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Mis padres no firmaron letras de cambio

12 Comentarios
 
Mis padres no firmaron letras de cambio
05/11/2016 17:38
Hola, mi nombre es Laura, intentare explicarme lo mejor posible para que lo entiendan y que sus respuestas sean lo mas aproximadas a la realidad, me guste o no la respuesta.
Hace ya algunos años que un marido de una prima mia lo llamaron para trabajar de comercial en una empresa, con la condicion de tener cuatro personas que lo avalaran, ya que tenia que manejar dinero en efectivo de cobros e ingresarlo un dia determinado en la cuenta de dicha empresa.
Cuando esta persona y un compañero suyo, supuestamente su supervisor o encargado, llegaron a casa le dieron a mis padres le dijeron que firmaran en un folio, donde habia algo escrito de lo que mis padres no se acuerdan debido a todos los años que han pasado.
Cual es nuestra sorpresa cuando hace como tres años nos llega una demanda judicial o algo asi reclamamdole a mis padres la cantidad de dinero que este personaje fue llevandose de la empresa hasta alcanzar una cantidad de 30.000 euros y pico( no se que empresa no se da cuenta de eso antes y no a los dos años) con dos letras de cambio.
De nuevo sorprendidos todos cuando vimos dos letras de cambio y mis padres no firmaron letras de cambio en ningun momento como tal, repito que firmaron un folio, es de ir un documento que en ningun momento era letra de cambio.
Mirando las letras de cambio vimos que en las firmas de una y de otra habia una diferencia importante en la firma, habia una que dejaba mucho que desear con las firmas reales, se llevan a un perito caligrafo y nos dice que hay mas coincidencias que no coincidencias. ¿como es eso? ¿ no deberian ser identicas sin son las autenticas? Añado que el perito ha tardado mas de un año en darnos los resultados, o por lo menos la abogada que lleva el caso nos lo dijo el viernes.
Mis padres se enfrentan a un juicio en octubre de 2017, creo que van a tener que asumir que firmaron letras de cambio aunque no sea eso lo que firmaron. Con la deuda creo que tb la van a tener que asumir.
Me gustaria saber que opinan, debemos actuar de alguna manera, estamos algo perdidos y la bogada que les lleva el caso a mis padres piensa que estan mintiendo.
Gracias y perdon por lo extenso del comentario.
05/11/2016 17:57
lauris32
Estoy seguro de que su abogada está haciendo todo lo posible.
Con los datos que da deduzco que sus padres tienen que responder por el aval. Me temo que van a responder de esos 30.000 euros salvo que su abogada pueda demostrar que la empresa sabía que estaban robando y aún asi no hizo nada sabiendo que sus padres responderían.
En cuanto a las letras de cambio sólo se me ocurre que presenten una contrapericial en la que se diga claramente que las firmas no son de sus padres.
05/11/2016 18:23
leonjbr
Muchas gracias por tu respuesta leonjbr. Has sido muy amable.
05/11/2016 18:45
lauris32
Se me ha pasado añadir que esas letras que dicen ellos que se firmaron estan firmadas por seis personas, el matrimonio que robo, mis padres y otro matrimonio mas.
Hasta que punto puede recaer toda la responsabilidad en mis padres.
Claro esta que el otro matrimonio que no robo tb cincide que ellos no firmaron letras de cambio, si no un folio con algo escrito.
06/11/2016 10:28
lauris32
Dice usted que el asunto judicial se inició hace ya 3 años, y que la vista está señalada para Octubre de 2017, lo que hace un total de 4 años. Ese periodo de tiempo es impensable para un asunto en primera instancia civil, por lo que es de suponer que sus padres están imputados en un asunto penal. Además, durante la instrucción parece desprenderse de su relato que ya se han practicado las periciales caligráficas, en las que los elementos de coincidencia hacen concluir que razonablemente las letras sí fueron firmadas por los intervinientes en las mismas. El hecho de que en un momento firmasen un folio no significa que no firmasen algo más, como las propias las letras. De ahí que la transacción documentada en las letras estuviera referenciada a una cantidad exacta, fija e inamovible (como no puede ser de otra manera, dada la naturaleza de ese título), y no a una especie de "aval general indeterminado" por la cantidad que fuese a defraudar en el futuro una persona (el marido de su prima) quien no ostentaba una responsabilidad que en sí comporte un especial riesgo financiero, puesto que lo habían contratado como comercial, y tampoco parece sensato pretender que un trabajador sea forzado a recabar avales para su futuro desempeño laboral.
Por lo tanto, debe añadir en su relato la clase de juicio: si es un asunto civil, le diremos realmente en qué consisten los avales y por qué esas letras, pudiendo serlo, no lo fueron. Y si es un asunto penal, le remitimos a la esmerada respuesta del excelente letrado León: confíe en su abogada.
06/11/2016 12:15
lauris32
A tu perito lo ha contratado "el enemigo". En una pericial de parte siempre se va a orientar el tema, dentro de lo posible, desde la perspectiva de quien paga. Si yo quiero poner en duda la legitimidad de unas firmas y el informe de mi perito va a ser que "hay más coincidencias que no coincidencias", ya casi prefiero apelar directamente a la clemencia del tribunal, porque no quiero ni escuchar lo que va a decir el de la otra parte. Lo normal sería que con esos datos dijera algo como "con las pruebas practicadas no se puede asegurar, más allá de la duda razonable, que las firmas pertenezcan a las personas imputadas", y luego ya veremos pero con ayudas así ... cambia de perito.
06/11/2016 12:18
lauris32
No me he expresado bien: " Lo normal sería que, con esos datos, el mío dijera algo como ..."
07/11/2016 19:37
lauris32
1º Una letra de cambio se puede firmar en un folio, no es necesario que sea firmada en un modelo normalizado para que tenga validez legal, en todo caso sólo perdería el derecho a exigir la acción cambiaria, pero no las demás.

