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Miembros del comité de empresa

3 Comentarios
 
Miembros del comité de empresa
04/09/2003 14:39
¿Es cierto que a los miembros del comité de empresa no se les puede despedir? ¿Incluye ésto que no se les pueda cambiar de puesto de trabajo dentro de la misma empresa?
Muchas gracias
04/09/2003 16:48
Hola.

Creo que no exactamente. Al miembro del comité de empresa se le puede despedir al igual que a cualquier otro trabajador. Lo que sucede es que en caso de ser declarado el despido improcedente la opción la ejercita el trabajador y no la empresa.

en los despidos objetivos tienen prioridad de permanencia sobre el resto de los trabajadores.

en lo que se refiere al cambio de puesto, los miembros del comité tienen prioridad en caso de movilidad geográfica, pero no hay nada que impida la movilidad funcional (excepto claro está que sea discriminatoria)

Saludos.
05/09/2003 01:36
Aquellos trabajadores que realicen funciones de representación sindical o de personal , antes de ser despedidos tiene que abrirseles un expediente contradictorio con audiencia del interesado, que pude ser recurrido por el trabajador. Respecto a los supuestos que te dice mi compañera Ninfa son correctos
09/09/2003 08:18
Muchas gracias a los dos por la información.
Miembros del comité de empresa | PorticoLegal
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Miembros del comité de empresa
04/09/2003 14:39
¿Es cierto que a los miembros del comité de empresa no se les puede despedir? ¿Incluye ésto que no se les pueda cambiar de puesto de trabajo dentro de la misma empresa?
Muchas gracias
04/09/2003 16:48
Hola.

Creo que no exactamente. Al miembro del comité de empresa se le puede despedir al igual que a cualquier otro trabajador. Lo que sucede es que en caso de ser declarado el despido improcedente la opción la ejercita el trabajador y no la empresa.

en los despidos objetivos tienen prioridad de permanencia sobre el resto de los trabajadores.

en lo que se refiere al cambio de puesto, los miembros del comité tienen prioridad en caso de movilidad geográfica, pero no hay nada que impida la movilidad funcional (excepto claro está que sea discriminatoria)

Saludos.
05/09/2003 01:36
Aquellos trabajadores que realicen funciones de representación sindical o de personal , antes de ser despedidos tiene que abrirseles un expediente contradictorio con audiencia del interesado, que pude ser recurrido por el trabajador. Respecto a los supuestos que te dice mi compañera Ninfa son correctos
09/09/2003 08:18
Muchas gracias a los dos por la información.