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Mi novia filipina

11 Comentarios
 
Mi novia filipina
04/05/2020 13:09
Hola, buenos días, desearía un poco de información sobre un tema de seguridad social. Mi novia desea venir a España para vivir conmigo, para lo cual necesito saber qué es necesario para que venga legalmente y tenga derecho a la seguridad social. Mucha gracias.
04/05/2020 20:42
jordistel
puede leer sobre ello en http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/ciudadanosnocomunitarios/hoja012/index.html
04/05/2020 20:55
Legil
La verdad, no me aclaro con tantos artículos, esperaré alguna otra respuesta de alguien, pero muchas gracias.
05/05/2020 02:58
jordistel
Hola :

Si se refiere a que su novia tenga derecho a la asistencia sanitaria pública en España y a solicitar la tarjeta sanitaria individual, es suficiente con que se inscriba en el Padrón Municipal de Habitantes del ayuntamiento de cualquier municipio español y solicita la tarjeta sanitaria individual en el ambulatorio que le corresponda, de acuerdo con su domicilio. Esto es la asistencia sanitaria.

Si lo que usted quiere es que su novia resida legalmente en España, lo más práctico es que formalice con ella una unión de pareja estable y se inscriban en el Registro de parejas estables de su comunidad autónoma. No indica en qué comunidad autónoma usted reside. Es importante saberlo, porque la normativa varía de una a otra comunidad autónoma y con ello los requisitos y documentos exigidos.

Cuando se hayan inscrito como unión de pareja estable registrada y obtengan el correspondiente certificado, ella podrá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, siempre y cuando usted esté trabajando por cuenta ajena o cuenta propia o bien sea estudiante matriculado para cursar estudios en España o si no se halla en ninguno de los casos anteriores, cuente con recursos económicos propios suficientes y seguro médico. La solicitud se ha de presentar ante la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia. Actualmente, se lo puede hacer por Internet, a través de la plataforma MERCURIO o del Registro Electrónico Común (RED SARA), pero es necesario contar con un certificado digital instalado en el ordenado, la aplicación AUTOFIRMA y el programa Java.

Cuando se resuelva favorablemente, tendrá que solicitar cita en la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía que le corresponda, para que le sea expedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Es válida por 5 años y permite residir y trabajar en España. Luego, cuando ya empiece a trabajar, la Tesorería General de la Seguridad Social le asignará un número de afiliación a la Seguridad Social ( lo puede solicitar ella antes de comenzar a trabajar o lo puede solicitar el empleador que la vaya a contratar la primera vez).

Su novia puede ingresar como turista y aquí efectuar los trámites arriba mencionados.

Un cordial saludo.
05/05/2020 06:49
Condedecartagena
Muchísimas gracias, señor, qué bien se ha explicado. ... Ahora mi pregunta es, si todo es posible estando separado no legalmente de mi ex-mujer, es decir, si tengo que divorciarme forzosamente de ella. Muchas gracias de nuevo :) .
05/05/2020 16:44
jordistel
Hola:

1.- No indica en qué comunidad autónoma vive. En la comunidad de Madrid es posible que se inscriban en el Registro de Uniones de Hecho personas casadas y separadas legalmente ( se exige que se aporte la resolución judicial que acordó la separación). En Cataluña, se permite formalizar unión de pareja estable a personas aún casadas, pero separadas ( es suficiente con que exista separación de hecho, que se prueba con el correspondiente certificado de convivencia, que expide el ayuntamiento).

Las demás comunidades autónomas y ciudades autónomas sí requieren que ninguno de los integrantes de la pareja de hecho esté unido mediante vínculo matrimonial con otra persona.

Como se indicó, no existe regulación estatal en materia de parejas de hecho; la regulación de las parejas de hecho han sido efectuada por las comunidades autónomas y ciudades autónomas y varía de una a otra.

2.- En cambio, para darle el derecho de residencia en España a su novia filipina sí tendrá que estar divorciado. El Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, establece que las situaciones de matrimonio y pareja registrada serán incompatibles entre sí, de modo que aunque la normativa autonómica de algunas comunidades autónomas, como las citadas, permita bajo ciertas circunstancias a las personas aún casadas, pero separadas, formalizar unión de hecho con una pareja distinta, en cambio, la normativa estatal exige que, para que la nueva pareja, si es extranjera extracomunitaria, pueda solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, sí es necesario que el ciudadano de la Unión integrante de la pareja, que es quien le da el derecho de residencia al extracomunitario, esté libre de vínculo matrimonial con otra persona.

