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Minusvalía

2 Comentarios
 
Minusvalía
07/11/2006 09:19
Hola. Tengo una incapacidad permanente total por la que recibo una pensión desde hace muchos años. Ahora me han revisado los médicos de la seguridad social, y me han dado un 35% de minusvalía fisica y psiquica. ¿Tengo derecho a más pensión por ello? ¿Tengo derecho a otra paga a parte de la de incapacidad permanente total?

Lo cierto es que la pensión que tengo es muy muy pequeña. A ver si el reconocimiento de la minusvalía podría ayudarme en algo.

Muchas gracias con antelación a quien pueda ayudarme.
07/11/2006 10:17
Hola Pacomarín,

Siento decepcionarte, pero no tienes derecho a más pensión ni a otra paga, a menudo se confunde el grado de incapacidad permanente con el grado de minusvalía.

El reconocimiento de una IPT conllega inherenemente, el reconocimiento de un 33% de grado de minusvalía, que después el órgano competente, se encarga de certificar el grado de minusvalía real.

Otra cosa sería la Incapacidad Permanente total cualificada, que podrías rebicir el 75% de tu base reguladora al alcanzar la edad de 55 años, en caso de que no tuvieras trabajo.

Salut
08/11/2006 19:42
Gracias Xabier. Me da pena lo que me cuentas, pero qúe se va a hacer. Gracias.
Minusvalía | PorticoLegal
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Minusvalía
07/11/2006 09:19
Hola. Tengo una incapacidad permanente total por la que recibo una pensión desde hace muchos años. Ahora me han revisado los médicos de la seguridad social, y me han dado un 35% de minusvalía fisica y psiquica. ¿Tengo derecho a más pensión por ello? ¿Tengo derecho a otra paga a parte de la de incapacidad permanente total?

Lo cierto es que la pensión que tengo es muy muy pequeña. A ver si el reconocimiento de la minusvalía podría ayudarme en algo.

Muchas gracias con antelación a quien pueda ayudarme.
07/11/2006 10:17
Hola Pacomarín,

Siento decepcionarte, pero no tienes derecho a más pensión ni a otra paga, a menudo se confunde el grado de incapacidad permanente con el grado de minusvalía.

El reconocimiento de una IPT conllega inherenemente, el reconocimiento de un 33% de grado de minusvalía, que después el órgano competente, se encarga de certificar el grado de minusvalía real.

Otra cosa sería la Incapacidad Permanente total cualificada, que podrías rebicir el 75% de tu base reguladora al alcanzar la edad de 55 años, en caso de que no tuvieras trabajo.

Salut
08/11/2006 19:42
Gracias Xabier. Me da pena lo que me cuentas, pero qúe se va a hacer. Gracias.