Juan Carlos, desgraciadamente hay muchos juzgados de lo civil y de lo mercantil que sí que tienen retrasos de 4 años, al menos por donde yo vivo. Y de penal, obviamente, más aún.

Como dice el compañero, contrataría a un perito de parte inmediatamente, para que refutase el otro informe.
07/11/2016 20:28
lsd2
Disiento respetuosa y firmemente, Isd. La consultante deja muy claro que firmaron un folio y que después vieron unas letras de cambio, enfatizando que se trata de dos documentos totalmente distintos: un folio y una letra. En cuanto a que un asunto civil tarde 4 años desde la presentación de la demanda hasta la citación a juicio, me podría parecer un disparate; pero si un abogado como tú sostiene que eso le ha ocurrido, no hay más que hablar (lo mismo si es un verbal). Ahora bien: que se estén practicando diligencias de prueba dentro del proceso civil al margen de su propìo cauce reglado, como ha sido la pericial (la pida quien la pida) es algo jurídicamente imposible. Si se tratase de un asunto civil, la pericial debería ir adjunta a la demanda o en la contestación.
07/11/2016 21:00
lauris32
¿¿¿Cuentas como civil los juicios de herencias??? Porque vamos, de eso te digo unos cuantos de más de 4 años. ;)

Sobre lo de las letras de cambio, insisto. No me extrañaría que lo que viesen fuese una letra en un folio, pues no tengo tan claro que la consultante haya visto una letra de cambio en un modelo normalizado, o que sepa que las letras de cambio se puedan hacer también en un folio y que tengan plena validez, ya que su propia consulta parece bastante confusa, y si desconoce lo que es una letra de cambio, bien pudiera ser que se la colaran en su momento.

En cuanto a las pruebas, tampoco sabemos si las está practicando el juzgado o son a instancia de ellos mismos, pues tampoco lo deja claro.

