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Mi ex pareja se niega a que lleve a mi hijo al colegio.

18 Comentarios
 
24/02/2019 17:37
Mansevilla
Entonces, en lo que respecta al comedor del colegio, si yo quiero que se quede en el comedor todo el mes o al menos mitad de mes (ya que ella no quiere que el niño coma en el comedor) ¿ella podría negarse a dejar al niño en el comedor medio mes?
15/02/2019 18:59
Nany87
Como ya le he comentado, ud cumpla escrupulosamente lo escrito en el convenio regulador.

Si cuando ud tenga que estar con sus hijos su ex mujer, impide, retrasa, o dificulta lo mas mínimo esa convivencia entre sus hijos y ud, de inmediato llame a la policía sin entrar en discusiones con ella, ya que ella tiene todas las de ganar (aunque nos quieran convencer de lo contrario para conseguir más prebendas) y basta con que ella quiera para que resulte detenido de ese encuentro, aún sin motivo alguno.

Ya le advierto que le podrán "pegas" para acudir, diciéndole que está despenalizado y/o que no tienen agentes disponibles etc.

Insista, y en cualquier caso, acuda a comisaría a interponer la correspondiente denuncia.

Está denuncia seguramente también caiga en "saco roto" y debería hacer escrito al juzgado de familia que entienda de su asunto adjuntándola e informando de la actitud de su ex mujer que incumple lo dictado por el juez.

Solo si el juez es serio, tomará cartas en el asunto pues siento decirle, conocer miles de casos donde la custoria/o se ríe largo tiempo sin repercusión alguna.

La pensión de alimentos que ud paga a su ex mujer es para alimentar a sus hijos, a partir de ahí ya es cosa de ella, si les da de comer en su casa, en el colegio o en el restaurante de la esquina.
14/02/2019 18:33
paquito xocolatero
De acuerdo, y ¿cómo sería el procedimiento? ¿Llamo a la policía si se da el caso de que no quiere entregarme al niño y pongo denuncia en comisaría? ¿y acto seguido la policía acudiría a su domicilio a advertirle?

¿y sobre la ejecución de sentencia? la verdad es que nunca me he visto en una situación como ésta y no se como sería el procedimiento.
14/02/2019 18:21
Nany87
Habría un incumplimiento claro y podrías llamar a la policía al menos que quede constancia, y si sigue sin entregarlo puedes presentar demanda de ejecución.
Sobre el comedor escolar, efectivamente son gastos ordinarios cubiertos por la pensión, salvo que el convenio diga otra cosa. La mayoría de los que pones también serían ordinarios (al ser periódicos y predecibles, y formar parte de la educación que es un concepto incluido en alimentos), pero prima siempre el convenio y los acuerdos particulares, claro.
14/02/2019 18:02
Nany87
Bien, ahora mi siguiente cuestión es esta:

el próximo día que me toque visita con mi hijo si que podré cumplir el horario de 17:00 a 20:00 tal y como está escrito en el convenio, si mi ex pareja se niega a que vaya a ver al niño ese día ¿que medidas debo tomar? ¿denunciar ante la policía? ¿ejecución de sentencia? ¿nada?

¿Qué me decís, que pasos debería dar?

Y otra pregunta más, si en el convenio no pone nada ¿el comedor escolar entra dentro de la pensión de alimentos? En el convenio no pone nada, únicamente que los gastos derivados de estudios como matrícula, mensualidad escolar, libros, excursiones, repaso, AMPA, se repartirán entre el padre y la madre a partes iguales pero no menciona nada sobre el comedor escolar.
14/02/2019 13:07
Nany87
Todo esto es independiente de dónde tengan que producirse las recogidas/entregas. Si crees que tiene que ir ella a recogerlos cuando acabe tu visita, pregúntalo en aclaración de sentencia, o lo que veas. Pero ojo, en principio es así (que la obligación se reparta), salvo que haya habido desplazamiento. Es decir, si estás a 44 km. porque te has ido tú, por decisión unilateral (depende del caso, tú sabrás si es así o no) sería bastante cuestionable que esa obligación se reparta. Si es en el mismo barrio o casi, sin duda, pero que por irse uno a otro sitio tenga el otro que hacer esa distancia para entregar/recoger al menor sin haberse ido, de ninguna de las maneras, vamos.
14/02/2019 13:02
Qwerty25
Pues sí, tienes razón, qwerty, había entendido que era dentro de visitas (de ahí lo que decía de que el incumplimiento que haya hecho él no justifica que pueda incumplirlo ella). Pero si es un acuerdo verbal igual que se hace se deshace por otra comunicación verbal, si no está en convenio, y este caso ella no está incumpliendo nada por pedir ceñirse al acuerdo.
La madre puede exigir perfectamente que se cumpla el convenio tal y como está. Si no está en sus visitas llevarlo esos días al colegio, y le corresponde por horarios a ella, y así quiere cumplirlo ella, está en su pleno derecho.
El motivo del incumplimiento es irrelevante. Se opine lo que se opine, que es un berrinche, que tiene todo el derecho, que el incumplimiento por el tema del coche esté justificado o no, o lo que se quiera, que legalmente todo esto es irrelevante y el convenio está para cumplirlo y si ella quiere cumplirlo, pues lo llevará ella al cole y no tú, a lo que no tienes ningún derecho solo porque hayáis acordado hacerlo así determinados días.
13/02/2019 03:21
Nany87
La obligación de recogida y entrega de su hijo no está establecida en su convenio y por tanto debía de haber sido asumida por ambos en igual medida.

