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Me puedo desgravar la pension de alimentos

31 Comentarios
Viendo 21 - 31 de 31 comentarios
16/06/2005 23:51
Como Asesor Fiscal he de decir que el funcionamiento es el que ha descrito Juan

Cuando un separado con hijos me dice que le haga la declaración, la típica pregunta es esa, y yo les digo que no y los motivos son los antes apuntados, pero que podemos meterlas dentro de las pensiones compensatorias si ellos quieren pero bajo su riesgo

Esto es, es una pequeña trampa, que claro está, Haciendo podría averiguar, si hacen una inspección, pues habría problemas y no se podría justificar y caería las multas, recargos, etc...

Es difícil que la hagan, pero advierto que es más posible de los que muchos piensan, he realizado varias así y gente que lleva años no les han dicho hasta el momento nada, pero curiosamente hace un par de años una persona lo hizo por primera vez y le tocó inspección y le ha salido caro el asunto.

Personalmente no me arriesgaría, máxima cuando hay más que perder de lo que se puede ganar, no se trata ya de la multa y todo eso, sino que a partir de entonces Haciendo vigilará todas las operaciones de esa persona con lupa y creedme, no es agradable.
17/06/2005 00:23
Gracias Juan por tu aclaración, pero pienso que si tuviera hijos y les pasara una pensión de alimentos por decisión judicial, posiblemente me tendrían que devolver más de los 600 euros que puse de ejemplo. O bien, me retendrían menos de la nómina, como tu has dicho. Puede que no haya hecho los cálculos correctamente, como tu has corregido, al haber simulado una situación que no es real y que por tanto no se ha reflejado en las nóminas. Y que por consiguiente, el 30 por ciento que me salía a mí no se corresponda con la realidad. Pero pienso que alguna ventaja o compensación debería haber para un padre o una madre que tuviera que pagar por estos conceptos, al menos en relación con quien, como yo por ejemplo, no tendría esos gastos, pues creo que sería justo y razonable. Llámesele deducción, reducción, ajuste o como se quiera, e independientemente de que este se realice en la nómina, en la declaración o en cualquier tipo de impuesto. Que conste que no estoy criticando en absoluto tu razonamiento, el cual me parece muy correcto y documentado. Pero me cuesta creer que no exista algún tipo de compensación o consideración, como he dicho antes, en concepto de estos gastos.
17/06/2005 07:29
Es que ya se realiza en las nóminas, quien tiene un hijo(sin estar separado )tributa por un tipo menor que quien no lo tiene, y quien paga una pensión, tributa por un tipo menor que quien no la pasa, pero superior a quien vive con sus hijos
Si te desgravas en el IRPF la pensión, realmente lo que haces es desgravarte por un concepto que ya ha sido tenido en cuenta para aplicarte un tipo menor y es como si te rebajarás el IRPF dos veces por un mismo concepto
El hecho de la reducción del tipo es, como ya dije, para intentar igualar la situación a las personas que tienen hijos (y viven con ellos), pero eso se realiza (o se debería realizar) en las nóminas y no en la declaración, la declaración (en su gran mayoría) de hecho sirve para ajustar conceptos que por error u omisión o por no poder ponerse en otros sitios (caso de las pensiones compensatorias).

Mejor que leeros la declaración, mirad la ley del IPRF, está mucho más claro
17/06/2005 15:34
El que paga la pensión no se la deduce, en cambio el que la recibe no da cuentas a nadie. Lo que nadie piensa es que la madre pudo tener su hijo por voluntad propia y, además, puede ser más que autosuficiente. En ese caso la pensión es realmente una paga extra amparada por ley.
Es el problema de fijar la pensión obligatoria y según baremo (hay muchísimos casos).
30/04/2006 21:53
Tengo una hipoteca vivienda desde 06/99 y en la casilla de la renta que pongo amortizacion e intereses, me lo rechaza porque informan que debe ser antes de 04/98 en que casilla puedo desgravar . gracias
02/05/2006 11:26
me ha quedado claro el tema de la pension....
y la hipoteca?? como queda....yo este año ..pienso desgravar la que tenia..de la vivienda donde no vivo..y la que tengo actualmente....lo puedo hacer?
20/06/2006 12:11
A ver si mis conclusiones son correctas:

1.- como padre pagando pensión de alimentos NO ME DESGRAVO NADA de lo que ese pago supone.

