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me puede "robar" mi trabajo?

6 Comentarios
 
Me puede "robar" mi trabajo?
23/02/2004 08:18
hola a todos, espero que alguien pueda resolverme esta cuestion. Os pongo un poco en antecedentes, hace mas o menos un año contacte con una persona q me propusieron montar un negocio en la red, bueno, llevamos con esto un año, yo he sido la que ha hecho todo el tema de paginas web y gráficos (por asi decirlo el diseño) , los contenidos propiamente dichos no son de mi autoria. bien, estamos llegando a un punto en el que yo veo que no hago mas qe hacer y hacer paginas y esto no sale a la luz nunca y me estoy empezando a hartar. Mi pregunta es : legalmente es mio mi trabajo? si yo decido dejar el proyecto puedo exigir que todo lo que yo he realizado (graficos, menus, plantillas etc) no pueda ser utilizado? . Aclaro que todo el trabajo esta en el servidor de esta persona aunqe por supuesto yo tengo copia de todo en mi ordenador y auqnue ahora mismo yo borrase todo lo que hay supongo que el servidor tendra copias de seguridad que podrian rescatar. Legalmente puedo hacer algo si salgo del proyecto y usan mi trabajo??? Ojala me contesten.
Muchisimas gracias
01/03/2004 15:54
Josefa,

Todo depende del tipo de contrato que hayas firmado con ellos, si trabajabas para ellos, les corresponde como empresarios la autoría de todo lo que tu realices para el negocio, salvo que, por escrito hayáis acordado que tu eres el autor.

Como bien dices la autoría de los contenidos no te corresponde, pero sí la autoría del diseño.

Por tanto te informo que me deberías facilitar más información. Por ejemplo, en la factura se detalla algún tipo de cesión de derechos? Supongamos que no, entonces al no tener una relación laboral con aquella o aquellas personas, los derechos te los tendría que ceder éste y por escrito en la misma factura. En el supuesto de que la gente para la que trabajas no quiera firmarte ninguna cesión de titularidad, te proponemos que, a fin de que el diseño conste como tuyo, lo registres en el Registro de Propiedad Intelectual, sólo entonces a efectos probatorios, ese diseño informático será de tu exclusiva titularidad.
Te informo que la Ley de Propiedad Intelectual expone en su artículo 7 que una “obra en colaboración” es aquella en la que han participado varios autores, y serán todos ellos los titulares de dichos derechos, quienes podrán explotarlos de forma separada. La “obra colectiva” (artículo 8 de dicha Ley) es la obra que crea un autor que la coordina con la aportación personal de otros autores, y salvo pacto en contrario, los derechos sobre la obra colectiva corresponderán a la persona que la edite y divulgue bajo su nombre. Entiendo, sentado lo anterior, que tu creación se trata de una obra colectiva aunque puede ocurrir que los que están elaborando la página web quieran aparecer como titulares.

Espero haberte ayudado

JOSÉ COLL RODRÍGUEZ
Abogado
01/03/2004 16:03
Josefa,

nuestra respuesta dependerá de si tenías una relación laboral o trabajas como autónomo.

Confírmanos este dato lo antes posible a fin de estudiar tu respuesta.

JOSÉ COLL RODRÍGUEZ
Abogado
02/03/2004 19:50
A fin de solucionar de una mejor manera tu consulta ruego te pongas en contacto con el despacho (93 366 39 90). A los visitantes de PORTICOLEGAL les ofrecemos la primera consulta gratuita.

Atentamente

JOSÉ COLL RODRÍGUEZ
Abogado
06/03/2004 12:29
Hola, gracias por las respuestas, os comento, no hay ningun tipo de papel firmado, Quizas no me he explicado bien pero me puse en contacto con una persona que tenia un proyecto para montar un negocio por internet, a lo largo de un año he estado desarrollando el portal web para este señor sin que hayamos firmado nada y como pasa el tiempo y no acaba de salir a la luz el negocio y ya me he cansado de trabajar para nada le he dicho que abandono el proyecto y que me llevo mi trabajo conmigo (valorado en el mercado en unos 2 millones de las antiguas pesetas). Mi pregunta es si el puede aprovecharse de mi trabajo, utilizar alguna copia de lo que yo haya hecho y usarlo sin mi consentimiento.
Personalmente pienso que al no tener firmado nada y tratarse de un proyecto yo me podre retirar de el cuando yo quiera y llevarme mi trabajo conmigo (no me gusta que se aprovechen de mi ) pero queria confirmarlo legalmente, es decir, existe algo sobre la propiedad intelectual que impida a este señor usar mis graficos y mis diseños???

