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me pueden renovar con la nueva reforma laboral?

16 Comentarios
 
17/05/2012 15:49
Bueno , me queda poco mas de 1 mes de contrato ya os contaré que deciden al final para que otros usuarios con dudas similares puedan disiparlas un saludo y gracias
29/03/2012 19:13
Menos mal que a base de ejemplos consigo que me entiendan que si no....
29/03/2012 19:11
Jajajajajaj como se nota que no leiste mi anterior post cd digo q me explico fatal jajajajajjaaj.
29/03/2012 19:10
Pues eso, que si me preguntan si la ley permite celebrar un contrato temporal, será si, si el contrato tiene una causa temporal cierta y acorde con el tipo de contrato.

No digo que seas tu ni yo quien diga que la causa sea válida, solo faltaba que nos tocara jugar a las adivinazas, ;), pero si que tiene que tenerla, y no decir simplemente que si se puede celebrar un contrato de obra y ser legal, como yo creí entender de tu escueta respuesta.

Un saludo.
29/03/2012 19:06
Gracias , entonces estaba yo en lo cierto y no mi jefe no dudo ni por un momento que no quiera hacerme otro contrato ...se que el quiere que trabaje aqui solo que el pobre no tiene ni idea de la nueva reforma
29/03/2012 19:05
Hombre ya se que la ley no permite el contrato en fraude de ley pero parto de la base de que yo no soy quien para declararlo en fraude de ley, si la obra es real la ley lo permite y no se que obra le piensa poner
29/03/2012 19:02
Hombre, la ley no permite realizar contratos en fraude de ley ines_lp. Si se detecta mientras la relación laboral está viva, esta se convierte en indefinida.

Que pretendan realizar un contrato por obra y servicio y el sistema trague con él porque no exista una limitación temporal con existe con el contrato eventual por circunstancias de la producción, pues vale.

Cyberkalo, si lo que te preocupa es eso, que puedan formalizar un contrato temporal sin que el sistema se chive, pues si, el de obra o servicio vale. Si la causa temporal es válida, entonces hasta lo permite la ley.

Un saludo.
29/03/2012 18:59
aja pero mi jefe me dice que eso podria hacermelo si yo fuera nuevo pero como ya llevo 1 año trabajando aqui cree que no es posible yo le he dicho que si que es posible y su respuesta a sido que lo consultara con la gestora...no se como expresar mi duda ...si ya estoy un año trabajando con un contrato de duracion de terminada he alcanzado la duracion maxima para ese tipo de contrato , pero como ahora la concatenacion esta suspendida ¿podria hacerme un contrato a fin de obra hasta agotar la duracion maxima de ese contrato que ahora son 4 años ampliable a 12 meses mas sin tener la obligacion de hacerme fijo? notese que durante ese transcurso de tiempo la suspension habra acabado pero sera un solo contrato y la ley dice que solo estaria obligado a hacerme fijo si son 2 contratos o mas que superen 24 meses en un periodo de 30 meses pero en este caso se trataria solo de 1 contrato porque el que he tenido anteriormente (el que aun esta vigente) esta dentro del periodo de la suspension.
29/03/2012 18:53
El fin de obra si
29/03/2012 18:52
claro , tienes razon lo que ocurre que el quiere hacerlo si la ley lo permite esa es mi duda yo pienso que si el me a dicho que lo va a consultar con la gestoria a mi me gustaria que me dijeran si estoy en lo cierto o no ...si el contrato que me haga está en fraude de ley mejor para mí , lo que yo quiero es que me lo haga la pregunta es ¿lo permite la ley?
29/03/2012 18:51
A ver si logro explicarme.

Por un lado están los contratos temporales, principalmente los de obra o servicios y el eventual por circunstancias de la producción. Cada uno con su regulación específica. el de obra o servicio dura, básicamente, lo que dure la obra o servicio. El de circunstancias de la producción, dura como máximo 6 meses en un periodo de 12 meses, ampliable por convenio colectivo como máximo a 12 meses en un periodo de 18 meses, siempre con una causa temporal que lo justifique.

Hace unos años se introdujo una novedad que consistía en que si se sumaban más de 24 meses contratado con DOS o más contratos temporales (excluidos los formativos, los de interinidad y creo que alguno otro) en un periodo de 30 meses, aún estando correctamente esos contratos, es decir, existiendo las causas temporales que los motivaron, se entendía que el trabajador era indefinido. Ese tema es el que está parado temporalmente, solo eso.

Otra cosa muy diferente es que se formalicen contratos temporales de cualquier manera. Habrán de atenerse a las normas particulares de cada contrato, eso sigue vigente.