Ud ha estado haciendole el trabajo a su ex mujer y regalándole su tiempo y dinero (combustible) y cuando hay una motivo más que justificado (no disponer de medio de transporte por un accidente) se acabaron los acuerdos y mas buenas maneras, porque claro, ir a recoger a su hijo un par de veces en tres años a la madre ya ha supuesto demasiado esfuerzo.

En el plan en el que se ha puesto su ex mujer, le repito que no podrá hacer valer más que lo que está escrito en el convenio y debe olvidarse ya de lo que acordaron entre udes porque ella le ha dejado ya claro que no va a cumplirlo.

Eso si, comuníquele fehacientemente, que la obligación será de recogidas o entregas, esto es, QUE AMBOS, asumirán una u otra otra opción en igual medida.

Por ejemplo las recogidas, ud recogerá al niño en su casa o en el cole y cuando el niño tenga que estar con ella, será ella la que tendrá que desplazarse a recogerlo. Si tanto "trabajo" le ha supuesto recoger a su hijo un par de veces en tres años, verá ud lo que se va a arrepentir de haber incumplido el acuerdo entre ud y haber iniciado esta disputa.
12/02/2019 19:31
Qwerty25
Cito textualmente:


"Se establece que el padre tendrá derecho a un régimen de visitas intersemanal consistente en martes y jueves las semanas que no tenga al niño ese fin de semana, y visitas los lunes y miércoles las semanas que sí tenga al menor consigo el fin de semana. El horario será desde las 17:00 h de la tarde y hasta las 20:00 h."


Dicho esto tampoco tengo yo obligación de ser quien lo deje en casa de su madre puesto que en ningún punto del convenio se me está exigiendo que sea yo el obligado a hacerlo. Por lo tanto desde la lógica y el sentido común siendo que el hijo es suyo igual que mío, las obligaciones deben repartirse al 50%.
12/02/2019 14:57
Nany87
Sigues echando toda la culpa y la responsabilidad a ella cuando eres tú el que no ha podido llevar al niño con la excusa de estar esperando un coche nuevo (¿no hay transporte público ni nadie que te lleve o te deje un coche?); ella te ha hecho el favor de recogerlo dos veces sin tener la obligación y tú erre que erre con que el último domingo no fue.
Normalmente en los convenio se pone la dirección de entrega (en el domicilio materno por ejemplo) y si no pone quién debería hacerse cargo de los desplazamientos, deberías pedir una aclaración del convenio.
12/02/2019 14:50
Qwerty25
Creo que no me has entendido bien tú, yo si que estoy cumpliendo con mi régimen de visitas siempre desde que se firmó, y las semanas en las que yo trabajo de tardes obviamente no puedo ir a ver a mi hijo de 17:00 a 20:00 por eso entre mi ex pareja y yo establecimos de mutuo acuerdo en que esas semanas iría a verlo por las mañanas de 8:30 a 9:00 y así lo hemos hecho siempre sin ningún impedimento.

Repito que la única vez que no llevé al niño a su casa fue éste domingo a las 20:00 porque no tenía vehículo hasta el día siguiente, y la madre en todo momento estaba informada de ello, es más, los otros 2 domingos si fue ella la que vino a recoger al niño a mi casa porque así es como quedamos ella y yo hasta que tuviera mi coche nuevo.


Y puestos a decir, si en mi convenio no pone que yo esté obligado a llevarlo por las mañanas al cole, tampoco pone que sea yo quien lo recoja y lo entregue en el régimen de visitas, por lo que tanto ella como yo podemos ser quien recoja o entregue al niño.
12/02/2019 14:40
paquito xocolatero
La única vez que no dejé al niño cuando tocaba fue éste domingo, el resto de veces siempre he cumplido con el régimen de visitas, y el motivo por el que no lo dejé el domigo fue porque, como he comentado anteriormente, estoy sin coche sábados y domingos hasta que me entreguen el nuevo, y la madre lo sabe ya lo hablamos los dos y quedamos en que o bien vendría ella a recogerlo los domingos a las 20:00 o directamente lo llevaría yo el lunes al colegio.


