mariac...no se a que subvención te refieres...pero si tu trabajabas como empleada de hogar, aunque el empresario te diera de alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar a tiempo completo, le seguiría siendo infinitamente más barato que darte de alta a media jornada en el Régiemen General...aun cuando tuviera bonificaciones, pues con 3 niños además al ser familia numerosa también podían aplicar bonificación por tí siendo empleada de hogar si trabajaban los 2...o uno si están separados.
Ahora el tema de las empleadas de hogar cambió, pero antes el tema era claro...reitero todos los fraudes que había eran precisamente porque se daba de alta al personal de limpieza de las oficinas (o que realizaba en la empresa otros trabajos) en el régimen de empleados de hogar pues era más barato. Y si se trabaja por horas era la trabajadora la obliga a cotizar todos los meses.

Reitero que lo que expones no tiene justificación lógica, lo habitual es que exista connivencia entre empresario y trabajador, pues las empleadas de hogar no tienen derecho a desempleo. Sigo viendo algo raro...algún dato que falta.

A que subvención te refieres?? No te estarás refiriendo a una bonificación en las cuotas de seguridad social?? si es así, al empresario seguiría saliéndole más barato que estuvieras de alta como empleada de hogar y no en el régimen general.

26/01/2012 15:58
yo no trabaje nunca en la oficina,solamente estuve en ella el dia de la inauguracion,no volvi por alli,ni realice ningun trabajo de auxiliar administrativa,mi trabajo era la casa y los niños ,el tiene miedo a que le denuncie,ademas en la gestoria y en el ministerio de trabajo me han aconsejado denunciarle,pero no lo he hecho por los niños,ya se que no son mios,pero les quiero como si lo fueran,pero si no me da lo que me debe entonces si le denuncio
26/01/2012 16:05
Yo no se lo que cobraba de subvenciones,si me dijo el que por tenerme asegurada de auxiliar administrativa,le daban subvenciones,ademas me han dicho en la gestoria,que saco buen dinero,yo solo cobraba 500 € al mes,tenia prorrogateadas las pagas extras,nunca me dieron nada mas de ese dinero,ni siquiera las gracias,y cuando le dije que queria vacaciones en navidad,discutimos porque ellos no querian darmelas,me apuntaron,puentes y dias que ellos me dieron y que yo no habia pedido,para consumirme las vacaciones y no tuviera derecho a ellas,por ese motivo yo me enfrente a ellos y como no les gusto a la calle
26/01/2012 16:08
Haz lo que quiera, yo no te estaba aconsejando si denunciar o no, simplemente decía que lo que exponías no tiene lógica ninguna, salvo que el empresario no tenga 2 dedos de frente.

Evidentemente tu puedes denunciarlo porque el tenía que tenerte de alta en el regimen de empleados de hogar y te tenía en el régimen general (en la seguridad social se iban a quedar con la boca abierta). OK, vas a la ITSS y lo denuncias, pues bien, sancionan al empresario por mal encuadramiento, y a ti TE DAN DE OFICIO DE ALTA en el Régimen de empleados de hogar...a partir de aquí pueden pasar 2 cosas:
a) que demuestres que trabajas a jornada completa. en cuyo caso el empresario tendría que cotizar por ti en el Régimen de empleados de hogar...bien por los últimos 4 años...pero esta cotización es una "porquería" y además no tendrías derecho a desempleo ni protección del FOGASA...a el le cae la sanción bien...pero tu también sales perdiendo si te pasan al Régimen de empleados de hogar que es donde tenías que estar...esto es lo que trato de decirte, y no que denuncies o no, eso es cosa tuya;
b) Que no pruebes que trabajabas a jornada completa...eras tu la obligada a cotizar y no el empresario.

Y...que no estuvieras cobrando prestaciones ya sea por incapacidada temporal, baja maternidad, etc...pues también pueden investigar connivencia para prestaciiones indebidas, que NO digo que sea tu caso, pero si lo son la mayoría....

Ahora haz lo que quieras...pero sigo diciendo que sigues sin ofrecer datos necesarios...y que no tiene lógica que estuvieras en el RG siendo empleada de hogar, no hay subvención ni bonificación que compense la diferencia de cotización.
26/01/2012 16:20
nes37,te aclaro, a mi no me aseguraron de empleada de hogar,y el seguro de empleada de hogar lo paga el que contrata,yo nunca tuve ese seguro,el unico seguro que yo tenia era el que a ellos les interesaba tenerme de aux adm,ademas en mi gestoria me lo han dicho claro,que hizo esto para cobrar subvenciones ya que yo tengo 50 años y por contratar a personas mayores de 45 les dan subvenciones,perdonar este dato no lo habia aclarado
26/01/2012 16:34
1) El seguro de los empleados de hogar lo paga el que contrata sea a tiempo completo o por horas...desde el 1 de enero del 2012 (de este año).