2.- PUEDO Y DEBO RELLENAR LA CASILLA 674 con el importe de lo que pagué por alimentos en el año 2005.

3.- Probablemente esto afectará favorablemente para mí al resultado final de la declaración

4.- Lo que he hecho, (rellenar la casilla 674) ES PERFECTAMENTE LEGAL, Y NO SUPONE NINGUNA ESTAFA NI FRAUDE, y por lo tanto no debo temer que hacienda me busque las cosquillas por esto.

¿Es todo esto correcto?
Agradecería sobre todo la respuesta de Belve
20/06/2006 14:34
Para Opino.

Tengo dos hijos,estoy separada legalmente y la custodia de los niños.
Trabajo dentro y fuera de casa.Mi sueldo es de 800 euros al mes y mi ex me pasa 500.
Vendimos el piso en común y yo compre otro a mi nombre,por lo que tengo una hipoteca y los miles de gastos más.

Mi ex gana más de 3000 al mes.

Dime ahora,si merezco una pensión para mis hijos o me pongo a pedir en el metro???
26/06/2006 03:41
M.a., si tu ex quiere la custodia compartida dasela, es derecho de tus hijos el poder convivir tambien con su padre en igualdad de condiciones y que cada uno de vosotros viva su vida tranquilamente sin ocuparse de la vida del otro salvo en lo que tiene que ver con vuestros hijos. Si tu ex no quiere la CC entonces pide revision de medidas
13/12/2017 20:41
Oscar
las devoluciones de hacienda devén incluirse como ingresos para las pensiones compensatorias
13/12/2017 21:38
a24y
Sí totalmente, lo que te recomiendo es que guardes todos los recibos de la pensión alimentaria por si te la pide Hacienda .un saludo
17/12/2017 01:36
Oscar
Hola.Si que puedes desgravar pensión de alimentos.un salu2 y muchas gracias
Me puedo desgravar la pension de alimentos | PorticoLegal
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Me puedo desgravar la pension de alimentos

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16/06/2005 23:51
Como Asesor Fiscal he de decir que el funcionamiento es el que ha descrito Juan

Cuando un separado con hijos me dice que le haga la declaración, la típica pregunta es esa, y yo les digo que no y los motivos son los antes apuntados, pero que podemos meterlas dentro de las pensiones compensatorias si ellos quieren pero bajo su riesgo

Esto es, es una pequeña trampa, que claro está, Haciendo podría averiguar, si hacen una inspección, pues habría problemas y no se podría justificar y caería las multas, recargos, etc...

Es difícil que la hagan, pero advierto que es más posible de los que muchos piensan, he realizado varias así y gente que lleva años no les han dicho hasta el momento nada, pero curiosamente hace un par de años una persona lo hizo por primera vez y le tocó inspección y le ha salido caro el asunto.