Ella ha accedido a venir los dos domingos que han habido desde que tuve el accidente hasta ahora, menos éste domingo pasado y el único motivo por el que no ha venido ha sido por comodidad suya, porque no le ha dado la gana venir a por el niño, cuando ese mismo domingo estuvo por la mañana y por la tarde con unos amigos suyos cerca de la zona donde yo vivo, a 15 minutos y perfectamente podía haberse pasado a por el niño, pero como he dicho, no le dió la gana, además decía que ella no tenía porqué venir a por el niño que tenía que ser yo quien lo recoja y lo deje, cuando en el convenio no está escrito que sea yo obligatoriamente el que recoja y deje al niño, por lo tanto si asumimos las obligaciones a partes iguales yo puedo ir a recogerlo y ella venir a por él ¿no? es lo más lógico y racional.


Me comentas que el incumplimiento de un hecho no justifica otro incumplimiento y que yo perfectamente podría ir el martes y jueves a ver al niño y cumplir con mi régimen de visitas sin que ella me lo impida, el tema está en que por convenio mis visitas son de 17:00 a 20:00 pero (mediante acuerdo verbal con ella) las semanas que trabajo de tardes voy a ver al niño de 8:30 a 9:00 porque sino estaría una semana entera sin verlo, y así llevo haciéndolo siempre, dicho esto ¿podría ella impedirme que vaya a verlo por las mañanas esas semanas en las que yo trabajo de tardes?

Mi abogada dice que no hay ninguna resolución judicial que me impida ver al niño y que si en el colegio pueden acreditar que yo lo llevo martes y jueves las semanas que me toca pues que siga haciéndolo como hasta ahora sin que mi ex pareja me lo impida. ¿Es eso cierto? Siempre teniendo en cuenta que mi régimen de visitas es de 17:00 a 20:00 pero que mediante acuerdo verbal con mi ex pareja estoy viendo al niño por las mañanas las semanas que trabajo de tardes.
12/02/2019 14:16
Nany87
Paquito, creo que no has leído bien lo que ha escrito sobre el convenio. Llevar al niño por las mañanas NO está en su convenio, la ex, legalmente, no tiene por qué dejarlo hacer lo que le venga en gana. Es más, si se trata de incumplimientos, es él quien ha cometido varios (no cumplir el régimen de visitas por estar esperando su coche nuevo y encima quejarse de que la ex no vaya a buscar al hijo a 44 kilómetros es de traca).
12/02/2019 10:31
Nany87
Un incumplimiento no justifica otro. Aunque no lo hayas entregado alguna vez cuando te correspondía (podrán emprender las acciones que quieran por ello) no le da permiso a ella para impedirte dejarte verlo cuando te corresponde. Puedes ir con toda la tranquilidad del mundo, que si no te lo entregan el incumplimiento del convenio será entonces de ella, independientemente de otros presuntos incumplimientos anteriores por tu parte.
Sobre el coche, informarte de que puestos a malas no es un motivo para dejar de cumplir el convenio por tu parte (salvo que lo acordéis entre vosotros libremente como personas racionales según las circunstancias), ya que hay otros medios de transporte, coches de alquiler, etc.
Lo del procurador llamando desde la policía no tiene ni pies ni cabeza.
11/02/2019 20:27
Nany87
Un procurador es quien representa a una persona ante un tribunal.

No tiene sentido ninguno que su exmujer llame a su procurador, lo haga salir de su despacho, y lo lleve a la comisaría de policía para que desde allí le haga a usted una llamada para "meterle las cabras en el corral"

Está claro que con esa llamada han tratado de tomarle el pelo y asustarle.

Pero, aunque le llame alguien identificándose como policía, yo no haría caso alguno porque no tengo ni idea de quien es verdaderamente quien me llama.

Le he dicho que no haga caso a la llamada pero también le he dicho que no quiera hacer cumplir el acuerdo verbal, puesto que al no estar escrito su exmujer, mentirá y lo negará y usted tendrá en sus manos al niño (si es que puede tenerlo) durante unas horas que no debería de estar con usted según lo escrito.
11/02/2019 20:09
Mansevilla
El hermano de mi ex pareja tiene amigos policía que trabajan en la comisaría desde la que me han llamado, y teniendo en cuenta lo que voy enlazando y lo que tú me has respondido, Mansevilla, seguramente mi ex pareja le haya dicho a su hermano que algunos de sus amiguetes de esa comisaría me llamen para dar "un toque de atención" porque pensándolo bien en casos así la policía no actúa de esa manera, la policía no llama por teléfono y un procurador desde la comisaría de policía tampoco, en todo caso lo hacen personalmente en mi domicilio o mediante notificación o burofax.
11/02/2019 19:23
Mansevilla
Gracias por responder, la verdad es que así ha sido, todo esto que ha ocurrido ha sido por una pataleta suya, cuando llevo viendo a mi hijo de mañanas las semanas en las que yo trabajo de tarde y jamás ha puesto impedimento alguno.

La llamada del supuesto "procurador" me ha sonado muy rara, como dices tú por haberlo hecho de la manera que lo ha hecho, por teléfono y no personalmente o a través de un burofax o cualquier otro medio. Pero si que es cierto que el número desde el que me ha llamado ese "procurador" era el de la comisaría de policía del pueblo donde vive mi ex mujer.