2) Antes...lo pagaba el que contrataba si era a tiempo completo...si era por horas lo pagaba la trabajadora.

3) Salía más barato antes (y ahora también) tener a alguien el regimen de empleados de hogar que en el régimen general...tu cree lo que quiera, por mucha bonificación que se aplicara...que en tu caso supongo que sería para mujere mayores de 45 años inscritas...pero la bonificación sigue sin compensar para tenerte en el RG...además de que al estar contratada a tiempo parcial esa bonificación se recibía proporcionalmente y no íntegra...

4) Ya me quedó claro que tu estabas en el Régimen general y NO como empleada del hogar...lo que yo te digo es que estabas MAL ENCUADRADA...que no te correspondía estar en ese Régimen SINO en el de empleadas de hogar. Ya te dije qie so que puedes denunciar que estabas como empleada de hogar y contratada como auxiliar adtiva en el RG...claro que puedes faltaría más...pero la SS también puede de oficio llevar a cabo el encuadramiento correcto. Pues la SS es INDISPONIBLE...tu no estás de alta en un Régimen u otro ssegún convenga, sino que se trata de normas imperativas. A ti no te van a sancionar...pero si te pasan al Régimen del Hogar en caso de que sancionen al empresario por mal encuadramiento, esto se hace de oficio, y esto implica que como empleada de hogar no tienes derecho a prestación por desempleo y que tus cotizaciones a efectos de futuros derechos son inferiores.

5) Como lo que dices no tiene lógica desde el punto de vista de que el empresario salga ganando...pues no es cierto (a ellos no es interesaba!!)...es más barato empleados de hogar (y más antes de que entrara en vigor la nueva ley) por muchas bonficiación que aplique el empresario, lo que va a pensar la SS que es muy mal pensada es que hay connivencia entre empresario y trabajador...que es lo que yo creo que pasó...y ahora tuviste un mal rollo y estais tira y afloja...

Por cierto las familias numerosas si contratan una empleada de hogar también tienen deduciones en hacienda.

Si lo quires entender lo entiendes y si no pues allá tu.. y con esto REPITO no estoy diciendo que no puedas denunciar...eso es cosa tuya...SÓLO digo que tu también pierdes, que debes valorar la situación...simplemente eso...pues si se demuestra que eres empleada de hogar no podías estar en el RG sino en el de empleados de hogar, y por mucha multa que le metan al empresario, TU no tienes derecho a desempleo por ejemplo (que supongo que ahora estarás percibiendo, o podrás percibir).
26/01/2012 20:50
mariac

mira una cosa:

coge tu contrato de trabajo y escribe, sin poner tus datos, el codigo de contrato y si se acoge a algun RD o ley (lo suele poner en la parte superior de la prmera pagina)
26/01/2012 21:28
Muchas gracias archilla,no he visto que se acoga a ningun RD,es un CONTRATO DE TRABAJO INDEFINIDO A TIEMPO PARCIAL BONIFICADO codigo 250, de nuevo muchas gracias,el dia 1 tengo acto de conciliacion,pero sospecho que no me pagara
27/01/2012 05:49
Nes, imaginate que a la empleada del hogar le pagas 500 euros y 170 de seguros sociales, como titular de hogar familiar estos gastos no puedes deducirlos. los pones de tu bolsillo. (Mariac no estaba a jornada completa pero si superaba 20 horas semanales).
Pues bien, si tu tienes una empresa, en epocas normales y contratas a una empleada bonificada, con los seguros sociales baratos, más de 170 euros ponle 250, y le pagas un salario pues parecido de 500 ó 600, incluso si te dan una subvención autonómica de 3000 ó 40000 euros, pues estupendo, la empleada te sale barata y además recuerda que su salario y seguridad social son gastos deducibles, es decir que el empresario pagará en rente o en sociedades un 25% o 20% de estos gastos, cuando de otra forma no podía deducirlos.
seguramente este empresario ahora no tiene beneficios, o tiene pocos, ya no le tiene tanto interes tener a esta empleada dada de alta, y es posible que incluso ya haya pasado el tiempo en que estaba obligado a tenerla contratada ya que en caso contrario tuviera que devolver la subvecnión cobrada y ahora está libre de poder despedir a una trabajadora.
27/01/2012 09:34
Mirta...
1) Se perfectamente lo que cuestan los seguros sociales de un trabajador por cuenta ajena, conozco las bonficaciones que se pueden aplicar a determinados colectivos (en su caso ni ella lo sabe, pero entiendo que por las fechas de contratación, hace 4 años según ella, fue la bonificación x contrato indefinido para trabajadores mayores de 45 años que llevaran 12 meses inscritos como demandantes de emple). Mírate el programa de fomento de empleo, y comprobarás la cuantía que se podía bonificar, la cual, como el propio programa pone si es un contrato a tiempo parcial, se establecen una reglas para calcular la parte proporcional. Ya que estás, miras la concurrencia, compatibilidad y cuantía máxima de bonficaciones (estas junto con cualquier otra ayuda pública) que se puede percibir...y que lo que dices en inviable.