En conclusión, si le quiere dar el derecho de residencia en España a su pareja extranjera extracomunitaria y actualmente está casado en España, tendrá que primeramente divorciarse de su actual cónyuge.

Un cordial saludo.
09/05/2020 23:30
jordistel
Hola de nuevo, buenas noches ..
Perdón, olvidé decirle que vivo en la provincia de Barcelona
Ahora el tema es el siguiente : Hay algún modo, de que antes de proceder a mi separación o divorcio, pueda vivir mi novia conmigo mientras ? Si fuera posible, tiene su estancia una caducidad ? Mi ex- mujer no quiere divorciarse aún, hasta que la situación actual de pandemia se normalice, y vea ella que la convivencia con su nueva pareja, sea estable (es muy posible que sea así, pero necesita un tiempo). Muchas gracias, señor
11/05/2020 23:21
jordistel
Hola:

Su novia podría venir con una visa de estudios desde su país y así entrar en España legalmente. Si los estudios van a tener una duración superior a los 6 meses, ella tendrá derecho a obtener una tarjeta de identidad de extranjero como estudiante. De ese modo, puede permanecer legalmente en España durante el tiempo de duración de los estudios ( normalmente, lo que dura un curso académico, un año). Hasta tanto, usted puede divorciarse y luego, formalizar unión de pareja estable con su novia mediante escritura pública, de acuerdo con el Código Civil de Cataluña y solicitar al mismo tiempo, a través del notario que autorice el otorgamiento de la escritura, la inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña, a cargo del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya. Cuando ya tenga el certificado de inscripción, podrá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Para solicitar visa de estudios debe haber sido aceptada para cursar estudios en cualquier institución con sede en España; los estudios deben ser presenciales y conducentes a la obtención de un título o certificado.

No le digo que venga como turista, porque en ese caso, solo podrá permanecer legalmente durante 90 días y luego tendría que marcharse y su proceso de divorcio puede tardar un poco más, por eso, con una visa de estudios para cursar estudios que vayan a durar al menos un año, tendrá margen para permanecer legalmente en España hasta tanto usted se divorcia y formaliza unión de pareja estable con ella.

Un cordial saludo.
18/05/2020 16:44
jordistel
Hola:

Si su novia viniera como turista, tendría, en principio, 90 días de estancia. Esos 90 días pueden prorrogarse hasta pos otros 90 días, siempre y cuando, exista un motivo legítimo suficiente para permanecer en España por más tiempo, tenga recursos económicos suficientes para cubrir sus gastos de estancia y seguro médico y tenga billete de regreso cerrado a su país, con fecha anterior a la caducidad de la prórroga solicitada. Se ha de solicitar antes de la fecha de caducidad de los 90 días iniciales y pagar la tasa establecida. La competencia corresponde a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia ( aquí en Barcelona, en Passeig de Sant Joan con Gran de Gràcia, metro Joanic).

Si se quedara más tiempo del autorizado, tendrá los 15 días hábiles inmediatamente siguientes a la caducidad de su estancia autorizada para salir de España ( situación de salida obligatoria), durante los cuales aún no se la considerará propiamente en situación irregular, pero estará advertida de que debe abandonar España. Transcurridos esos 15 días hábiles de salida obligatoria, si no se ha marchado, pasará a hallarse en situación irregular. La sanción prevista para la permanencia en España en situación irregular, en principio, es la multa.

No obstante, el hecho de que la persona permanezca en España en situación irregular no es impedimento ni para contraer matrimonio en España, ni para formalizar unión de pareja estable, aquí en Cataluña, de acuerdo con el Código Civil de Cataluña. Y si se casa o formaliza unión de pareja estable registrada en España con un ciudadano de la Unión, pasará a estar , ex lege, autorizada a permanecer provisionalmente en España, hasta tanto solicite y le sea concedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
18/05/2020 17:59
Condedecartagena
Muchísimas gracias de nuevo, señor, le estoy muy agradecido. Seguramente le pediré más ayuda, porque voy muy perdido
25/05/2020 21:36
jordistel
Hola, señor, aquí estoy de nuevo. He estado pensando que antes de traer a mi novia a Barcelona, debería ir yo a Filipinas, porque ella puede tener más problemas de los que en teoría se pesuponen, según me ha comentado ella y referente a la consecución de su visa para venir a España. Para mi viaje hacia allí una vez desaparezca el Covid, no creo que haya problema, aunque yo nunca he salido de mi país, pero por ejemplo una vez esté allí, no sé como gestionar el dinero que tengo en España. Y en cuanto a la conexión telefónica, no sé si servirá mi número de teléfono móvil allí, no puedo quedar desconectado por cuestión de los papeleos que tenga que tenga que ir gestionando. Entoces, si usted es conocedor de la solución que pueda haber en ambos casos, le agradería me ayudase, porque la verdad, voy muy perdido. Muchas gracias por todo, señor, y lamento molestarle tantas veces.
28/05/2020 16:40
jordistel
Hola :