Entonces ¿me recomiendas que no haga caso a dicha llamada y mañana acuda a las 8:30 a llevar a mi hijo al colegio? Le he enviado un whatsapp a la madre de mi hijo unos minutos después de la llamada diciéndole que mañana iría a llevar al niño al colegio, ella no me ha respondido .....
11/02/2019 18:59
Nany87
La decisión de su exmujer de privar al padre y al niño de estar juntos ese ratito por la mañana, está claro qué es un berrinche por haberle pedido que, por favor recogiese al niño en su casa al no disponer usted de forma de llevarlo.

Aún así, deberá ceñirse a lo escrito, y por tanto, aunque su exmujer no tenga palabra, no puede hacer valer ese acuerdo verbal que en cualquier momento ella podrá negar que existe, aunque sea mintiendo.

A las llamadas el procurador o el abogado de su exmujer no haga ni caso, mándelos a paseo, y si en algún momento alguien le llama diciendo ser policía, le dice tranquilamente que si lo fuera de verdad, entendería que no es manera de contactar con usted y que si quieren comunicarle algo que lo hagan personalmente previa identificación.

Por supuesto no atender ninguna instrucción que le de nadie por teléfono aunque dijera ser el presidente del tribunal de La Haya.
Mi ex pareja se niega a que lleve a mi hijo al colegio.
11/02/2019 16:36
Buenas tardes!! Expongo mi caso, soy padre divorciado de un niño de 4 años, convenio del 2016, custodia para la madre y régimen de visitas consistentes en fines de semana alternos desde el viernes a las 17:00 hasta el domingo a las 20:00, además de visitas intersemanales consistes en lunes y miércoles de 17:00 a 20:00 las semanas que tengo conmigo al niño el fin de semana y martes y jueves las semanas que no tengo al niño el fin de semana. Mi trabajo es a turnos por lo que llegué a un acuerdo verbal con mi ex pareja para que las semanas que trabajo de tardes yo lleve al niño al colegio y esté con él de 8:30 a 9:00 los días que me toca visitas y así lo hemos hecho desde entonces.


Tuve un accidente con el coche el 7 de Enero, el coche ha quedado siniestro y ahora sólo dispongo del de mi madre de lunes a viernes hasta que me den el nuevo que ya lo he pedido a fábrica pero tardarán unos 3 meses en dármelo.



La madre del niño sabe lo que ha ocurrido y yo quedé con ella en que viniese a recoger al nene los domingos a las 20:00 cuando le tocara estar los fines de semana conmigo, xq como he comentado, sólo dispongo de coche de lunes a viernes. Cabe decir que mi hijo y yo vivimos en pueblos distintos a 44 kilómetros el uno del otro.



La madre ha venido a por el nene los 2 domingos que han habido hasta ahora, menos el de ayer que me dijo que no iba a venir y que el nene tenía que estar a las 20:00 en su casa, porque según ella las dos veces que ha venido a Valencia a por el nene nos ha visto con el coche mi madre (es mentira porque ese coche sólo lo utilizo de lunes a viernes, y según ella nos ha hecho fotos dentro de ese coche). Yo le dije que ella sabe perfectamente que no tengo coche y que si no quería venir a por el nene el domingo que ya lo llevaría yo el lunes (hoy) al cole, a lo que ella respondió "tu sabras lo que haces"


Ayer sobre las 21:00 de la noche me llamó ella gritándome y preguntando que porqué no había dejado al niño en su casa a las 20:00, le dije que ya lo habíamos hablado el día anterior y que sabía que yo no tenía coche y que no había ningún problema en que ella viniese a por el nene a las 20:00 pero que yo no lo podía llevar hasta el lunes que si iba a tener el coche y que si ella quería lo podía llevar yo al colegio.


Al final el nene durmió conmigo y esta mañana lo ha dejado en casa de su madre para que lo llevase ella al colegio. Cuando he dejado al nene en casa de su madre, ésta me ha enviado un whatsapp diciéndome que mañana no me molestase en ir a llevar al niño al colegio (ésta semana me toca régimen de visitas martes y jueves), a lo que yo le he respondido que iba a ir como los demás días llevo haciendo hasta ahora. Hace un momento he recibido una llamada de la comisaría de policía, la persona que ha llamado se ha presentado como procurador (no sé si será cierto ...) y me ha dicho que ayer no entregué al niño a las 20:00 a su madre, y que ésta semana no fuera ni martes ni jueves por la mañana a llevar al niño al colegio (ésta semana trabajo de tardes y en esas semanas yo voy martes y jueves de 8:30 a 9:00 a llevar al nene al cole, como siempre he hecho desde que se llegó al acuerdo verbal entre mi ex pareja y yo).


Ante ésta situación ¿que puedo hacer? no quiero hacerme 44 kilómetros mañana y que me prohiba su madre verlo y llevarlo al colegio y mucho menos que llame a la policía y se monte un jaleo con el niño delante. Creo que tengo derecho de ver a mi hijo los días que me corresponden.

Le he comentado la situación a mi abogada pero está con juicios y reuniones y hasta esta tarde o mañana no me iba a poder decir nada.
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Mi ex pareja se niega a que lleve a mi hijo al colegio.