2) NO se puede deducir lo que bonificas o percibes de ayudas públicas, mírate la legislación fiscal correspondiente. No me voy a poner aquí a explicarlo. Si tu piensas que es así, déjate en tus creencias....no es oro todo lo que reluce...

3) Las cotizaciones como empleado de hogar eran y siguen siendo más baratas que un trabajador por cuenta ajena, entre otras cosas porque la acción protectora no era la misma (IT a partir del día 29, NO desempleo, NO protección FOGASA). Por cierto, ya que estás comprueba las deduciones tributarias para familias numerosas que tengan contratado un empleado de hogar, para que veas que también tendría ayudas públicas.

3) Ningún empresario en su sano juicio contrata una empleaa de hogar y la tiene de alta en el RG, pues NI compensaba antes NI compensa ahora....que por cierto sigue habiendo bonificaciones para contratación de empleados de hogar. Todas las infracciones que hay al respecto son precisamente por lo contrario, porque los empresarios para ahorrarse dinero contraban empleadas de hogar, para realmente hacer trabajos que no estaban incluidos en el ambito del Régimen del hogar....o trabajaban en los 2 lugares (empresa y hogar) y las tenían sólo de altas en el Régimen del Hogar. Los únicos supuestos que vi de personas de alta en el régimen general cuando deberían estar en el del Hogar es precisamente por connivencia entre empresario y trabajador, para que el trabajador tuviera mayores prestaciones, pudiese cobrar el paro, etc.
Te digo más...vale que ella hacía más horas...pero al empresario si quisieta defraudar le bastaría con contratarla por horas y que fuese ella quien cotizara, te recuerdo que hasta el 1-1-2012 la regulación de las empleadas por horas no exigía ni contrato ni otras formalidades. Le bastaba con contratarla por horas y que la empleada cotizara ella misma...hay algo más barato que eso??? te digo más...el SMI por hora para las empleadas por horas está hora en 5.02 euros...Si haces las cuentas...verás que el empresario no salía ganando de la otra forma, al margen de que hasta ahora el fraude que había en empleadas de hogar era altísimo (ellas y empresarios).

4) Superaba las 20 horas semanales, que no lo dudo pero esto es un extremo que ella tiene que probar....pues el contrato es de 4 horas...además no sabemos si trabajaba en otras casas....por tanto no podemos concluir si debía pagarse ellas las cotizaciones como empleada de hogar o el empresario. Los datos que da son escasos.

5) Yo no le dije que no tuviera derecho a denunciar ni que no lo hiciera, sólo le digo que lo que ella pretende alegar pueda acabar en su contra, pues bien...el empresario podrá ser sancionado...pero ella va de cabeza al Regimen de empleados de hogar...y regularizan su situación...por tanto como sabrás pierde protección en todos los aspectos. Esto es lo que yo le dije que valorarar.

Y...como de estas trampas me conozco muchas...lo que suele pasar en el 99.9% de estos casos en que el empresario da de alta en el RG a una empleada de hogar NO es que el empresario sea tonto...es que suele haber una acuerdo entre empresario y trabajador para que así sea...aunque sea a la trabajadora a la que se le descuente la cotización correspondiente del sueldo tras acogerse a la bonificación que en su caso correspondiera...o las trampas que quieran hacerse...pues así muchas proximas a los 52 años...cotizan los 6 por desempleo, los juntos a los anteriores como empleadas de hogar, pasan a cobrar el subsidio hasta que se jubilen (y por no hablar de que siguen trabajando en B), lo que suele conocerse como fraude. Aquí faltan datos y está claro que cada uno arrima el ascua a su sardina. Estos por lo que fuera se cabrearon...y ahora le dijeron para casita...y ella no consiguió el objetivo y de ahi probablemente el cabreo.
27/01/2012 09:35
Por cierto el despido de un empleado de hogar aunque sea improcedente es infinitamente más barato que el de un empleado del RG.

Ella tendría que denunciar y lo que ocurrirá o debería acabar ocurriendo, es que tendrían sancionar al empresario por connivencia y trabajador al trabajador (con exclusión de beneficios sociales), a la trabajadora la pasan al Régimen del hogar con lo cual se queda sin protección por desempleo, que reiteiro el 99% de los casos es el objetivo que se pretende con este fraude.
Pues ella en 4 años estuvo muy contenta, ella fue contratada para empleada de hogar y estaba en el RG y hasta ahora no protestó....por algo será.