Un saludo.
29/03/2012 18:48
Cyberkalo tepreguntaba que obra piensa poner tu jefe pq da igual si te hace un fin de obra con una obra que no es real se te consideraria indefinido y la verdad un fin de obra en un hotel de duracion de 4 años no se yo....asiq yo en en ese sentido estaria tranquilo, que mas da como lo llamen si al final solo tiene el nombre de indefinido.
29/03/2012 18:45
Si cobayashi es totalmente cierto, lo que tu dices tb lo es pero solo en lo que se refiere al contrato de duracion determinada codigo (402) ese mismo es el que yo tengo y por lo tanto no podrian hacerme mas prorrogas, pero CREO que si un nuevo contrato a fin de obra por el motivo que se le ocurra porque mi contrato termina en junio y entonces todavia prevalecera la suspension del derecho de ser fijo por concatenacion de 2 o mas contratos que superen los 24 meses. de hecho un compañero mio lo hecharon al finalizar el contrato y a los 20 dias lo volvieron a contratar con un contrato a fin de obra, no se si su anterior contrato era de duracion determinada o fin de obra pero pienso que es irrelevante ya que el trabajó 12 meses
29/03/2012 18:41
Kobayashi esa misma duda la pregunte yo y me dijeron que hay que respetar lo que establece en convenio, supongo que tu te referiras al contrato por circunstancias de produccion que es el que permite una prorroga y como max duracion de 12 meses en periodo de 18. Tu puedes encadenar contratos pero en este caso podrias hacer un contrato por fin de obra( si el convenio lo permite) pero no otro por circinstancias hasta que pasasen esos 6 meses de diferencia.

Entiendes loq ue te quiero decir, es q normalamente me explico fatal.
29/03/2012 18:28
Cyberkalo, eso que dices que se pueden encadenar contratos temporales sin pasar a ser fijo hasta 2013, ¿es cierto?
¿Entonces no es de aplicación lo que dice, en mi caso el Convenio de Hostelería, de que sólo se pueden hacer 2 contratos temporales y que como mucho pueden ser en un periodo de 12 meses dentro de 18?
29/03/2012 18:10
Y que obra piensa tu jefe poner en el contrato?
Me pueden renovar con la nueva reforma laboral?
29/03/2012 18:07
Saludos esto de la reforma laboral me tiene hecho un lio, actualmente estoy trabajando en un hotel y mi contrato termina a finales de junio . Se que ser fijo con concatenacion de contratos esta supendido hasta 2013
cuando finalice mi contrato ¿mi jefe podria hacerme un contrato a fin de obra (4 años ampliable a 12 meses mas) sin tener la obligacion de hacerme fijo?
porque no quiere hacer fijo a nadie pero si le gustaria la opcion que planteo siempre que entrara dentro de la legalidad y no tuviera la obligacion de hacerme fijo, ya que una vez que se anule la suspension de concatenaciones estaria obligado a hacerme fijo si existieran 2 contratos o mas pero si es un unico contrato no pasa nada ¿no? ¿con la actual reforma es eso posible?
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me pueden renovar con la nueva reforma laboral?

16 Comentarios
 
17/05/2012 15:49
Bueno , me queda poco mas de 1 mes de contrato ya os contaré que deciden al final para que otros usuarios con dudas similares puedan disiparlas un saludo y gracias
29/03/2012 19:13
Menos mal que a base de ejemplos consigo que me entiendan que si no....
29/03/2012 19:11
Jajajajajaj como se nota que no leiste mi anterior post cd digo q me explico fatal jajajajajjaaj.
29/03/2012 19:10
Pues eso, que si me preguntan si la ley permite celebrar un contrato temporal, será si, si el contrato tiene una causa temporal cierta y acorde con el tipo de contrato.

No digo que seas tu ni yo quien diga que la causa sea válida, solo faltaba que nos tocara jugar a las adivinazas, ;), pero si que tiene que tenerla, y no decir simplemente que si se puede celebrar un contrato de obra y ser legal, como yo creí entender de tu escueta respuesta.

Un saludo.
29/03/2012 19:06
Gracias , entonces estaba yo en lo cierto y no mi jefe no dudo ni por un momento que no quiera hacerme otro contrato ...se que el quiere que trabaje aqui solo que el pobre no tiene ni idea de la nueva reforma
29/03/2012 19:05
Hombre ya se que la ley no permite el contrato en fraude de ley pero parto de la base de que yo no soy quien para declararlo en fraude de ley, si la obra es real la ley lo permite y no se que obra le piensa poner
29/03/2012 19:02
Hombre, la ley no permite realizar contratos en fraude de ley ines_lp. Si se detecta mientras la relación laboral está viva, esta se convierte en indefinida.

Que pretendan realizar un contrato por obra y servicio y el sistema trague con él porque no exista una limitación temporal con existe con el contrato eventual por circunstancias de la producción, pues vale.

Cyberkalo, si lo que te preocupa es eso, que puedan formalizar un contrato temporal sin que el sistema se chive, pues si, el de obra o servicio vale. Si la causa temporal es válida, entonces hasta lo permite la ley.

