Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

mes de prueba y despido

4 Comentarios
 
21/02/2007 11:59
Helenio,

Siento contradecirte pero no estoy de acuerdo. O mejor dicho no del todo. Al igual que el período de prueba viene estipulado en el E.T. y además puede ser modificado por el Convenio aplicable en cada caso, con los preavisos pasa exactamente lo mismo. Según el E.T. el preaviso solo es necesario en contratos de duración superior a un año. En los contratos con duración inferior a un año no es necesario preaviso alguno para rescindirlo. De todas formas, cada caso es un mundo por lo que esto es tan solo la norma general. Para poder acertar es necesario tener mas datos como por ejemplo el tipo de contrato, la duración inicial de este, el convenio colectivo aplicable, etc....
Otro asunto es que se puede demandar a la empresa independientemente del momento del despido. Es cierto que durante el período de prueba la cosa es mas complicada pero eso no quiere decir que no sea posible.
21/02/2007 10:42
Mucho ojito con lo del mes de prueba. El período máximo de prueba es el que diga en el convenio aplicable para la categoría en la que le han contratado.

Si en el convenio dice que son 15 días, en el contrato puede decir que son 20 años o lo que quieran, porque lo que vale es el convenio.

En ese caso, si le echan sin preaviso fuera del período de prueba puede demandar.
19/02/2007 18:11
Efectivamente, no se necesita preaviso ya que no es un despido. Además, puede ser en cualquier momento del período de prueba, no necesariamente hay que esperar a que finalice el mismo.
19/02/2007 18:04
Becario,

Ten en cuenta que la norma es que el preaviso solo es obligatorio en contratos de duración superior a un año (salvo que el convenio al que esté acogido la empresa diga otra cosa claro está). Esto quiere decir que si esos x meses nunca superan el año, no hay obligación de preavisar en ningún momento del contrato. Ahora bien, independientemente de lo que te acabo de contar, durante el período de prueba no cabe preaviso. Tanto el trabajador como el empresario puede denunciar el contrato sin necesidad de preaviso. Es mas, no hay siquiera obligación de especificar el motivo concreto. Es suficiente con exponer que el trabajador no ha pasado el período de prueba.
Mes de prueba y despido
19/02/2007 17:58
A una persona le hacen un contrato de x meses, con un mes de prueba. Supongamos que ya se intuye que la persona no va a superar el mes de prueba y por lo tanto, cuando éste finalice, la despedirán. Rige aquí igualmente lo de avisarle con 15 días de antelación, o se le despide el mismo día que cumple el mes y en estos casos no se aplica lo del preaviso?
mes de prueba y despido | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

mes de prueba y despido

4 Comentarios
 
21/02/2007 11:59
Helenio,

Siento contradecirte pero no estoy de acuerdo. O mejor dicho no del todo. Al igual que el período de prueba viene estipulado en el E.T. y además puede ser modificado por el Convenio aplicable en cada caso, con los preavisos pasa exactamente lo mismo. Según el E.T. el preaviso solo es necesario en contratos de duración superior a un año. En los contratos con duración inferior a un año no es necesario preaviso alguno para rescindirlo. De todas formas, cada caso es un mundo por lo que esto es tan solo la norma general. Para poder acertar es necesario tener mas datos como por ejemplo el tipo de contrato, la duración inicial de este, el convenio colectivo aplicable, etc....
Otro asunto es que se puede demandar a la empresa independientemente del momento del despido. Es cierto que durante el período de prueba la cosa es mas complicada pero eso no quiere decir que no sea posible.
21/02/2007 10:42
Mucho ojito con lo del mes de prueba. El período máximo de prueba es el que diga en el convenio aplicable para la categoría en la que le han contratado.

Si en el convenio dice que son 15 días, en el contrato puede decir que son 20 años o lo que quieran, porque lo que vale es el convenio.

En ese caso, si le echan sin preaviso fuera del período de prueba puede demandar.
19/02/2007 18:11
Efectivamente, no se necesita preaviso ya que no es un despido. Además, puede ser en cualquier momento del período de prueba, no necesariamente hay que esperar a que finalice el mismo.
19/02/2007 18:04
Becario,

Ten en cuenta que la norma es que el preaviso solo es obligatorio en contratos de duración superior a un año (salvo que el convenio al que esté acogido la empresa diga otra cosa claro está). Esto quiere decir que si esos x meses nunca superan el año, no hay obligación de preavisar en ningún momento del contrato. Ahora bien, independientemente de lo que te acabo de contar, durante el período de prueba no cabe preaviso. Tanto el trabajador como el empresario puede denunciar el contrato sin necesidad de preaviso. Es mas, no hay siquiera obligación de especificar el motivo concreto. Es suficiente con exponer que el trabajador no ha pasado el período de prueba.
Mes de prueba y despido
19/02/2007 17:58
A una persona le hacen un contrato de x meses, con un mes de prueba. Supongamos que ya se intuye que la persona no va a superar el mes de prueba y por lo tanto, cuando éste finalice, la despedirán. Rige aquí igualmente lo de avisarle con 15 días de antelación, o se le despide el mismo día que cumple el mes y en estos casos no se aplica lo del preaviso?