Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

mi inquilino se va debiendome 5 meses y me dice que firma un reconbocimiento de deuda

4 Comentarios
 
15/02/2007 12:52
La respuesta ofrecida por BRANCO es adecuada. En mi opinión, si se firma un reconocimento de deuda, debe ser notarial.

La deuda existe se firme el reconocimento o no, pero puede cambiar el proceso. Alargandolo en el tiempo.

Al ser la deuda superior a 3000€, podría ser que si se desvincula del arrendamiento, se tramite por el procedimiento ordinario si es en documento privado.

Si hay un documento público, podría haber un proceso ejecutivo directamente.

Salvo mejor opinión.
14/02/2007 17:28
Hola, mi consejo es que en vez de un reconocimiento de deuda te firmen un pagaré. No tiene por qué ser un pagaré bancario, puedes hacerlo tu misma con el ordenador. Si no sabes cómo hacerlo dilo y te lo explico.
No te cuesta nada, que lo firmen los dos inquilinos para tener más garantías de cobro, y tiene una gran ventaja que consiste en que es directamente ejecutivo, no hace falta un proceso declarativo previo.
14/02/2007 11:09
Ante todo decirte que no soy profesional del Derecho pero tal vez mi experiencia vivida y muy similar a la tuya pueda servirte de ayuda o de orientación.
1º.- Cuando se vayan has un contrato de rescisión expresando los motivos (voluntad del arrendatario de abandonar la vivienda libremente) y el acto de entrga de llaves.
En éste has constar la deuda de 5000 euros más la cantidad que consideres por el incumplimiento de contrato (nomalmente un mes más de alquiler).
2º.-En dicho contrato, tras revisar la vivienda, refleja igualmente aquellos daños que observes.
3º.-No estaría de más el concurso de un notario, pero puedes recurrir a dos testigos, que firmaran dicho contrato junto con los arrendatarios ( si quieren firmar auqneu supongo que lo harán puesto que parece ser esán dispuesto a reconocer la deuda.)
4º.-Yo, particularmente, le he dado un plazo de UN MES para que me abone la deuda (figura igualmente en el contrato de rescisión).-
5º.-Cuando pase ese mes, en tu caso ( al ser la deuda superior a 900 euros) podrías instar una reclamación en proceso monitorio (es un sencillo documento que cumplimentas no siendo necesario en principio el concurso de abogado o procurador).
6º.-Si la parte a la que se le reclama la deuda se opone a la misma, y la cantidad que se reclama es superior a 900 euros (como es tu caso), dicha oposición deberá ir firmada por abogado y procurador, siendo a partir de dicho instante necesarios sendos profesionales tanto para reclamante como para reclamado.

Es mi experiencia.
BRANCO
12/02/2007 17:12
Con el dinero q hay en juego lo mas sensato es q acuda directamente a un abogado a asesorarse adecuadamente, pues hay muchos detalles q conviene conocer para poder indicarle q es lo q mas convendría hacer. Saludos¡
Mi inquilino se va debiendome 5 meses y me dice que firma un reconbocimiento de deuda
11/02/2007 23:11
Mis inquilinos(pareja de hecho) el contrato a nombre de los 2, se van el 28 de febrero (a otro piso más barato) dejandome a deber 5 meses de alquiler (me ponian excusas que se habia quedado uno en paro, que el proximo mes...) me dicen que ellos firman un RECONOCIMIENTO DE DEUDA ¿ Qué es eso? Sirve para algo? ¿Hay que ir a un Notario? Creo que no tengo ninguna garantia de seguir cobrando la deuda - 5000€ total. El caso es que todavia no les he denunciado ¿Tendría que hacerlo antes de que abandonen la vivienda? Con el reconocimiento de deuda firmado entre las dos partes a pagar la deuda en unos plazos 5 meses.¿Se puede reclamar judicialmente si inclumplen estos plazos de pago? Qué puedo hacer antes de que se marchen sin pagarme 5 meses? AYUNDENME pues estoy echa un lio. Muchas gracias
mi inquilino se va debiendome 5 meses y me dice que firma un reconbocimiento de deuda | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

mi inquilino se va debiendome 5 meses y me dice que firma un reconbocimiento de deuda

4 Comentarios
 
15/02/2007 12:52
La respuesta ofrecida por BRANCO es adecuada. En mi opinión, si se firma un reconocimento de deuda, debe ser notarial.