Según informa la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, en razón del COVID-19, se ha suspendido la vigencia del convenio de supresión de visados entre España y Filipinas y de momento, los españoles que quieran o deban viajar a Filipinas necesitan solicitar previamente un visado. Esta medida es temporal, mientras dure la pandemia del COVID-19.

Con respecto al teléfono : puede comprar un chip local cuando llegue a Filipinas y colarlo en su teléfono, tanto para tener llamadas locales como datos para conectarse a Internet durante su estancia en el país en caso de no tener acceso a Wifi.

Sobre el dinero : es posible usar sus tarjetas de crédito y débito en el extranjero, aunque también depende del país al que se dirija. Si se retira dinero del cajero automático en el extranjero, se le aplicará el tipo de cambio oficial de la moneda de ese país con relación al euro y es posible que el banco local le cobre una comisión por uso del cajero automático y por el cambio.

Si lleva efectivo, dependiendo del destino, es más conveniente llevar dólares estadounidenses antes que euros. Mientras más lejos esté de Europa, es menos probable que acepten euros o si los aceptan, quizás sea a un tipo de cambio que no lo favorezca. En cambio, el dólar de los Estados Unidos de América es aceptado sin problemas en todas partes, se puede cambiar por moneda local sin problemas o hay comercios que los aceptan directamente, si bien el cambio lo dan en moneda local.

Un cordial saludo.
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Mi novia filipina
04/05/2020 13:09
Hola, buenos días, desearía un poco de información sobre un tema de seguridad social. Mi novia desea venir a España para vivir conmigo, para lo cual necesito saber qué es necesario para que venga legalmente y tenga derecho a la seguridad social. Mucha gracias.
04/05/2020 20:42
jordistel
puede leer sobre ello en http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/informacioninteres/informacionprocedimientos/ciudadanosnocomunitarios/hoja012/index.html
04/05/2020 20:55
Legil
La verdad, no me aclaro con tantos artículos, esperaré alguna otra respuesta de alguien, pero muchas gracias.
05/05/2020 02:58
jordistel
Hola :

Si se refiere a que su novia tenga derecho a la asistencia sanitaria pública en España y a solicitar la tarjeta sanitaria individual, es suficiente con que se inscriba en el Padrón Municipal de Habitantes del ayuntamiento de cualquier municipio español y solicita la tarjeta sanitaria individual en el ambulatorio que le corresponda, de acuerdo con su domicilio. Esto es la asistencia sanitaria.

Si lo que usted quiere es que su novia resida legalmente en España, lo más práctico es que formalice con ella una unión de pareja estable y se inscriban en el Registro de parejas estables de su comunidad autónoma. No indica en qué comunidad autónoma usted reside. Es importante saberlo, porque la normativa varía de una a otra comunidad autónoma y con ello los requisitos y documentos exigidos.

Cuando se hayan inscrito como unión de pareja estable registrada y obtengan el correspondiente certificado, ella podrá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, siempre y cuando usted esté trabajando por cuenta ajena o cuenta propia o bien sea estudiante matriculado para cursar estudios en España o si no se halla en ninguno de los casos anteriores, cuente con recursos económicos propios suficientes y seguro médico. La solicitud se ha de presentar ante la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia. Actualmente, se lo puede hacer por Internet, a través de la plataforma MERCURIO o del Registro Electrónico Común (RED SARA), pero es necesario contar con un certificado digital instalado en el ordenado, la aplicación AUTOFIRMA y el programa Java.

