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medidas provisionales

11 Comentarios
 
Medidas provisionales
20/06/2014 01:36
Mi consulta es la siguiente: Al solicitar medidas provisionales previas a demanda divorcio seria conveniente relatar hechos relevantes que dan lugar a la separación? lo digo porque la otra parte ha solicitado medidas y como ocurrio un ingreso hospitalario en psiquiatría él solicita la custodia para él y pide informe de mi estado mental. Y la cuestión es que debido a la situcion de tensión vivida en los últimos días, donde él me gritó, amenazas en una ocasión con que si me separaba me quitaría las niñas... esto lo debería relatar en provisionalísimas. Yo no he querido declarar aunque hubo un procedimiento en juzgado por parte de lesiones enviado desde centro de salud. no quiero denunciar, solo separarme y estar con mis hijas. apero debería relatar todo esto en la solicitud o me perjudicará. gracias.
20/06/2014 09:31
Creo que no hace falta que digas exactamente a qué se debió tu situación de estrés. Si lo que quieres es justificar el ingreso pero no perjudicar a tu expareja en el sentido de denunciarle por esos hechos, bastaría con que se dijera que tu ingreso se debió a una situación puntual de estrés vivida como consecuencia de los cambios repentinos en tu vida, pero que te dieron el alta y desde entonces no se ha vuelto a repetir ningún episodio como el que se relata. Ayudaría que no se te haya diagnosticado ningún tipo de trastorno. Si fuera así, yo optaría por pedir prueba pericial en el que un médico realizara un informe y luego fuera a declarar a la vista a efectos de dejar claro que el posible trastorno (como te decía, en caso de que se te hubiera diagnosticado) que padeces no te impide la realización de tus actividades cotidianas con normalidad ni te dificulta el ejercicio de la guarda y custodia tal y como venías ejerciéndola.

Quedo a tu disposición para lo que necesites,

AR.Abogada, Alicante
http://goo.gl/T6kHgM
20/06/2014 09:49
Gracias por tu respuesta. Pero dónde y a quién se pide prueba pericial, qué médico?. El diagnóstico fue brote psicótico, creo y se ha consultado con el psiquiatra y dice que el informe no se puede hacer hasta pasados un par de meses y ver evolución.
20/06/2014 09:58
Se pide al juez prueba pericial, y se pide en la contestación a la demanda. O si no quieres esperar a que te designe el juzgado un perito, puedes aportar el informe pericial a la contestación. No obstante, si dices que tendrá que esperar al menos dos meses, entonces lo mejor es anunciar la prueba pericial, comentando esta circunstancia y que se aportará con la antelación suficiente a la vista para no causar indefensión a la otra parte.

De todas maneras, tu abogado sabrá cómo y cuándo aportar la prueba, según la estrategia que quiera llevar.
20/06/2014 10:09
Perdona, anunciar la prueba pericial en la solicitud de medidas??
20/06/2014 10:19
Sí, el art. 337 de la LEC (ley enjuiciamiento civil), dispone que cuando la parte no disponga del informe pericial en el momento en que tiene que interponer la demanda o contestación (pues para estos escritos hay unos plazos concretos), puede anunciar la prueba pericial pero se aporta al procedimiento en cuanto se disponga de ella, y en todo caso antes de la vista. Si la vista se la señalan antes de que transcurra el plazo que le ha dicho su médico para evaluar la evolución, tendrá que hacerlo saber al juez para que retrase la vista. El día de la vista tiene que acudir el perito que le haya hecho el informe porque la parte contraria puede solicitar su comparecencia para que se pronuncie sobre el informe que ha realizado.
20/06/2014 11:25
eNTONCES entiendes que es más ventajoso anunciar que se aportará informe ya que el marido ha solicidado informe del ingreso, o sea, adelantarse y decir que se aportará??
20/06/2014 11:53
Vamos a ver, si el marido ya ha pedido el informe, hay que aportarlo. La ventaja de hacer el informe pericial psicologico o psiquiátrico es para que una persona con conocimientos adecuados pueda afirmar tu aptitud como madre y que el diagnóstico que se te hizo no influye de manera negativa en tus funciones maternales. Si sólo aportas el papelito del ingreso, ahí no se explica qué consecuencias tiene, y el juez no podrá saber si puede tener consecuencias para tus hijos.

El anunciar la prueba pericial es para no perder la oportunidad de poder aportarla, ya que es una prueba documental, y como documento se tiene que aportar con el escrito de demanda o de contestación. Pero la ley permite anunciar y aportar más tarde porque es consciente de que algunos informes tardan más tiempo en elaborarse.
20/06/2014 14:52
Estoy desesperada, con lo que está pasando y a pesar de no haber regulado el marido llama e impone cuando recoge a las niñas y a que hora... no hay manera de parar esto? es un acoso y derribo por parte de él.... qué puedo hacer??
24/06/2014 12:20
tu exmarido tiene derecho a estar con sus hijas, pero la imposición de horarios y días me parece un comportamiento prepotente. Deberíais decidirlo ambos, de común acuerdo. Tú puedes negarte, ya que no hay nada regulado, pero es conveniente que dejes que algún día estén en compañía de su padre.

