Cuando uno de los progenitores no quiere la compartida, con la ley nacional (Excepto Aragón, Cataluña, Navarra y Comunidad Valenciana) sólo podrá sentenciarla el juez si el fiscal informa que la compartida es la mejor opción para el interés del menor. Normalmente es la madre quien se niega a ella y el padre quien la solicita. Y el fiscal pocas veces la informa, y por tanto el juez no puede sentenciarla. En este caso que es al revés, que la madre la quiere, el padre la quiso pero ahora no, cabe la posibilidad que el fiscal la informe positiva para el interés del menor y el juez la sentencie. El ideal sería que ambos solicitaran la compartida.