Sin contar que tienes mi máximo respeto, pues te considero un gran civilista, como de aquí a Manila más especialista que yo en el tema, he de decir creo que estás siendo excesivamente literal en la consulta con respecto a la interpretación de las palabras de la consultante.

Yo estoy intentando interpretar qué dice el consultante, y cómo lo dice. No parece, con todos mis respetos, una persona ducha en la materia, como podríamos ser tú o yo, y puede que esté cometiendo errores y siendo imprecisa en sus detalles, lo que conllevaría a una mala interpretación si somos demasiado literales.

Es más, podría ser un tema penal sin lugar a dudas, pero en este caso, no estaría hablando sólo de dinero, si no que entiendo que la consultante estaría más enfocada en la posible pena que en la responsabilidad civil, lo que no es así por lo que parece.

Por último, quiero dejar claro a la consultante que el hecho de que tenga dudas en la precisión de sus palabras no tiene ninguna mala impresión, simplemente es que tengo la sensación de que se está liando sin maldad alguna, por falta de experiencia o conocimientos técnicos; lo que no es malo, pues nadie nace "enseñao" ni nadie tiene que saber de todo, pues seguro que es una magnífica profesional en su oficio y tiene una gran sapiencia en otros campos de los que yo soy un completo y profundo ignorante (que hay muuuuuchos en los que lo soy).
07/11/2016 22:55
lauris32
Eres el mejor, Isd. Un agudo civilista, con aportaciones de crack.
08/11/2016 17:14
lauris32
Para la consultante, y así salimos de dudas: ¿Qué ponía literalmente esas letras de cambio, y qué formato tenían?
18/10/2017 11:57
lauris32
Hola de nuevo, no se de asuntos legales ya que mis padres son los que supuestamente firmaron las letras de cambio, entonces esto nos vino como un jarro de agua fría.
Este Viernes es el juicio, que se ha demorado tanto debido a que el primer perito caligrafo estaba mas cerca de la muerte que de la vida y el juzgado se pegó un año buscandolo hasta que lo encontraron, entonces el mismo juzgado asigno un nuevo perito y éste fué el que emitió el informe en el que dice que hay mas coincidencias que no coincidencias.
Ahora lo que nos queda esperar es que el juez que nos toque no tenga un mal día y entienda que mis padres no pidieron prueba pericial solo para alargar el proceso, o sea de mala fe, si no porque ellos siguen convencidos que no firmaron letras de cambio, es cierto que despues de ver estos documentos, en uno las firma coinciden bastante pero en la otra letra, yo sin ser perito ya digo que hay mas dudas, pero claro, contra una prueba de este calibre no se puede hacer nada.
También es cierto que el avalado actuó de mala fé engañando a mis padres ya que en ningún momento les informó que lo que podían estar firmando eran letras de cambio, si les dijo que lo que firmaban era una declaración de bienes y ahí es donde pensamos que se la colaron. Así es,firmaron una declaración de bienes y mi madre cuando vió dicho documento con su abogada, se lo reiteró de nuevo, que eso fué lo que firmaron.
Ahora toca esperar la sentencia de este Viernes y después solicitar una quita y demora, así es como nos ha informado la abogada de mis padres.
Y después de esto veremos la forma y la via en la que podemos reclamarle al avalado sus bienes o el dinero, ya que lo que tiene reza en hacienda como finca rural y de siembra (teniendo su casa edificada en dicho terreno y viviendo ellos alli, ya que es una urbanizacion ilegal), ni siquiera en el registro de la propiedad de la provincia.
Ha sido un chasco para todos nosotros, ya que el avalado y su esposa eran familia nuestra, por supuesto después de esto, aunque sigan vivos, ya no lo son.
Muchisimas gracias por vuestra aportación y pido disculpas si en su momento no pude explicarme con claridad ya que vuelvo a insistir no entiendo de leyes cambiarias.
Gracias de nuevo!!
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12 Comentarios
 