18 Comentarios
 
24/02/2019 17:37
Mansevilla
Entonces, en lo que respecta al comedor del colegio, si yo quiero que se quede en el comedor todo el mes o al menos mitad de mes (ya que ella no quiere que el niño coma en el comedor) ¿ella podría negarse a dejar al niño en el comedor medio mes?
15/02/2019 18:59
Nany87
Como ya le he comentado, ud cumpla escrupulosamente lo escrito en el convenio regulador.

Si cuando ud tenga que estar con sus hijos su ex mujer, impide, retrasa, o dificulta lo mas mínimo esa convivencia entre sus hijos y ud, de inmediato llame a la policía sin entrar en discusiones con ella, ya que ella tiene todas las de ganar (aunque nos quieran convencer de lo contrario para conseguir más prebendas) y basta con que ella quiera para que resulte detenido de ese encuentro, aún sin motivo alguno.

Ya le advierto que le podrán "pegas" para acudir, diciéndole que está despenalizado y/o que no tienen agentes disponibles etc.

Insista, y en cualquier caso, acuda a comisaría a interponer la correspondiente denuncia.

Está denuncia seguramente también caiga en "saco roto" y debería hacer escrito al juzgado de familia que entienda de su asunto adjuntándola e informando de la actitud de su ex mujer que incumple lo dictado por el juez.

Solo si el juez es serio, tomará cartas en el asunto pues siento decirle, conocer miles de casos donde la custoria/o se ríe largo tiempo sin repercusión alguna.

La pensión de alimentos que ud paga a su ex mujer es para alimentar a sus hijos, a partir de ahí ya es cosa de ella, si les da de comer en su casa, en el colegio o en el restaurante de la esquina.
14/02/2019 18:33
paquito xocolatero
De acuerdo, y ¿cómo sería el procedimiento? ¿Llamo a la policía si se da el caso de que no quiere entregarme al niño y pongo denuncia en comisaría? ¿y acto seguido la policía acudiría a su domicilio a advertirle?

¿y sobre la ejecución de sentencia? la verdad es que nunca me he visto en una situación como ésta y no se como sería el procedimiento.
14/02/2019 18:21
Nany87
Habría un incumplimiento claro y podrías llamar a la policía al menos que quede constancia, y si sigue sin entregarlo puedes presentar demanda de ejecución.
Sobre el comedor escolar, efectivamente son gastos ordinarios cubiertos por la pensión, salvo que el convenio diga otra cosa. La mayoría de los que pones también serían ordinarios (al ser periódicos y predecibles, y formar parte de la educación que es un concepto incluido en alimentos), pero prima siempre el convenio y los acuerdos particulares, claro.
14/02/2019 18:02
Nany87
Bien, ahora mi siguiente cuestión es esta:

el próximo día que me toque visita con mi hijo si que podré cumplir el horario de 17:00 a 20:00 tal y como está escrito en el convenio, si mi ex pareja se niega a que vaya a ver al niño ese día ¿que medidas debo tomar? ¿denunciar ante la policía? ¿ejecución de sentencia? ¿nada?

¿Qué me decís, que pasos debería dar?

Y otra pregunta más, si en el convenio no pone nada ¿el comedor escolar entra dentro de la pensión de alimentos? En el convenio no pone nada, únicamente que los gastos derivados de estudios como matrícula, mensualidad escolar, libros, excursiones, repaso, AMPA, se repartirán entre el padre y la madre a partes iguales pero no menciona nada sobre el comedor escolar.
14/02/2019 13:07
Nany87
Todo esto es independiente de dónde tengan que producirse las recogidas/entregas. Si crees que tiene que ir ella a recogerlos cuando acabe tu visita, pregúntalo en aclaración de sentencia, o lo que veas. Pero ojo, en principio es así (que la obligación se reparta), salvo que haya habido desplazamiento. Es decir, si estás a 44 km. porque te has ido tú, por decisión unilateral (depende del caso, tú sabrás si es así o no) sería bastante cuestionable que esa obligación se reparta. Si es en el mismo barrio o casi, sin duda, pero que por irse uno a otro sitio tenga el otro que hacer esa distancia para entregar/recoger al menor sin haberse ido, de ninguna de las maneras, vamos.
14/02/2019 13:02
Qwerty25
Pues sí, tienes razón, qwerty, había entendido que era dentro de visitas (de ahí lo que decía de que el incumplimiento que haya hecho él no justifica que pueda incumplirlo ella). Pero si es un acuerdo verbal igual que se hace se deshace por otra comunicación verbal, si no está en convenio, y este caso ella no está incumpliendo nada por pedir ceñirse al acuerdo.
La madre puede exigir perfectamente que se cumpla el convenio tal y como está. Si no está en sus visitas llevarlo esos días al colegio, y le corresponde por horarios a ella, y así quiere cumplirlo ella, está en su pleno derecho.
El motivo del incumplimiento es irrelevante. Se opine lo que se opine, que es un berrinche, que tiene todo el derecho, que el incumplimiento por el tema del coche esté justificado o no, o lo que se quiera, que legalmente todo esto es irrelevante y el convenio está para cumplirlo y si ella quiere cumplirlo, pues lo llevará ella al cole y no tú, a lo que no tienes ningún derecho solo porque hayáis acordado hacerlo así determinados días.
13/02/2019 03:21
Nany87
La obligación de recogida y entrega de su hijo no está establecida en su convenio y por tanto debía de haber sido asumida por ambos en igual medida.

