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medios economicos requisito visa de turismo

2 Comentarios
 
Medios economicos requisito visa de turismo
20/11/2010 15:24
Bueno he escrito al consulado por ayuda pero no me ha dado respuesta y quisiera sber si me pueden ayudar:

Actualmente me encuentro reuniendo la documentación requerida para tramitar un visado de turismo de corta duracion de la siguiente forma.

Por modelo de carta de invitación de un ciudadano español.

Mi situación económica es dependiente de una tercera persona (mi madre) la cual recibe ingresos por arrendamiento de un bien inmueble, para hacer constar lo dicho reuno los siguientes documentos:

Contrato de arrendamiento del inmueble en mencion
Certificación de la arrendataria
Facturas de pago desde la fecha de incio de dicho contrato
Estracto bancario
Certificado de Libertad y tradición del inmueble
Constancia de dependencia economica (debe realizarse con contador publico??)
Fotocopia Cedula de ciudadanía del titular del contrato de arrendamiento (mi madre)
Registro civil de nacimiento donde ser ratifica el vinculo familiar en primer grado

Mi preguntas son las siguientes:

Requiero de alguna documentacion adicional a la mencionada anteriormente?

Debo presentar apostillados estos documentos o son valederos sin apostilla?


Les agradezco de antemano si pueden resolver esta larga inquietud

Gracias
20/11/2010 17:28
Hola. Los documentos extranjeros que desean hacerse valer ante autoridades españolas, en general, requieren legalización por vía diplomática. Sin embargo, algunas misiones diplomáticas u oficinas consulares, en virtud del conocimiento adquirido de la legislación local y de la identidad de los funcionarios locales, a efectos de tramitar visados, a veces, dispensan de este requisito. Pero, en general, deberían exigir la legalización.

Sería conveniente que, junto con el certificado que usted llama "de libertad y tradición del inmueble", que supongo será el certificado del Registro de la Propiedad acerca del dominio y libertad de gravámenes del inmueble, presente copia del título de dominio (es decir, lo que coloquialmente se llama "la escritura").

Sería conveniente, si tiene tarjetas de crédito, que adjunte copias de ellas y al menos los 6 últimos estados de cuenta, donde se indique el límite de crédito concedido. Los consulados suelen fijarse mucho en que la persona tenga movimiento de sus cuentas, es decir, un flujo constante de dinero, que lo haga ser considerado sujeto de crédito por las entidades financieras locales.

Un cordial saludo y suerte.

03/12/2010 10:40
Para la acreditación de los medios económicos, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/128/2007, sobre medios económicos cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España.-

La cuantía que se fija en 10% del salario mínimo interprofesional por cada día de estancia y por cada persona que visite el país o integre el grupo familiar.

Dicha cuantía varía segun lo haga el SMI que en el año 2010 se ha fijado en 633 euros mensuales.

De manera que el extranjero debe acreditar dispone de 63,30 euros para gastar cada día que permanezca en España, con un mínimo de 570 euros aunque quisiera estar en España menos de una semana.-
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20/11/2010 15:24
Bueno he escrito al consulado por ayuda pero no me ha dado respuesta y quisiera sber si me pueden ayudar:

Actualmente me encuentro reuniendo la documentación requerida para tramitar un visado de turismo de corta duracion de la siguiente forma.

Por modelo de carta de invitación de un ciudadano español.

Mi situación económica es dependiente de una tercera persona (mi madre) la cual recibe ingresos por arrendamiento de un bien inmueble, para hacer constar lo dicho reuno los siguientes documentos:

Contrato de arrendamiento del inmueble en mencion
Certificación de la arrendataria
Facturas de pago desde la fecha de incio de dicho contrato
Estracto bancario
Certificado de Libertad y tradición del inmueble
Constancia de dependencia economica (debe realizarse con contador publico??)
Fotocopia Cedula de ciudadanía del titular del contrato de arrendamiento (mi madre)
Registro civil de nacimiento donde ser ratifica el vinculo familiar en primer grado

Mi preguntas son las siguientes:

Requiero de alguna documentacion adicional a la mencionada anteriormente?

Debo presentar apostillados estos documentos o son valederos sin apostilla?


Les agradezco de antemano si pueden resolver esta larga inquietud

Gracias
20/11/2010 17:28
Hola. Los documentos extranjeros que desean hacerse valer ante autoridades españolas, en general, requieren legalización por vía diplomática. Sin embargo, algunas misiones diplomáticas u oficinas consulares, en virtud del conocimiento adquirido de la legislación local y de la identidad de los funcionarios locales, a efectos de tramitar visados, a veces, dispensan de este requisito. Pero, en general, deberían exigir la legalización.

Sería conveniente que, junto con el certificado que usted llama "de libertad y tradición del inmueble", que supongo será el certificado del Registro de la Propiedad acerca del dominio y libertad de gravámenes del inmueble, presente copia del título de dominio (es decir, lo que coloquialmente se llama "la escritura").

Sería conveniente, si tiene tarjetas de crédito, que adjunte copias de ellas y al menos los 6 últimos estados de cuenta, donde se indique el límite de crédito concedido. Los consulados suelen fijarse mucho en que la persona tenga movimiento de sus cuentas, es decir, un flujo constante de dinero, que lo haga ser considerado sujeto de crédito por las entidades financieras locales.

Un cordial saludo y suerte.

03/12/2010 10:40
Para la acreditación de los medios económicos, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/128/2007, sobre medios económicos cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España.-

La cuantía que se fija en 10% del salario mínimo interprofesional por cada día de estancia y por cada persona que visite el país o integre el grupo familiar.

Dicha cuantía varía segun lo haga el SMI que en el año 2010 se ha fijado en 633 euros mensuales.

De manera que el extranjero debe acreditar dispone de 63,30 euros para gastar cada día que permanezca en España, con un mínimo de 570 euros aunque quisiera estar en España menos de una semana.-