Mis padres no firmaron letras de cambio
05/11/2016 17:38
Hola, mi nombre es Laura, intentare explicarme lo mejor posible para que lo entiendan y que sus respuestas sean lo mas aproximadas a la realidad, me guste o no la respuesta.
Hace ya algunos años que un marido de una prima mia lo llamaron para trabajar de comercial en una empresa, con la condicion de tener cuatro personas que lo avalaran, ya que tenia que manejar dinero en efectivo de cobros e ingresarlo un dia determinado en la cuenta de dicha empresa.
Cuando esta persona y un compañero suyo, supuestamente su supervisor o encargado, llegaron a casa le dieron a mis padres le dijeron que firmaran en un folio, donde habia algo escrito de lo que mis padres no se acuerdan debido a todos los años que han pasado.
Cual es nuestra sorpresa cuando hace como tres años nos llega una demanda judicial o algo asi reclamamdole a mis padres la cantidad de dinero que este personaje fue llevandose de la empresa hasta alcanzar una cantidad de 30.000 euros y pico( no se que empresa no se da cuenta de eso antes y no a los dos años) con dos letras de cambio.
De nuevo sorprendidos todos cuando vimos dos letras de cambio y mis padres no firmaron letras de cambio en ningun momento como tal, repito que firmaron un folio, es de ir un documento que en ningun momento era letra de cambio.
Mirando las letras de cambio vimos que en las firmas de una y de otra habia una diferencia importante en la firma, habia una que dejaba mucho que desear con las firmas reales, se llevan a un perito caligrafo y nos dice que hay mas coincidencias que no coincidencias. ¿como es eso? ¿ no deberian ser identicas sin son las autenticas? Añado que el perito ha tardado mas de un año en darnos los resultados, o por lo menos la abogada que lleva el caso nos lo dijo el viernes.
Mis padres se enfrentan a un juicio en octubre de 2017, creo que van a tener que asumir que firmaron letras de cambio aunque no sea eso lo que firmaron. Con la deuda creo que tb la van a tener que asumir.
Me gustaria saber que opinan, debemos actuar de alguna manera, estamos algo perdidos y la bogada que les lleva el caso a mis padres piensa que estan mintiendo.
Gracias y perdon por lo extenso del comentario.
05/11/2016 17:57
lauris32
Estoy seguro de que su abogada está haciendo todo lo posible.
Con los datos que da deduzco que sus padres tienen que responder por el aval. Me temo que van a responder de esos 30.000 euros salvo que su abogada pueda demostrar que la empresa sabía que estaban robando y aún asi no hizo nada sabiendo que sus padres responderían.
En cuanto a las letras de cambio sólo se me ocurre que presenten una contrapericial en la que se diga claramente que las firmas no son de sus padres.
05/11/2016 18:23
leonjbr
Muchas gracias por tu respuesta leonjbr. Has sido muy amable.
05/11/2016 18:45
lauris32
Se me ha pasado añadir que esas letras que dicen ellos que se firmaron estan firmadas por seis personas, el matrimonio que robo, mis padres y otro matrimonio mas.
Hasta que punto puede recaer toda la responsabilidad en mis padres.
Claro esta que el otro matrimonio que no robo tb cincide que ellos no firmaron letras de cambio, si no un folio con algo escrito.
06/11/2016 10:28
lauris32
Dice usted que el asunto judicial se inició hace ya 3 años, y que la vista está señalada para Octubre de 2017, lo que hace un total de 4 años. Ese periodo de tiempo es impensable para un asunto en primera instancia civil, por lo que es de suponer que sus padres están imputados en un asunto penal. Además, durante la instrucción parece desprenderse de su relato que ya se han practicado las periciales caligráficas, en las que los elementos de coincidencia hacen concluir que razonablemente las letras sí fueron firmadas por los intervinientes en las mismas. El hecho de que en un momento firmasen un folio no significa que no firmasen algo más, como las propias las letras. De ahí que la transacción documentada en las letras estuviera referenciada a una cantidad exacta, fija e inamovible (como no puede ser de otra manera, dada la naturaleza de ese título), y no a una especie de "aval general indeterminado" por la cantidad que fuese a defraudar en el futuro una persona (el marido de su prima) quien no ostentaba una responsabilidad que en sí comporte un especial riesgo financiero, puesto que lo habían contratado como comercial, y tampoco parece sensato pretender que un trabajador sea forzado a recabar avales para su futuro desempeño laboral.
Por lo tanto, debe añadir en su relato la clase de juicio: si es un asunto civil, le diremos realmente en qué consisten los avales y por qué esas letras, pudiendo serlo, no lo fueron. Y si es un asunto penal, le remitimos a la esmerada respuesta del excelente letrado León: confíe en su abogada.
06/11/2016 12:15
lauris32
A tu perito lo ha contratado "el enemigo". En una pericial de parte siempre se va a orientar el tema, dentro de lo posible, desde la perspectiva de quien paga. Si yo quiero poner en duda la legitimidad de unas firmas y el informe de mi perito va a ser que "hay más coincidencias que no coincidencias", ya casi prefiero apelar directamente a la clemencia del tribunal, porque no quiero ni escuchar lo que va a decir el de la otra parte. Lo normal sería que con esos datos dijera algo como "con las pruebas practicadas no se puede asegurar, más allá de la duda razonable, que las firmas pertenezcan a las personas imputadas", y luego ya veremos pero con ayudas así ... cambia de perito.
06/11/2016 12:18
lauris32
No me he expresado bien: " Lo normal sería que, con esos datos, el mío dijera algo como ..."
07/11/2016 19:37
lauris32
1º Una letra de cambio se puede firmar en un folio, no es necesario que sea firmada en un modelo normalizado para que tenga validez legal, en todo caso sólo perdería el derecho a exigir la acción cambiaria, pero no las demás.