Ud ha estado haciendole el trabajo a su ex mujer y regalándole su tiempo y dinero (combustible) y cuando hay una motivo más que justificado (no disponer de medio de transporte por un accidente) se acabaron los acuerdos y mas buenas maneras, porque claro, ir a recoger a su hijo un par de veces en tres años a la madre ya ha supuesto demasiado esfuerzo.

En el plan en el que se ha puesto su ex mujer, le repito que no podrá hacer valer más que lo que está escrito en el convenio y debe olvidarse ya de lo que acordaron entre udes porque ella le ha dejado ya claro que no va a cumplirlo.

Eso si, comuníquele fehacientemente, que la obligación será de recogidas o entregas, esto es, QUE AMBOS, asumirán una u otra otra opción en igual medida.

Por ejemplo las recogidas, ud recogerá al niño en su casa o en el cole y cuando el niño tenga que estar con ella, será ella la que tendrá que desplazarse a recogerlo. Si tanto "trabajo" le ha supuesto recoger a su hijo un par de veces en tres años, verá ud lo que se va a arrepentir de haber incumplido el acuerdo entre ud y haber iniciado esta disputa.
12/02/2019 19:31
Qwerty25
Cito textualmente:


"Se establece que el padre tendrá derecho a un régimen de visitas intersemanal consistente en martes y jueves las semanas que no tenga al niño ese fin de semana, y visitas los lunes y miércoles las semanas que sí tenga al menor consigo el fin de semana. El horario será desde las 17:00 h de la tarde y hasta las 20:00 h."


Dicho esto tampoco tengo yo obligación de ser quien lo deje en casa de su madre puesto que en ningún punto del convenio se me está exigiendo que sea yo el obligado a hacerlo. Por lo tanto desde la lógica y el sentido común siendo que el hijo es suyo igual que mío, las obligaciones deben repartirse al 50%.
12/02/2019 14:57
Nany87
Sigues echando toda la culpa y la responsabilidad a ella cuando eres tú el que no ha podido llevar al niño con la excusa de estar esperando un coche nuevo (¿no hay transporte público ni nadie que te lleve o te deje un coche?); ella te ha hecho el favor de recogerlo dos veces sin tener la obligación y tú erre que erre con que el último domingo no fue.
Normalmente en los convenio se pone la dirección de entrega (en el domicilio materno por ejemplo) y si no pone quién debería hacerse cargo de los desplazamientos, deberías pedir una aclaración del convenio.
12/02/2019 14:50
Qwerty25
Creo que no me has entendido bien tú, yo si que estoy cumpliendo con mi régimen de visitas siempre desde que se firmó, y las semanas en las que yo trabajo de tardes obviamente no puedo ir a ver a mi hijo de 17:00 a 20:00 por eso entre mi ex pareja y yo establecimos de mutuo acuerdo en que esas semanas iría a verlo por las mañanas de 8:30 a 9:00 y así lo hemos hecho siempre sin ningún impedimento.

Repito que la única vez que no llevé al niño a su casa fue éste domingo a las 20:00 porque no tenía vehículo hasta el día siguiente, y la madre en todo momento estaba informada de ello, es más, los otros 2 domingos si fue ella la que vino a recoger al niño a mi casa porque así es como quedamos ella y yo hasta que tuviera mi coche nuevo.


Y puestos a decir, si en mi convenio no pone que yo esté obligado a llevarlo por las mañanas al cole, tampoco pone que sea yo quien lo recoja y lo entregue en el régimen de visitas, por lo que tanto ella como yo podemos ser quien recoja o entregue al niño.
12/02/2019 14:40
paquito xocolatero
La única vez que no dejé al niño cuando tocaba fue éste domingo, el resto de veces siempre he cumplido con el régimen de visitas, y el motivo por el que no lo dejé el domigo fue porque, como he comentado anteriormente, estoy sin coche sábados y domingos hasta que me entreguen el nuevo, y la madre lo sabe ya lo hablamos los dos y quedamos en que o bien vendría ella a recogerlo los domingos a las 20:00 o directamente lo llevaría yo el lunes al colegio.


