Decir en primer lugar que mi hermano controla sus cuentas y ni tan siquiera le deja ir a la peluqieria,ahora mi madre me dice que le va a donar las tierras y a mi me va a dar el generoso de mi hermano 500€.
¿Habría alguna manera de evitarlo? es ovbio que esta coacionada.
Me veo que el patrimonio de mi madre va a volar.
Si su madre finalmente procede hacer donación de tierras a su hermano, usted solo podrá el dia que ella falte exigir que esa donación forme parte del caudal hereditario que deje su madre, al objeto de que no se vea perjudicados sus derechos hereditarios. Otra cuestion será determinar con que caracter se hizo donación, colacionable o no. Es lo unico que puede hacer, de momento.
Si no está incapacitada puede hacer con su patrimonio lo que quiera, la señora, como si quiere gastárselo todo en el casino (con todos los respetos, ¿eh?, es un ejemplo de hasta lo que podría hacer).
También puede donar lo que quiera a tu hermano hasta el límite legal que son, si sois dos hermanos, 5/6 de su patrimonio, con el consiguiente ajuste que pueda haber en la herencia siempre después de que fallezca, nunca antes, si esas donaciones se traen a colación y según el testamento.
El artículo 636 del Código Civil establece que "ninguno podrá dar ni recibir, por vía de donación, más de lo que pueda dar o recibir por testamento. La donación será inoficiosa en todo lo que exceda de esta medida."
Si sois dos hermanos tu legítima estricta es 1/6 (la mitad de este tercio del que no puede disponer), ese es el mínimo de herencia del que no te puede privar, y por tanto el máximo que puede recibir tu hermano en herencia (y por tanto mediante donación no inoficiosa) son 5/6. Eso es lo máximo que le puede dejar en herencia por su libre voluntad. Si por su voluntad quiere darle 5/6 de su patrimonio a tu hermano, puede hacerlo, es su patrimonio y puede hacer con él lo que quiera. Lo que exceda de esos 5/6 también lo puede donar, pero te lo tendría que devolver tu hermano en la herencia de tu madre, aunque ya habría que ver en ese momento si se ha hecho dispensa de colación, si hay testamento o no, etc.; de momento como poder puede, incluso el 100%.
Hay un límite en cuánto puedes donar a un hijo (a compensar en la herencia, no antes), que es el respeto a la legítima estricta del resto de hijos, pero no en cuánto te puedes gastar. Si quisiera gastárselo todo podría, y si quiere donarlo tiene el límite de las legítimas. Si en vez de mediante donación fuera mediante testamento sería lo mismo que si decide dejar 5/6 a tu hermano y a ti el mínimo: puede perfectamente hacerlo yendo un ratito a la notaría, sin tener que justificar nada.
Si os lleváis bien es cosa de hablarlo con tu madre y decirle lo injusto que es y tal, pero legalmente si lo decide así, no hay nada que decir, es un acto de liberalidad para el que está completamente legitimada.