Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Medicamentos

13 Comentarios
 
Medicamentos
29/04/2009 16:31
Hola a tod@s, una consulta. Primero pongo lo que dice mi convenio:
"Los gastos extraordinarios tales como asistencia sanitaria no cubiertas por la sanidad pública, viajes de estudios, estudios universitarios, etc., que pudieran derivarse del cuidado y educación de los hijos, serán sufragados por ambos progenitores al 50%"

Hasta el día de hoy y desde hace dos años, los gastos en medicamentos recetados en la Seguridad Social los pagaba ella, pero hoy me exige el pago a medias de los últimos medicamentos comprados con recetas médicas. ¿Tiene razón? Yo es que creo que no por lo que pone en el convenio. Espero vuestra opinión, gracias y un saludo.
29/04/2009 16:33
HOmbre, si se quiere agarrar a que paga el 40%, si tiene parte de razón, porque las recetas cubren parte, no todo el gasto. Ahora que, mi opinión personal es que es bastante cutre...dependiendo del importe, claro, no es lo mismo 3 euros que 50...
29/04/2009 17:26
Parece bastante claro: asistencia sanitaria no cubiertas por la sanidad pública. Los medicamentos con receta si que están cubiertos.
Un saludo.
29/04/2009 20:48
Juan, en qué provincia está?
29/04/2009 20:54
Pues yo tambien lo tengo especificado tal cual en el convenio. Hasta ahora lo pagaba yo , hasta....sorpresa!!! Que tuvo que comprar una medicacion y me envio la factura. medicamento cubierto por las SS (en un 40%) pero que lo compro sin receta medica....
A partir de ahora yo tb lo reclamare.
En el sentido estricto la SS solo cubre el 40% el resto hay que pagarlo, luego sera al 50% la parte no cubierta por la ss.
29/04/2009 21:14
En Asturias Nuria.
29/04/2009 21:21
Sin ser más que mi opinión, me parece que tratar así los medicamentos supone una exageración. Yo creo que lo de "asistencia sanitaria no cubierta por la sanidad pública" se refiere a tratamientos tales como ortodoncias y similares, no un calmante o un anticatarral.
29/04/2009 21:22
Eso me parecía. Alegue que están cubiertos por la pensión de alimentos (142 C.C.), pues la pensión de alimentos cubre la asistencia médica y que por ello, jamás habían sido antes reclamados (actos propios). Los gastos médicos extraordinarios no cubiertos, se refiere más bien a gafas, ortodoncia, cirugías no cubiertas por S.S., tratamientos médicos no cubiertos por la S.S., ortopedia, etc.
Si está en la capital hay 2 juzgados de familia, por tanto, tiene quizás el 50% de probabilidad de que acepten el argumento, sobre todo, si son cantidades irrisorias.
Un saludo.
30/04/2009 15:47
Así lo entiendo yo también según el artículo 142 Nuria, muchas gracias.

“ Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.
Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aún después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable. Entre los alimentos se incluirán los gastos de embarazo y parto, en cuanto no estén cubiertos de otro modo. “
30/04/2009 16:35
Existen tto medicos muy caros que o bien no son cubiertos por la ss o bien solo lo son parcialmente.
Evidentemente todo depende de la interpretacion que el magistrado de, pero no se puede hablar en terminos absolutos, en ninguna de las dos opciones.
Pero , aun asi lo suele poner muy claro en los convenios" gastos sanitarios no cubiertos por las ss". Y en ese concepto se pueden incluir los medicamentos que no estan cubiertos o solo cubiertos parcialmente. Los gastos de embarazo y parto? Me parece que eso esta fuera de mencion , porque excepto los partos en domicilio o naturales con parto en piscinas de agua que solo estan cubiertos en algunos paises europeos, el resto es asistencia sanitaria en nuestra seguridad social...
Si una menor tiene un hijo recibiendo pension de alimentos, pues la verdad, seria un tema a debate, porque sonde comen dos no comen tres y menos un bebe recien nacido con los gastos que implica. Por otra parte es el nieto de ambos progenitores no? O es que el divorcio excluye este parentesco.? De verdad, que a veces para rizar el rizo se sacan de contexto absolutamente, sera suficiente aplicar el sentido comun, que si bien es cierto nunca es el mas comun de los sentidos.
Saludos
30/04/2009 17:10
Ahora, que si algunos son capaces de rebajar las pensiones por la deflación, que no se sorprendan con las reclamaciones por 10 euros que se van a encontrar de contrario a cuenta de las medicinas que no entran por la seguridad social, ojo por ojo, diente por diente, euro por euro.