Muchisimas gracias de nuevo
09/03/2004 20:02
Josefa,

Tu trabajo es tuyo, tú eres el autor y tú eres la titular de todos los derechos que pueda generar su explotación. Ahora bien, si quieres estar más tranquila te aconsejamos que registres tu página web en el registro de propiedad intelectual para así constar ante terceros como la única titular, para eso, si tu página web contiene texto y fotografías, debería ser inscrita de la siguiente manera:

-El texto sería inscrito como obra literaria (art. 10.1.a TRLPI) en la Sección I del Registro (art. 7.2.a RD 733/1993).
-Las fotografías, por su parte, serían inscritas como tales (art. 10.1.h TRLPI) en la Sección XI del Registro (art.7.2.k RD 733/1993) aunque, eso sí, podrían presentarse en la misma solicitud utilizada para el registro del texto.
-El código fuente, como programa de ordenador (arts. 95 y ss TRLIP).

Aunque recuerda que el registro tiene sólo efectos de publicidad. Lo que constituye que tú eres el autor es el hecho de que sea dicha obra de tu creación, todo lo que puedas probar para así fortalecer el hecho de que tú tienes la autoría ya desde antes de la inscripción es bien recibido ante la injerencia de un tercero.


Espero te haya ayudado,

PD: te recuerdo que si no hay contrato de por medio ni nada de nada, como tú dices. El trabajo es tuyo.

JOSÉ COLL
Abogado
14/03/2004 12:10
Gracias Mil José Coll, me has prestado muchisima ayuda.
Eternamente agradecida
un cordial saludo!
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6 Comentarios
 
Me puede "robar" mi trabajo?
23/02/2004 08:18
hola a todos, espero que alguien pueda resolverme esta cuestion. Os pongo un poco en antecedentes, hace mas o menos un año contacte con una persona q me propusieron montar un negocio en la red, bueno, llevamos con esto un año, yo he sido la que ha hecho todo el tema de paginas web y gráficos (por asi decirlo el diseño) , los contenidos propiamente dichos no son de mi autoria. bien, estamos llegando a un punto en el que yo veo que no hago mas qe hacer y hacer paginas y esto no sale a la luz nunca y me estoy empezando a hartar. Mi pregunta es : legalmente es mio mi trabajo? si yo decido dejar el proyecto puedo exigir que todo lo que yo he realizado (graficos, menus, plantillas etc) no pueda ser utilizado? . Aclaro que todo el trabajo esta en el servidor de esta persona aunqe por supuesto yo tengo copia de todo en mi ordenador y auqnue ahora mismo yo borrase todo lo que hay supongo que el servidor tendra copias de seguridad que podrian rescatar. Legalmente puedo hacer algo si salgo del proyecto y usan mi trabajo??? Ojala me contesten.
Muchisimas gracias
01/03/2004 15:54
Josefa,

Todo depende del tipo de contrato que hayas firmado con ellos, si trabajabas para ellos, les corresponde como empresarios la autoría de todo lo que tu realices para el negocio, salvo que, por escrito hayáis acordado que tu eres el autor.

Como bien dices la autoría de los contenidos no te corresponde, pero sí la autoría del diseño.