Ella ha accedido a venir los dos domingos que han habido desde que tuve el accidente hasta ahora, menos éste domingo pasado y el único motivo por el que no ha venido ha sido por comodidad suya, porque no le ha dado la gana venir a por el niño, cuando ese mismo domingo estuvo por la mañana y por la tarde con unos amigos suyos cerca de la zona donde yo vivo, a 15 minutos y perfectamente podía haberse pasado a por el niño, pero como he dicho, no le dió la gana, además decía que ella no tenía porqué venir a por el niño que tenía que ser yo quien lo recoja y lo deje, cuando en el convenio no está escrito que sea yo obligatoriamente el que recoja y deje al niño, por lo tanto si asumimos las obligaciones a partes iguales yo puedo ir a recogerlo y ella venir a por él ¿no? es lo más lógico y racional.


Me comentas que el incumplimiento de un hecho no justifica otro incumplimiento y que yo perfectamente podría ir el martes y jueves a ver al niño y cumplir con mi régimen de visitas sin que ella me lo impida, el tema está en que por convenio mis visitas son de 17:00 a 20:00 pero (mediante acuerdo verbal con ella) las semanas que trabajo de tardes voy a ver al niño de 8:30 a 9:00 porque sino estaría una semana entera sin verlo, y así llevo haciéndolo siempre, dicho esto ¿podría ella impedirme que vaya a verlo por las mañanas esas semanas en las que yo trabajo de tardes?

Mi abogada dice que no hay ninguna resolución judicial que me impida ver al niño y que si en el colegio pueden acreditar que yo lo llevo martes y jueves las semanas que me toca pues que siga haciéndolo como hasta ahora sin que mi ex pareja me lo impida. ¿Es eso cierto? Siempre teniendo en cuenta que mi régimen de visitas es de 17:00 a 20:00 pero que mediante acuerdo verbal con mi ex pareja estoy viendo al niño por las mañanas las semanas que trabajo de tardes.
12/02/2019 14:16
Nany87
Paquito, creo que no has leído bien lo que ha escrito sobre el convenio. Llevar al niño por las mañanas NO está en su convenio, la ex, legalmente, no tiene por qué dejarlo hacer lo que le venga en gana. Es más, si se trata de incumplimientos, es él quien ha cometido varios (no cumplir el régimen de visitas por estar esperando su coche nuevo y encima quejarse de que la ex no vaya a buscar al hijo a 44 kilómetros es de traca).
12/02/2019 10:31
Nany87
Un incumplimiento no justifica otro. Aunque no lo hayas entregado alguna vez cuando te correspondía (podrán emprender las acciones que quieran por ello) no le da permiso a ella para impedirte dejarte verlo cuando te corresponde. Puedes ir con toda la tranquilidad del mundo, que si no te lo entregan el incumplimiento del convenio será entonces de ella, independientemente de otros presuntos incumplimientos anteriores por tu parte.
Sobre el coche, informarte de que puestos a malas no es un motivo para dejar de cumplir el convenio por tu parte (salvo que lo acordéis entre vosotros libremente como personas racionales según las circunstancias), ya que hay otros medios de transporte, coches de alquiler, etc.
Lo del procurador llamando desde la policía no tiene ni pies ni cabeza.
11/02/2019 20:27
Nany87
Un procurador es quien representa a una persona ante un tribunal.

No tiene sentido ninguno que su exmujer llame a su procurador, lo haga salir de su despacho, y lo lleve a la comisaría de policía para que desde allí le haga a usted una llamada para "meterle las cabras en el corral"

Está claro que con esa llamada han tratado de tomarle el pelo y asustarle.

Pero, aunque le llame alguien identificándose como policía, yo no haría caso alguno porque no tengo ni idea de quien es verdaderamente quien me llama.

Le he dicho que no haga caso a la llamada pero también le he dicho que no quiera hacer cumplir el acuerdo verbal, puesto que al no estar escrito su exmujer, mentirá y lo negará y usted tendrá en sus manos al niño (si es que puede tenerlo) durante unas horas que no debería de estar con usted según lo escrito.
11/02/2019 20:09
Mansevilla
El hermano de mi ex pareja tiene amigos policía que trabajan en la comisaría desde la que me han llamado, y teniendo en cuenta lo que voy enlazando y lo que tú me has respondido, Mansevilla, seguramente mi ex pareja le haya dicho a su hermano que algunos de sus amiguetes de esa comisaría me llamen para dar "un toque de atención" porque pensándolo bien en casos así la policía no actúa de esa manera, la policía no llama por teléfono y un procurador desde la comisaría de policía tampoco, en todo caso lo hacen personalmente en mi domicilio o mediante notificación o burofax.
11/02/2019 19:23
Mansevilla
Gracias por responder, la verdad es que así ha sido, todo esto que ha ocurrido ha sido por una pataleta suya, cuando llevo viendo a mi hijo de mañanas las semanas en las que yo trabajo de tarde y jamás ha puesto impedimento alguno.

La llamada del supuesto "procurador" me ha sonado muy rara, como dices tú por haberlo hecho de la manera que lo ha hecho, por teléfono y no personalmente o a través de un burofax o cualquier otro medio. Pero si que es cierto que el número desde el que me ha llamado ese "procurador" era el de la comisaría de policía del pueblo donde vive mi ex mujer.