Siempre que se cierra una puerta, se abre otra....y como siempre, los juzgados se llenan por estas minucias, tanto las unas como las otras, lo que digan SSras será lo que valga!!
30/04/2009 17:47
Esa es su reclamación, 10 eurillos, y la verdad, venir con estas ahora después de tres años (en el primer mensaje puse dos pero es que pierdo la noción del tiempo, jaja) cuando nunca había reclamado nada... Pero dice que es algo que yo estaba incumpliendo y que a partir de ahora me lo reclamará. Yo ni he bajado la pensión ni nada por la deflación, siempre le subo el IPC acordado (a pesar que a mí en la empresa este año no me lo subieron). Bueno, me dice que me ha enviado un burofax, que si el juzgado y que si bla bla bla. veremos a ver. Yo sigo en mis trece. Ah, cuando están conmigo mis hijos y les compro yo medicamentos tampoco nunca le he pedido nada, le pregunto que si me paga a mi eso entonces y...claro, callada por respuesta.
La verdad es que es un continuo pedir y pedir, pero de momento no ha conseguido nada, y como me ve en el juzgado entonces iré a por todas y pediré la custodia compartida que es lo que yo más quiero y ella me niega.
Un saludo y gracias.
30/04/2009 18:44
Que si, Juan68, k tiene razón, no sepuede entrar a estas cosillas de 10 euros. Si fuesen enfermedades crónicas, con medicamentos de atas tarifas, sería diferente, pero son eurillos caroñeros, lo mismo que bajar 0,7 las pensiones, tanta crisis, tanta ratería, el hambre agudiza el ingenio.

30/04/2009 22:45
Lo más gracioso es que por esos 10 euros ahora, se va a gastar 20 en un burofax con esta reclamación. En fin...
Asunto cerrado, gracias a tod@s.
Medicamentos | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Medicamentos

13 Comentarios
 
Medicamentos
29/04/2009 16:31
Hola a tod@s, una consulta. Primero pongo lo que dice mi convenio:
"Los gastos extraordinarios tales como asistencia sanitaria no cubiertas por la sanidad pública, viajes de estudios, estudios universitarios, etc., que pudieran derivarse del cuidado y educación de los hijos, serán sufragados por ambos progenitores al 50%"

Hasta el día de hoy y desde hace dos años, los gastos en medicamentos recetados en la Seguridad Social los pagaba ella, pero hoy me exige el pago a medias de los últimos medicamentos comprados con recetas médicas. ¿Tiene razón? Yo es que creo que no por lo que pone en el convenio. Espero vuestra opinión, gracias y un saludo.
29/04/2009 16:33
HOmbre, si se quiere agarrar a que paga el 40%, si tiene parte de razón, porque las recetas cubren parte, no todo el gasto. Ahora que, mi opinión personal es que es bastante cutre...dependiendo del importe, claro, no es lo mismo 3 euros que 50...
29/04/2009 17:26
Parece bastante claro: asistencia sanitaria no cubiertas por la sanidad pública. Los medicamentos con receta si que están cubiertos.
Un saludo.
29/04/2009 20:48
Juan, en qué provincia está?
29/04/2009 20:54
Pues yo tambien lo tengo especificado tal cual en el convenio. Hasta ahora lo pagaba yo , hasta....sorpresa!!! Que tuvo que comprar una medicacion y me envio la factura. medicamento cubierto por las SS (en un 40%) pero que lo compro sin receta medica....
A partir de ahora yo tb lo reclamare.
En el sentido estricto la SS solo cubre el 40% el resto hay que pagarlo, luego sera al 50% la parte no cubierta por la ss.
29/04/2009 21:14
En Asturias Nuria.
29/04/2009 21:21
Sin ser más que mi opinión, me parece que tratar así los medicamentos supone una exageración. Yo creo que lo de "asistencia sanitaria no cubierta por la sanidad pública" se refiere a tratamientos tales como ortodoncias y similares, no un calmante o un anticatarral.
29/04/2009 21:22
Eso me parecía. Alegue que están cubiertos por la pensión de alimentos (142 C.C.), pues la pensión de alimentos cubre la asistencia médica y que por ello, jamás habían sido antes reclamados (actos propios). Los gastos médicos extraordinarios no cubiertos, se refiere más bien a gafas, ortodoncia, cirugías no cubiertas por S.S., tratamientos médicos no cubiertos por la S.S., ortopedia, etc.
Si está en la capital hay 2 juzgados de familia, por tanto, tiene quizás el 50% de probabilidad de que acepten el argumento, sobre todo, si son cantidades irrisorias.
Un saludo.
30/04/2009 15:47
Así lo entiendo yo también según el artículo 142 Nuria, muchas gracias.