Por tanto te informo que me deberías facilitar más información. Por ejemplo, en la factura se detalla algún tipo de cesión de derechos? Supongamos que no, entonces al no tener una relación laboral con aquella o aquellas personas, los derechos te los tendría que ceder éste y por escrito en la misma factura. En el supuesto de que la gente para la que trabajas no quiera firmarte ninguna cesión de titularidad, te proponemos que, a fin de que el diseño conste como tuyo, lo registres en el Registro de Propiedad Intelectual, sólo entonces a efectos probatorios, ese diseño informático será de tu exclusiva titularidad.
Te informo que la Ley de Propiedad Intelectual expone en su artículo 7 que una “obra en colaboración” es aquella en la que han participado varios autores, y serán todos ellos los titulares de dichos derechos, quienes podrán explotarlos de forma separada. La “obra colectiva” (artículo 8 de dicha Ley) es la obra que crea un autor que la coordina con la aportación personal de otros autores, y salvo pacto en contrario, los derechos sobre la obra colectiva corresponderán a la persona que la edite y divulgue bajo su nombre. Entiendo, sentado lo anterior, que tu creación se trata de una obra colectiva aunque puede ocurrir que los que están elaborando la página web quieran aparecer como titulares.

Espero haberte ayudado

JOSÉ COLL RODRÍGUEZ
Abogado
01/03/2004 16:03
Josefa,

nuestra respuesta dependerá de si tenías una relación laboral o trabajas como autónomo.

Confírmanos este dato lo antes posible a fin de estudiar tu respuesta.

JOSÉ COLL RODRÍGUEZ
Abogado
02/03/2004 19:50
A fin de solucionar de una mejor manera tu consulta ruego te pongas en contacto con el despacho (93 366 39 90). A los visitantes de PORTICOLEGAL les ofrecemos la primera consulta gratuita.

Atentamente

JOSÉ COLL RODRÍGUEZ
Abogado
06/03/2004 12:29
Hola, gracias por las respuestas, os comento, no hay ningun tipo de papel firmado, Quizas no me he explicado bien pero me puse en contacto con una persona que tenia un proyecto para montar un negocio por internet, a lo largo de un año he estado desarrollando el portal web para este señor sin que hayamos firmado nada y como pasa el tiempo y no acaba de salir a la luz el negocio y ya me he cansado de trabajar para nada le he dicho que abandono el proyecto y que me llevo mi trabajo conmigo (valorado en el mercado en unos 2 millones de las antiguas pesetas). Mi pregunta es si el puede aprovecharse de mi trabajo, utilizar alguna copia de lo que yo haya hecho y usarlo sin mi consentimiento.
Personalmente pienso que al no tener firmado nada y tratarse de un proyecto yo me podre retirar de el cuando yo quiera y llevarme mi trabajo conmigo (no me gusta que se aprovechen de mi ) pero queria confirmarlo legalmente, es decir, existe algo sobre la propiedad intelectual que impida a este señor usar mis graficos y mis diseños???

Muchisimas gracias de nuevo
09/03/2004 20:02
Josefa,

Tu trabajo es tuyo, tú eres el autor y tú eres la titular de todos los derechos que pueda generar su explotación. Ahora bien, si quieres estar más tranquila te aconsejamos que registres tu página web en el registro de propiedad intelectual para así constar ante terceros como la única titular, para eso, si tu página web contiene texto y fotografías, debería ser inscrita de la siguiente manera:

-El texto sería inscrito como obra literaria (art. 10.1.a TRLPI) en la Sección I del Registro (art. 7.2.a RD 733/1993).
-Las fotografías, por su parte, serían inscritas como tales (art. 10.1.h TRLPI) en la Sección XI del Registro (art.7.2.k RD 733/1993) aunque, eso sí, podrían presentarse en la misma solicitud utilizada para el registro del texto.
-El código fuente, como programa de ordenador (arts. 95 y ss TRLIP).

Aunque recuerda que el registro tiene sólo efectos de publicidad. Lo que constituye que tú eres el autor es el hecho de que sea dicha obra de tu creación, todo lo que puedas probar para así fortalecer el hecho de que tú tienes la autoría ya desde antes de la inscripción es bien recibido ante la injerencia de un tercero.


Espero te haya ayudado,

PD: te recuerdo que si no hay contrato de por medio ni nada de nada, como tú dices. El trabajo es tuyo.

JOSÉ COLL
Abogado
14/03/2004 12:10
Gracias Mil José Coll, me has prestado muchisima ayuda.
Eternamente agradecida
un cordial saludo!