Entonces ¿me recomiendas que no haga caso a dicha llamada y mañana acuda a las 8:30 a llevar a mi hijo al colegio? Le he enviado un whatsapp a la madre de mi hijo unos minutos después de la llamada diciéndole que mañana iría a llevar al niño al colegio, ella no me ha respondido .....
11/02/2019 18:59
Nany87
La decisión de su exmujer de privar al padre y al niño de estar juntos ese ratito por la mañana, está claro qué es un berrinche por haberle pedido que, por favor recogiese al niño en su casa al no disponer usted de forma de llevarlo.

Aún así, deberá ceñirse a lo escrito, y por tanto, aunque su exmujer no tenga palabra, no puede hacer valer ese acuerdo verbal que en cualquier momento ella podrá negar que existe, aunque sea mintiendo.

A las llamadas el procurador o el abogado de su exmujer no haga ni caso, mándelos a paseo, y si en algún momento alguien le llama diciendo ser policía, le dice tranquilamente que si lo fuera de verdad, entendería que no es manera de contactar con usted y que si quieren comunicarle algo que lo hagan personalmente previa identificación.

Por supuesto no atender ninguna instrucción que le de nadie por teléfono aunque dijera ser el presidente del tribunal de La Haya.
Mi ex pareja se niega a que lleve a mi hijo al colegio.
11/02/2019 16:36
Buenas tardes!! Expongo mi caso, soy padre divorciado de un niño de 4 años, convenio del 2016, custodia para la madre y régimen de visitas consistentes en fines de semana alternos desde el viernes a las 17:00 hasta el domingo a las 20:00, además de visitas intersemanales consistes en lunes y miércoles de 17:00 a 20:00 las semanas que tengo conmigo al niño el fin de semana y martes y jueves las semanas que no tengo al niño el fin de semana. Mi trabajo es a turnos por lo que llegué a un acuerdo verbal con mi ex pareja para que las semanas que trabajo de tardes yo lleve al niño al colegio y esté con él de 8:30 a 9:00 los días que me toca visitas y así lo hemos hecho desde entonces.


Tuve un accidente con el coche el 7 de Enero, el coche ha quedado siniestro y ahora sólo dispongo del de mi madre de lunes a viernes hasta que me den el nuevo que ya lo he pedido a fábrica pero tardarán unos 3 meses en dármelo.



La madre del niño sabe lo que ha ocurrido y yo quedé con ella en que viniese a recoger al nene los domingos a las 20:00 cuando le tocara estar los fines de semana conmigo, xq como he comentado, sólo dispongo de coche de lunes a viernes. Cabe decir que mi hijo y yo vivimos en pueblos distintos a 44 kilómetros el uno del otro.



La madre ha venido a por el nene los 2 domingos que han habido hasta ahora, menos el de ayer que me dijo que no iba a venir y que el nene tenía que estar a las 20:00 en su casa, porque según ella las dos veces que ha venido a Valencia a por el nene nos ha visto con el coche mi madre (es mentira porque ese coche sólo lo utilizo de lunes a viernes, y según ella nos ha hecho fotos dentro de ese coche). Yo le dije que ella sabe perfectamente que no tengo coche y que si no quería venir a por el nene el domingo que ya lo llevaría yo el lunes (hoy) al cole, a lo que ella respondió "tu sabras lo que haces"


Ayer sobre las 21:00 de la noche me llamó ella gritándome y preguntando que porqué no había dejado al niño en su casa a las 20:00, le dije que ya lo habíamos hablado el día anterior y que sabía que yo no tenía coche y que no había ningún problema en que ella viniese a por el nene a las 20:00 pero que yo no lo podía llevar hasta el lunes que si iba a tener el coche y que si ella quería lo podía llevar yo al colegio.


Al final el nene durmió conmigo y esta mañana lo ha dejado en casa de su madre para que lo llevase ella al colegio. Cuando he dejado al nene en casa de su madre, ésta me ha enviado un whatsapp diciéndome que mañana no me molestase en ir a llevar al niño al colegio (ésta semana me toca régimen de visitas martes y jueves), a lo que yo le he respondido que iba a ir como los demás días llevo haciendo hasta ahora. Hace un momento he recibido una llamada de la comisaría de policía, la persona que ha llamado se ha presentado como procurador (no sé si será cierto ...) y me ha dicho que ayer no entregué al niño a las 20:00 a su madre, y que ésta semana no fuera ni martes ni jueves por la mañana a llevar al niño al colegio (ésta semana trabajo de tardes y en esas semanas yo voy martes y jueves de 8:30 a 9:00 a llevar al nene al cole, como siempre he hecho desde que se llegó al acuerdo verbal entre mi ex pareja y yo).


Ante ésta situación ¿que puedo hacer? no quiero hacerme 44 kilómetros mañana y que me prohiba su madre verlo y llevarlo al colegio y mucho menos que llame a la policía y se monte un jaleo con el niño delante. Creo que tengo derecho de ver a mi hijo los días que me corresponden.

Le he comentado la situación a mi abogada pero está con juicios y reuniones y hasta esta tarde o mañana no me iba a poder decir nada.