“ Se entiende por alimentos todo lo que es indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia médica.
Los alimentos comprenden también la educación e instrucción del alimentista mientras sea menor de edad y aún después cuando no haya terminado su formación por causa que no le sea imputable. Entre los alimentos se incluirán los gastos de embarazo y parto, en cuanto no estén cubiertos de otro modo. “
30/04/2009 16:35
Existen tto medicos muy caros que o bien no son cubiertos por la ss o bien solo lo son parcialmente.
Evidentemente todo depende de la interpretacion que el magistrado de, pero no se puede hablar en terminos absolutos, en ninguna de las dos opciones.
Pero , aun asi lo suele poner muy claro en los convenios" gastos sanitarios no cubiertos por las ss". Y en ese concepto se pueden incluir los medicamentos que no estan cubiertos o solo cubiertos parcialmente. Los gastos de embarazo y parto? Me parece que eso esta fuera de mencion , porque excepto los partos en domicilio o naturales con parto en piscinas de agua que solo estan cubiertos en algunos paises europeos, el resto es asistencia sanitaria en nuestra seguridad social...
Si una menor tiene un hijo recibiendo pension de alimentos, pues la verdad, seria un tema a debate, porque sonde comen dos no comen tres y menos un bebe recien nacido con los gastos que implica. Por otra parte es el nieto de ambos progenitores no? O es que el divorcio excluye este parentesco.? De verdad, que a veces para rizar el rizo se sacan de contexto absolutamente, sera suficiente aplicar el sentido comun, que si bien es cierto nunca es el mas comun de los sentidos.
Saludos
30/04/2009 17:10
Ahora, que si algunos son capaces de rebajar las pensiones por la deflación, que no se sorprendan con las reclamaciones por 10 euros que se van a encontrar de contrario a cuenta de las medicinas que no entran por la seguridad social, ojo por ojo, diente por diente, euro por euro.

Siempre que se cierra una puerta, se abre otra....y como siempre, los juzgados se llenan por estas minucias, tanto las unas como las otras, lo que digan SSras será lo que valga!!
30/04/2009 17:47
Esa es su reclamación, 10 eurillos, y la verdad, venir con estas ahora después de tres años (en el primer mensaje puse dos pero es que pierdo la noción del tiempo, jaja) cuando nunca había reclamado nada... Pero dice que es algo que yo estaba incumpliendo y que a partir de ahora me lo reclamará. Yo ni he bajado la pensión ni nada por la deflación, siempre le subo el IPC acordado (a pesar que a mí en la empresa este año no me lo subieron). Bueno, me dice que me ha enviado un burofax, que si el juzgado y que si bla bla bla. veremos a ver. Yo sigo en mis trece. Ah, cuando están conmigo mis hijos y les compro yo medicamentos tampoco nunca le he pedido nada, le pregunto que si me paga a mi eso entonces y...claro, callada por respuesta.
La verdad es que es un continuo pedir y pedir, pero de momento no ha conseguido nada, y como me ve en el juzgado entonces iré a por todas y pediré la custodia compartida que es lo que yo más quiero y ella me niega.
Un saludo y gracias.
30/04/2009 18:44
Que si, Juan68, k tiene razón, no sepuede entrar a estas cosillas de 10 euros. Si fuesen enfermedades crónicas, con medicamentos de atas tarifas, sería diferente, pero son eurillos caroñeros, lo mismo que bajar 0,7 las pensiones, tanta crisis, tanta ratería, el hambre agudiza el ingenio.

30/04/2009 22:45
Lo más gracioso es que por esos 10 euros ahora, se va a gastar 20 en un burofax con esta reclamación. En fin...
Asunto cerrado, gracias a tod@s.