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Mienbros comité de empresa

2 Comentarios
 
Mienbros comité de empresa
07/10/2020 04:01
Hola buenos días quería consultar si un sindicato en una empresa de 1300 personas lo votan solo 83 personas en el recuento se fija que solo un miembro entra con un delegado se confirma al comité de empresa, pero este sindicato envía un email a la empresa diciendo que van a formar parte del comité de empresa sólo un miembro y dos delegados en ves de uno con sólo 83 votos, mi consulta esto puede ser así??? Un saludo.
07/10/2020 19:16
Bien por acuerdo, bien a través de la negociación colectiva, se podrá ampliar el número de delegados establecidos en la escala a la que hace referencia este apartado, que atendiendo a la plantilla de la empresa o, en su caso, de los centros de trabajo corresponden a cada uno de éstos.

A falta de acuerdos específicos al respecto, el número de delegados sindicales por cada sección sindical de los sindicatos que hayan obtenido el 10 por 100 de los votos en la elección al Comité de Empresa o al órgano de representación en las Administraciones públicas se determinará según la siguiente escala:

De 250 a 750 trabajadores: Uno.

De 751 a 2.000 trabajadores: Dos.

De 2.001 a 5.000 trabajadores: Tres.

De 5.001 en adelante: Cuatro.

Las Secciones Sindicales de aquellos sindicatos que no hayan obtenido el 10 por 100 de los votos estarán representadas por un solo delegado sindical.

-Lo cierto es que da que pensar, por un lado, por volumen de plantilla estaríamos ante el 2 º grupo, hablamos de 1300 trabajadores y por tanto en el Comité al haber un delegado de ese sindicato tendría qu haber dos delegados sindicales además del miembro del Comité de empresa.

-No obstante, y dado que la negociación no parece dar sus frutos hay que atenerse a la norma y por tanto tb tiene razón la empresa ya que se exige que para tener delegado debe tener al menos el 10% de los votos, (ojo, a mi entender no del total de la plantilla sino de los votantes, es decir es necesario saber el num de asistentes a las elecciones, es decir dependería de la participación), con 83 votos, (y sin saber la participación), no tendrían dcho al delegado sindical o como mucho al cumplirse una de las condiciones, (que un delegado forme parte del sindicato, por lo que al menos le correspondería un delegado sindical), así que la solución seria acudir a la jurisprudencia a ver que dice, la empresa no se va a mover de su idea inicial así que corresponde al sindicato en cuestión mover ficha y acudir al juzgado de lo social.
smo
07/10/2020 19:27
Jamgrrhh28
9Releyendo su consulta creo haberla interpretado bien, es decir:
-La empresa plantea que solo corresponde un miembro de Comité por ese sindicato, sin dcho a delegados sindicales al no cumplirse el requisito del 10 % de los votos, (ojo sin saber el numero de votantes, no de la plantilla, por ej, la empresa o el censo son 1300 trabajadores, participan en las votaciones 700 trabajadores, en este caso comité de empresa, el el caso de que participasen mas de 840 ya no tendría el 10% por lo que no tendría dcho a delegado.

-El sindicato se acoge a que al tener dcho a un derecho a un delegado de personal y el censo de plantilla de 1300 por lo que corresponderían 2 delegados sindicales.

-En mi opinión, se cumpla el requisito de tener un delegado de personal que forma parte del Comité de empresa por tanto ya tiene dcho a sección sindical en cuyo caso el portavoz de dicha sección sindical pasa a ser delegado sindical, sin embargo al no cumplirse la segunda condición, es decir tener al menos el 10% de los votos, n tendría la posibilidad de tener dos delegados sindicales.
Así que a buscar jurisprudencia al respecto.
smo
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Mienbros comité de empresa
07/10/2020 04:01
Hola buenos días quería consultar si un sindicato en una empresa de 1300 personas lo votan solo 83 personas en el recuento se fija que solo un miembro entra con un delegado se confirma al comité de empresa, pero este sindicato envía un email a la empresa diciendo que van a formar parte del comité de empresa sólo un miembro y dos delegados en ves de uno con sólo 83 votos, mi consulta esto puede ser así??? Un saludo.
07/10/2020 19:16
Bien por acuerdo, bien a través de la negociación colectiva, se podrá ampliar el número de delegados establecidos en la escala a la que hace referencia este apartado, que atendiendo a la plantilla de la empresa o, en su caso, de los centros de trabajo corresponden a cada uno de éstos.

A falta de acuerdos específicos al respecto, el número de delegados sindicales por cada sección sindical de los sindicatos que hayan obtenido el 10 por 100 de los votos en la elección al Comité de Empresa o al órgano de representación en las Administraciones públicas se determinará según la siguiente escala:

De 250 a 750 trabajadores: Uno.

De 751 a 2.000 trabajadores: Dos.

De 2.001 a 5.000 trabajadores: Tres.

De 5.001 en adelante: Cuatro.

Las Secciones Sindicales de aquellos sindicatos que no hayan obtenido el 10 por 100 de los votos estarán representadas por un solo delegado sindical.

-Lo cierto es que da que pensar, por un lado, por volumen de plantilla estaríamos ante el 2 º grupo, hablamos de 1300 trabajadores y por tanto en el Comité al haber un delegado de ese sindicato tendría qu haber dos delegados sindicales además del miembro del Comité de empresa.

-No obstante, y dado que la negociación no parece dar sus frutos hay que atenerse a la norma y por tanto tb tiene razón la empresa ya que se exige que para tener delegado debe tener al menos el 10% de los votos, (ojo, a mi entender no del total de la plantilla sino de los votantes, es decir es necesario saber el num de asistentes a las elecciones, es decir dependería de la participación), con 83 votos, (y sin saber la participación), no tendrían dcho al delegado sindical o como mucho al cumplirse una de las condiciones, (que un delegado forme parte del sindicato, por lo que al menos le correspondería un delegado sindical), así que la solución seria acudir a la jurisprudencia a ver que dice, la empresa no se va a mover de su idea inicial así que corresponde al sindicato en cuestión mover ficha y acudir al juzgado de lo social.
smo
07/10/2020 19:27
Jamgrrhh28
9Releyendo su consulta creo haberla interpretado bien, es decir:
-La empresa plantea que solo corresponde un miembro de Comité por ese sindicato, sin dcho a delegados sindicales al no cumplirse el requisito del 10 % de los votos, (ojo sin saber el numero de votantes, no de la plantilla, por ej, la empresa o el censo son 1300 trabajadores, participan en las votaciones 700 trabajadores, en este caso comité de empresa, el el caso de que participasen mas de 840 ya no tendría el 10% por lo que no tendría dcho a delegado.

-El sindicato se acoge a que al tener dcho a un derecho a un delegado de personal y el censo de plantilla de 1300 por lo que corresponderían 2 delegados sindicales.

-En mi opinión, se cumpla el requisito de tener un delegado de personal que forma parte del Comité de empresa por tanto ya tiene dcho a sección sindical en cuyo caso el portavoz de dicha sección sindical pasa a ser delegado sindical, sin embargo al no cumplirse la segunda condición, es decir tener al menos el 10% de los votos, n tendría la posibilidad de tener dos delegados sindicales.
Así que a buscar jurisprudencia al respecto.
smo