Personalmente no me arriesgaría, máxima cuando hay más que perder de lo que se puede ganar, no se trata ya de la multa y todo eso, sino que a partir de entonces Haciendo vigilará todas las operaciones de esa persona con lupa y creedme, no es agradable.
17/06/2005 00:23
Gracias Juan por tu aclaración, pero pienso que si tuviera hijos y les pasara una pensión de alimentos por decisión judicial, posiblemente me tendrían que devolver más de los 600 euros que puse de ejemplo. O bien, me retendrían menos de la nómina, como tu has dicho. Puede que no haya hecho los cálculos correctamente, como tu has corregido, al haber simulado una situación que no es real y que por tanto no se ha reflejado en las nóminas. Y que por consiguiente, el 30 por ciento que me salía a mí no se corresponda con la realidad. Pero pienso que alguna ventaja o compensación debería haber para un padre o una madre que tuviera que pagar por estos conceptos, al menos en relación con quien, como yo por ejemplo, no tendría esos gastos, pues creo que sería justo y razonable. Llámesele deducción, reducción, ajuste o como se quiera, e independientemente de que este se realice en la nómina, en la declaración o en cualquier tipo de impuesto. Que conste que no estoy criticando en absoluto tu razonamiento, el cual me parece muy correcto y documentado. Pero me cuesta creer que no exista algún tipo de compensación o consideración, como he dicho antes, en concepto de estos gastos.
17/06/2005 07:29
Es que ya se realiza en las nóminas, quien tiene un hijo(sin estar separado )tributa por un tipo menor que quien no lo tiene, y quien paga una pensión, tributa por un tipo menor que quien no la pasa, pero superior a quien vive con sus hijos
Si te desgravas en el IRPF la pensión, realmente lo que haces es desgravarte por un concepto que ya ha sido tenido en cuenta para aplicarte un tipo menor y es como si te rebajarás el IRPF dos veces por un mismo concepto
El hecho de la reducción del tipo es, como ya dije, para intentar igualar la situación a las personas que tienen hijos (y viven con ellos), pero eso se realiza (o se debería realizar) en las nóminas y no en la declaración, la declaración (en su gran mayoría) de hecho sirve para ajustar conceptos que por error u omisión o por no poder ponerse en otros sitios (caso de las pensiones compensatorias).

Mejor que leeros la declaración, mirad la ley del IPRF, está mucho más claro
17/06/2005 15:34
El que paga la pensión no se la deduce, en cambio el que la recibe no da cuentas a nadie. Lo que nadie piensa es que la madre pudo tener su hijo por voluntad propia y, además, puede ser más que autosuficiente. En ese caso la pensión es realmente una paga extra amparada por ley.
Es el problema de fijar la pensión obligatoria y según baremo (hay muchísimos casos).
30/04/2006 21:53
Tengo una hipoteca vivienda desde 06/99 y en la casilla de la renta que pongo amortizacion e intereses, me lo rechaza porque informan que debe ser antes de 04/98 en que casilla puedo desgravar . gracias
02/05/2006 11:26
me ha quedado claro el tema de la pension....
y la hipoteca?? como queda....yo este año ..pienso desgravar la que tenia..de la vivienda donde no vivo..y la que tengo actualmente....lo puedo hacer?
20/06/2006 12:11
A ver si mis conclusiones son correctas:

1.- como padre pagando pensión de alimentos NO ME DESGRAVO NADA de lo que ese pago supone.

2.- PUEDO Y DEBO RELLENAR LA CASILLA 674 con el importe de lo que pagué por alimentos en el año 2005.

3.- Probablemente esto afectará favorablemente para mí al resultado final de la declaración

4.- Lo que he hecho, (rellenar la casilla 674) ES PERFECTAMENTE LEGAL, Y NO SUPONE NINGUNA ESTAFA NI FRAUDE, y por lo tanto no debo temer que hacienda me busque las cosquillas por esto.

¿Es todo esto correcto?
Agradecería sobre todo la respuesta de Belve
20/06/2006 14:34
Para Opino.

Tengo dos hijos,estoy separada legalmente y la custodia de los niños.
Trabajo dentro y fuera de casa.Mi sueldo es de 800 euros al mes y mi ex me pasa 500.
Vendimos el piso en común y yo compre otro a mi nombre,por lo que tengo una hipoteca y los miles de gastos más.

Mi ex gana más de 3000 al mes.

Dime ahora,si merezco una pensión para mis hijos o me pongo a pedir en el metro???
26/06/2006 03:41
M.a., si tu ex quiere la custodia compartida dasela, es derecho de tus hijos el poder convivir tambien con su padre en igualdad de condiciones y que cada uno de vosotros viva su vida tranquilamente sin ocuparse de la vida del otro salvo en lo que tiene que ver con vuestros hijos. Si tu ex no quiere la CC entonces pide revision de medidas
13/12/2017 20:41
Oscar
las devoluciones de hacienda devén incluirse como ingresos para las pensiones compensatorias
13/12/2017 21:38
a24y
Sí totalmente, lo que te recomiendo es que guardes todos los recibos de la pensión alimentaria por si te la pide Hacienda .un saludo
17/12/2017 01:36
Oscar
Hola.Si que puedes desgravar pensión de alimentos.un salu2 y muchas gracias