Cuando se resuelva favorablemente, tendrá que solicitar cita en la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía que le corresponda, para que le sea expedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Es válida por 5 años y permite residir y trabajar en España. Luego, cuando ya empiece a trabajar, la Tesorería General de la Seguridad Social le asignará un número de afiliación a la Seguridad Social ( lo puede solicitar ella antes de comenzar a trabajar o lo puede solicitar el empleador que la vaya a contratar la primera vez).

Su novia puede ingresar como turista y aquí efectuar los trámites arriba mencionados.

Un cordial saludo.
05/05/2020 06:49
Condedecartagena
Muchísimas gracias, señor, qué bien se ha explicado. ... Ahora mi pregunta es, si todo es posible estando separado no legalmente de mi ex-mujer, es decir, si tengo que divorciarme forzosamente de ella. Muchas gracias de nuevo :) .
05/05/2020 16:44
jordistel
Hola:

1.- No indica en qué comunidad autónoma vive. En la comunidad de Madrid es posible que se inscriban en el Registro de Uniones de Hecho personas casadas y separadas legalmente ( se exige que se aporte la resolución judicial que acordó la separación). En Cataluña, se permite formalizar unión de pareja estable a personas aún casadas, pero separadas ( es suficiente con que exista separación de hecho, que se prueba con el correspondiente certificado de convivencia, que expide el ayuntamiento).

Las demás comunidades autónomas y ciudades autónomas sí requieren que ninguno de los integrantes de la pareja de hecho esté unido mediante vínculo matrimonial con otra persona.

Como se indicó, no existe regulación estatal en materia de parejas de hecho; la regulación de las parejas de hecho han sido efectuada por las comunidades autónomas y ciudades autónomas y varía de una a otra.

2.- En cambio, para darle el derecho de residencia en España a su novia filipina sí tendrá que estar divorciado. El Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, establece que las situaciones de matrimonio y pareja registrada serán incompatibles entre sí, de modo que aunque la normativa autonómica de algunas comunidades autónomas, como las citadas, permita bajo ciertas circunstancias a las personas aún casadas, pero separadas, formalizar unión de hecho con una pareja distinta, en cambio, la normativa estatal exige que, para que la nueva pareja, si es extranjera extracomunitaria, pueda solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, sí es necesario que el ciudadano de la Unión integrante de la pareja, que es quien le da el derecho de residencia al extracomunitario, esté libre de vínculo matrimonial con otra persona.

En conclusión, si le quiere dar el derecho de residencia en España a su pareja extranjera extracomunitaria y actualmente está casado en España, tendrá que primeramente divorciarse de su actual cónyuge.

Un cordial saludo.
09/05/2020 23:30
jordistel
Hola de nuevo, buenas noches ..
Perdón, olvidé decirle que vivo en la provincia de Barcelona
Ahora el tema es el siguiente : Hay algún modo, de que antes de proceder a mi separación o divorcio, pueda vivir mi novia conmigo mientras ? Si fuera posible, tiene su estancia una caducidad ? Mi ex- mujer no quiere divorciarse aún, hasta que la situación actual de pandemia se normalice, y vea ella que la convivencia con su nueva pareja, sea estable (es muy posible que sea así, pero necesita un tiempo). Muchas gracias, señor
11/05/2020 23:21
jordistel
Hola:

Su novia podría venir con una visa de estudios desde su país y así entrar en España legalmente. Si los estudios van a tener una duración superior a los 6 meses, ella tendrá derecho a obtener una tarjeta de identidad de extranjero como estudiante. De ese modo, puede permanecer legalmente en España durante el tiempo de duración de los estudios ( normalmente, lo que dura un curso académico, un año). Hasta tanto, usted puede divorciarse y luego, formalizar unión de pareja estable con su novia mediante escritura pública, de acuerdo con el Código Civil de Cataluña y solicitar al mismo tiempo, a través del notario que autorice el otorgamiento de la escritura, la inscripción en el Registro de Parejas Estables de Cataluña, a cargo del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya. Cuando ya tenga el certificado de inscripción, podrá solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Para solicitar visa de estudios debe haber sido aceptada para cursar estudios en cualquier institución con sede en España; los estudios deben ser presenciales y conducentes a la obtención de un título o certificado.

No le digo que venga como turista, porque en ese caso, solo podrá permanecer legalmente durante 90 días y luego tendría que marcharse y su proceso de divorcio puede tardar un poco más, por eso, con una visa de estudios para cursar estudios que vayan a durar al menos un año, tendrá margen para permanecer legalmente en España hasta tanto usted se divorcia y formaliza unión de pareja estable con ella.