Ojalá salgan las provisionales pronto y así tengáis un régimen que poder seguir ambos.
25/06/2014 23:07
Una duda, la prueba pericial (informe psicológico) se puede encargar a un psiquiatra privado (lo digo porque el ingreso fue en la seguridad social hospital público).
Gracias, ahí vamos con ánimo.
30/06/2014 10:40
Por supuesto que puede encargarse la pericial a un psiquiatra privado. Para ello tendrá que remitirle toda la documentación que tenga sobre el ingreso y tendrá que acudir a su consulta para que le haga las valoraciones que el médico considere necesarias y oportunas.
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20/06/2014 01:36
Mi consulta es la siguiente: Al solicitar medidas provisionales previas a demanda divorcio seria conveniente relatar hechos relevantes que dan lugar a la separación? lo digo porque la otra parte ha solicitado medidas y como ocurrio un ingreso hospitalario en psiquiatría él solicita la custodia para él y pide informe de mi estado mental. Y la cuestión es que debido a la situcion de tensión vivida en los últimos días, donde él me gritó, amenazas en una ocasión con que si me separaba me quitaría las niñas... esto lo debería relatar en provisionalísimas. Yo no he querido declarar aunque hubo un procedimiento en juzgado por parte de lesiones enviado desde centro de salud. no quiero denunciar, solo separarme y estar con mis hijas. apero debería relatar todo esto en la solicitud o me perjudicará. gracias.
20/06/2014 09:31
Creo que no hace falta que digas exactamente a qué se debió tu situación de estrés. Si lo que quieres es justificar el ingreso pero no perjudicar a tu expareja en el sentido de denunciarle por esos hechos, bastaría con que se dijera que tu ingreso se debió a una situación puntual de estrés vivida como consecuencia de los cambios repentinos en tu vida, pero que te dieron el alta y desde entonces no se ha vuelto a repetir ningún episodio como el que se relata. Ayudaría que no se te haya diagnosticado ningún tipo de trastorno. Si fuera así, yo optaría por pedir prueba pericial en el que un médico realizara un informe y luego fuera a declarar a la vista a efectos de dejar claro que el posible trastorno (como te decía, en caso de que se te hubiera diagnosticado) que padeces no te impide la realización de tus actividades cotidianas con normalidad ni te dificulta el ejercicio de la guarda y custodia tal y como venías ejerciéndola.

Quedo a tu disposición para lo que necesites,

AR.Abogada, Alicante
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20/06/2014 09:49
Gracias por tu respuesta. Pero dónde y a quién se pide prueba pericial, qué médico?. El diagnóstico fue brote psicótico, creo y se ha consultado con el psiquiatra y dice que el informe no se puede hacer hasta pasados un par de meses y ver evolución.
20/06/2014 09:58
Se pide al juez prueba pericial, y se pide en la contestación a la demanda. O si no quieres esperar a que te designe el juzgado un perito, puedes aportar el informe pericial a la contestación. No obstante, si dices que tendrá que esperar al menos dos meses, entonces lo mejor es anunciar la prueba pericial, comentando esta circunstancia y que se aportará con la antelación suficiente a la vista para no causar indefensión a la otra parte.

De todas maneras, tu abogado sabrá cómo y cuándo aportar la prueba, según la estrategia que quiera llevar.
20/06/2014 10:09
Perdona, anunciar la prueba pericial en la solicitud de medidas??
20/06/2014 10:19
Sí, el art. 337 de la LEC (ley enjuiciamiento civil), dispone que cuando la parte no disponga del informe pericial en el momento en que tiene que interponer la demanda o contestación (pues para estos escritos hay unos plazos concretos), puede anunciar la prueba pericial pero se aporta al procedimiento en cuanto se disponga de ella, y en todo caso antes de la vista. Si la vista se la señalan antes de que transcurra el plazo que le ha dicho su médico para evaluar la evolución, tendrá que hacerlo saber al juez para que retrase la vista. El día de la vista tiene que acudir el perito que le haya hecho el informe porque la parte contraria puede solicitar su comparecencia para que se pronuncie sobre el informe que ha realizado.
20/06/2014 11:25
eNTONCES entiendes que es más ventajoso anunciar que se aportará informe ya que el marido ha solicidado informe del ingreso, o sea, adelantarse y decir que se aportará??
20/06/2014 11:53
Vamos a ver, si el marido ya ha pedido el informe, hay que aportarlo. La ventaja de hacer el informe pericial psicologico o psiquiátrico es para que una persona con conocimientos adecuados pueda afirmar tu aptitud como madre y que el diagnóstico que se te hizo no influye de manera negativa en tus funciones maternales. Si sólo aportas el papelito del ingreso, ahí no se explica qué consecuencias tiene, y el juez no podrá saber si puede tener consecuencias para tus hijos.

El anunciar la prueba pericial es para no perder la oportunidad de poder aportarla, ya que es una prueba documental, y como documento se tiene que aportar con el escrito de demanda o de contestación. Pero la ley permite anunciar y aportar más tarde porque es consciente de que algunos informes tardan más tiempo en elaborarse.
20/06/2014 14:52
Estoy desesperada, con lo que está pasando y a pesar de no haber regulado el marido llama e impone cuando recoge a las niñas y a que hora... no hay manera de parar esto? es un acoso y derribo por parte de él.... qué puedo hacer??
24/06/2014 12:20
tu exmarido tiene derecho a estar con sus hijas, pero la imposición de horarios y días me parece un comportamiento prepotente. Deberíais decidirlo ambos, de común acuerdo. Tú puedes negarte, ya que no hay nada regulado, pero es conveniente que dejes que algún día estén en compañía de su padre.

Ojalá salgan las provisionales pronto y así tengáis un régimen que poder seguir ambos.
25/06/2014 23:07
Una duda, la prueba pericial (informe psicológico) se puede encargar a un psiquiatra privado (lo digo porque el ingreso fue en la seguridad social hospital público).
Gracias, ahí vamos con ánimo.
30/06/2014 10:40
Por supuesto que puede encargarse la pericial a un psiquiatra privado. Para ello tendrá que remitirle toda la documentación que tenga sobre el ingreso y tendrá que acudir a su consulta para que le haga las valoraciones que el médico considere necesarias y oportunas.