Un saludo.
29/03/2012 18:59
aja pero mi jefe me dice que eso podria hacermelo si yo fuera nuevo pero como ya llevo 1 año trabajando aqui cree que no es posible yo le he dicho que si que es posible y su respuesta a sido que lo consultara con la gestora...no se como expresar mi duda ...si ya estoy un año trabajando con un contrato de duracion de terminada he alcanzado la duracion maxima para ese tipo de contrato , pero como ahora la concatenacion esta suspendida ¿podria hacerme un contrato a fin de obra hasta agotar la duracion maxima de ese contrato que ahora son 4 años ampliable a 12 meses mas sin tener la obligacion de hacerme fijo? notese que durante ese transcurso de tiempo la suspension habra acabado pero sera un solo contrato y la ley dice que solo estaria obligado a hacerme fijo si son 2 contratos o mas que superen 24 meses en un periodo de 30 meses pero en este caso se trataria solo de 1 contrato porque el que he tenido anteriormente (el que aun esta vigente) esta dentro del periodo de la suspension.
29/03/2012 18:53
El fin de obra si
29/03/2012 18:52
claro , tienes razon lo que ocurre que el quiere hacerlo si la ley lo permite esa es mi duda yo pienso que si el me a dicho que lo va a consultar con la gestoria a mi me gustaria que me dijeran si estoy en lo cierto o no ...si el contrato que me haga está en fraude de ley mejor para mí , lo que yo quiero es que me lo haga la pregunta es ¿lo permite la ley?
29/03/2012 18:51
A ver si logro explicarme.

Por un lado están los contratos temporales, principalmente los de obra o servicios y el eventual por circunstancias de la producción. Cada uno con su regulación específica. el de obra o servicio dura, básicamente, lo que dure la obra o servicio. El de circunstancias de la producción, dura como máximo 6 meses en un periodo de 12 meses, ampliable por convenio colectivo como máximo a 12 meses en un periodo de 18 meses, siempre con una causa temporal que lo justifique.

Hace unos años se introdujo una novedad que consistía en que si se sumaban más de 24 meses contratado con DOS o más contratos temporales (excluidos los formativos, los de interinidad y creo que alguno otro) en un periodo de 30 meses, aún estando correctamente esos contratos, es decir, existiendo las causas temporales que los motivaron, se entendía que el trabajador era indefinido. Ese tema es el que está parado temporalmente, solo eso.

Otra cosa muy diferente es que se formalicen contratos temporales de cualquier manera. Habrán de atenerse a las normas particulares de cada contrato, eso sigue vigente.

Un saludo.
29/03/2012 18:48
Cyberkalo tepreguntaba que obra piensa poner tu jefe pq da igual si te hace un fin de obra con una obra que no es real se te consideraria indefinido y la verdad un fin de obra en un hotel de duracion de 4 años no se yo....asiq yo en en ese sentido estaria tranquilo, que mas da como lo llamen si al final solo tiene el nombre de indefinido.
29/03/2012 18:45
Si cobayashi es totalmente cierto, lo que tu dices tb lo es pero solo en lo que se refiere al contrato de duracion determinada codigo (402) ese mismo es el que yo tengo y por lo tanto no podrian hacerme mas prorrogas, pero CREO que si un nuevo contrato a fin de obra por el motivo que se le ocurra porque mi contrato termina en junio y entonces todavia prevalecera la suspension del derecho de ser fijo por concatenacion de 2 o mas contratos que superen los 24 meses. de hecho un compañero mio lo hecharon al finalizar el contrato y a los 20 dias lo volvieron a contratar con un contrato a fin de obra, no se si su anterior contrato era de duracion determinada o fin de obra pero pienso que es irrelevante ya que el trabajó 12 meses
29/03/2012 18:41
Kobayashi esa misma duda la pregunte yo y me dijeron que hay que respetar lo que establece en convenio, supongo que tu te referiras al contrato por circunstancias de produccion que es el que permite una prorroga y como max duracion de 12 meses en periodo de 18. Tu puedes encadenar contratos pero en este caso podrias hacer un contrato por fin de obra( si el convenio lo permite) pero no otro por circinstancias hasta que pasasen esos 6 meses de diferencia.

Entiendes loq ue te quiero decir, es q normalamente me explico fatal.
29/03/2012 18:28
Cyberkalo, eso que dices que se pueden encadenar contratos temporales sin pasar a ser fijo hasta 2013, ¿es cierto?
¿Entonces no es de aplicación lo que dice, en mi caso el Convenio de Hostelería, de que sólo se pueden hacer 2 contratos temporales y que como mucho pueden ser en un periodo de 12 meses dentro de 18?
29/03/2012 18:10
Y que obra piensa tu jefe poner en el contrato?
Me pueden renovar con la nueva reforma laboral?
29/03/2012 18:07
Saludos esto de la reforma laboral me tiene hecho un lio, actualmente estoy trabajando en un hotel y mi contrato termina a finales de junio . Se que ser fijo con concatenacion de contratos esta supendido hasta 2013
cuando finalice mi contrato ¿mi jefe podria hacerme un contrato a fin de obra (4 años ampliable a 12 meses mas) sin tener la obligacion de hacerme fijo?
porque no quiere hacer fijo a nadie pero si le gustaria la opcion que planteo siempre que entrara dentro de la legalidad y no tuviera la obligacion de hacerme fijo, ya que una vez que se anule la suspension de concatenaciones estaria obligado a hacerme fijo si existieran 2 contratos o mas pero si es un unico contrato no pasa nada ¿no? ¿con la actual reforma es eso posible?