La deuda existe se firme el reconocimento o no, pero puede cambiar el proceso. Alargandolo en el tiempo.

Al ser la deuda superior a 3000€, podría ser que si se desvincula del arrendamiento, se tramite por el procedimiento ordinario si es en documento privado.

Si hay un documento público, podría haber un proceso ejecutivo directamente.

Salvo mejor opinión.
14/02/2007 17:28
Hola, mi consejo es que en vez de un reconocimiento de deuda te firmen un pagaré. No tiene por qué ser un pagaré bancario, puedes hacerlo tu misma con el ordenador. Si no sabes cómo hacerlo dilo y te lo explico.
No te cuesta nada, que lo firmen los dos inquilinos para tener más garantías de cobro, y tiene una gran ventaja que consiste en que es directamente ejecutivo, no hace falta un proceso declarativo previo.
14/02/2007 11:09
Ante todo decirte que no soy profesional del Derecho pero tal vez mi experiencia vivida y muy similar a la tuya pueda servirte de ayuda o de orientación.
1º.- Cuando se vayan has un contrato de rescisión expresando los motivos (voluntad del arrendatario de abandonar la vivienda libremente) y el acto de entrga de llaves.
En éste has constar la deuda de 5000 euros más la cantidad que consideres por el incumplimiento de contrato (nomalmente un mes más de alquiler).
2º.-En dicho contrato, tras revisar la vivienda, refleja igualmente aquellos daños que observes.
3º.-No estaría de más el concurso de un notario, pero puedes recurrir a dos testigos, que firmaran dicho contrato junto con los arrendatarios ( si quieren firmar auqneu supongo que lo harán puesto que parece ser esán dispuesto a reconocer la deuda.)
4º.-Yo, particularmente, le he dado un plazo de UN MES para que me abone la deuda (figura igualmente en el contrato de rescisión).-
5º.-Cuando pase ese mes, en tu caso ( al ser la deuda superior a 900 euros) podrías instar una reclamación en proceso monitorio (es un sencillo documento que cumplimentas no siendo necesario en principio el concurso de abogado o procurador).
6º.-Si la parte a la que se le reclama la deuda se opone a la misma, y la cantidad que se reclama es superior a 900 euros (como es tu caso), dicha oposición deberá ir firmada por abogado y procurador, siendo a partir de dicho instante necesarios sendos profesionales tanto para reclamante como para reclamado.

Es mi experiencia.
BRANCO
12/02/2007 17:12
Con el dinero q hay en juego lo mas sensato es q acuda directamente a un abogado a asesorarse adecuadamente, pues hay muchos detalles q conviene conocer para poder indicarle q es lo q mas convendría hacer. Saludos¡
Mi inquilino se va debiendome 5 meses y me dice que firma un reconbocimiento de deuda
11/02/2007 23:11
Mis inquilinos(pareja de hecho) el contrato a nombre de los 2, se van el 28 de febrero (a otro piso más barato) dejandome a deber 5 meses de alquiler (me ponian excusas que se habia quedado uno en paro, que el proximo mes...) me dicen que ellos firman un RECONOCIMIENTO DE DEUDA ¿ Qué es eso? Sirve para algo? ¿Hay que ir a un Notario? Creo que no tengo ninguna garantia de seguir cobrando la deuda - 5000€ total. El caso es que todavia no les he denunciado ¿Tendría que hacerlo antes de que abandonen la vivienda? Con el reconocimiento de deuda firmado entre las dos partes a pagar la deuda en unos plazos 5 meses.¿Se puede reclamar judicialmente si inclumplen estos plazos de pago? Qué puedo hacer antes de que se marchen sin pagarme 5 meses? AYUNDENME pues estoy echa un lio. Muchas gracias