Un cordial saludo.
18/05/2020 16:44
jordistel
Hola:

Si su novia viniera como turista, tendría, en principio, 90 días de estancia. Esos 90 días pueden prorrogarse hasta pos otros 90 días, siempre y cuando, exista un motivo legítimo suficiente para permanecer en España por más tiempo, tenga recursos económicos suficientes para cubrir sus gastos de estancia y seguro médico y tenga billete de regreso cerrado a su país, con fecha anterior a la caducidad de la prórroga solicitada. Se ha de solicitar antes de la fecha de caducidad de los 90 días iniciales y pagar la tasa establecida. La competencia corresponde a la Oficina de Extranjería de la Subdelegación del Gobierno en la provincia ( aquí en Barcelona, en Passeig de Sant Joan con Gran de Gràcia, metro Joanic).

Si se quedara más tiempo del autorizado, tendrá los 15 días hábiles inmediatamente siguientes a la caducidad de su estancia autorizada para salir de España ( situación de salida obligatoria), durante los cuales aún no se la considerará propiamente en situación irregular, pero estará advertida de que debe abandonar España. Transcurridos esos 15 días hábiles de salida obligatoria, si no se ha marchado, pasará a hallarse en situación irregular. La sanción prevista para la permanencia en España en situación irregular, en principio, es la multa.

No obstante, el hecho de que la persona permanezca en España en situación irregular no es impedimento ni para contraer matrimonio en España, ni para formalizar unión de pareja estable, aquí en Cataluña, de acuerdo con el Código Civil de Cataluña. Y si se casa o formaliza unión de pareja estable registrada en España con un ciudadano de la Unión, pasará a estar , ex lege, autorizada a permanecer provisionalmente en España, hasta tanto solicite y le sea concedida la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

Un cordial saludo.
18/05/2020 17:59
Condedecartagena
Muchísimas gracias de nuevo, señor, le estoy muy agradecido. Seguramente le pediré más ayuda, porque voy muy perdido
25/05/2020 21:36
jordistel
Hola, señor, aquí estoy de nuevo. He estado pensando que antes de traer a mi novia a Barcelona, debería ir yo a Filipinas, porque ella puede tener más problemas de los que en teoría se pesuponen, según me ha comentado ella y referente a la consecución de su visa para venir a España. Para mi viaje hacia allí una vez desaparezca el Covid, no creo que haya problema, aunque yo nunca he salido de mi país, pero por ejemplo una vez esté allí, no sé como gestionar el dinero que tengo en España. Y en cuanto a la conexión telefónica, no sé si servirá mi número de teléfono móvil allí, no puedo quedar desconectado por cuestión de los papeleos que tenga que tenga que ir gestionando. Entoces, si usted es conocedor de la solución que pueda haber en ambos casos, le agradería me ayudase, porque la verdad, voy muy perdido. Muchas gracias por todo, señor, y lamento molestarle tantas veces.
28/05/2020 16:40
jordistel
Hola :

Según informa la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, en razón del COVID-19, se ha suspendido la vigencia del convenio de supresión de visados entre España y Filipinas y de momento, los españoles que quieran o deban viajar a Filipinas necesitan solicitar previamente un visado. Esta medida es temporal, mientras dure la pandemia del COVID-19.

Con respecto al teléfono : puede comprar un chip local cuando llegue a Filipinas y colarlo en su teléfono, tanto para tener llamadas locales como datos para conectarse a Internet durante su estancia en el país en caso de no tener acceso a Wifi.

Sobre el dinero : es posible usar sus tarjetas de crédito y débito en el extranjero, aunque también depende del país al que se dirija. Si se retira dinero del cajero automático en el extranjero, se le aplicará el tipo de cambio oficial de la moneda de ese país con relación al euro y es posible que el banco local le cobre una comisión por uso del cajero automático y por el cambio.

Si lleva efectivo, dependiendo del destino, es más conveniente llevar dólares estadounidenses antes que euros. Mientras más lejos esté de Europa, es menos probable que acepten euros o si los aceptan, quizás sea a un tipo de cambio que no lo favorezca. En cambio, el dólar de los Estados Unidos de América es aceptado sin problemas en todas partes, se puede cambiar por moneda local sin problemas o hay comercios que los aceptan directamente, si bien el cambio lo dan en moneda local.

Un cordial saludo.