Juan Carlos, desgraciadamente hay muchos juzgados de lo civil y de lo mercantil que sí que tienen retrasos de 4 años, al menos por donde yo vivo. Y de penal, obviamente, más aún.

Como dice el compañero, contrataría a un perito de parte inmediatamente, para que refutase el otro informe.
07/11/2016 20:28
lsd2
Disiento respetuosa y firmemente, Isd. La consultante deja muy claro que firmaron un folio y que después vieron unas letras de cambio, enfatizando que se trata de dos documentos totalmente distintos: un folio y una letra. En cuanto a que un asunto civil tarde 4 años desde la presentación de la demanda hasta la citación a juicio, me podría parecer un disparate; pero si un abogado como tú sostiene que eso le ha ocurrido, no hay más que hablar (lo mismo si es un verbal). Ahora bien: que se estén practicando diligencias de prueba dentro del proceso civil al margen de su propìo cauce reglado, como ha sido la pericial (la pida quien la pida) es algo jurídicamente imposible. Si se tratase de un asunto civil, la pericial debería ir adjunta a la demanda o en la contestación.
07/11/2016 21:00
lauris32
¿¿¿Cuentas como civil los juicios de herencias??? Porque vamos, de eso te digo unos cuantos de más de 4 años. ;)

Sobre lo de las letras de cambio, insisto. No me extrañaría que lo que viesen fuese una letra en un folio, pues no tengo tan claro que la consultante haya visto una letra de cambio en un modelo normalizado, o que sepa que las letras de cambio se puedan hacer también en un folio y que tengan plena validez, ya que su propia consulta parece bastante confusa, y si desconoce lo que es una letra de cambio, bien pudiera ser que se la colaran en su momento.

En cuanto a las pruebas, tampoco sabemos si las está practicando el juzgado o son a instancia de ellos mismos, pues tampoco lo deja claro.

Sin contar que tienes mi máximo respeto, pues te considero un gran civilista, como de aquí a Manila más especialista que yo en el tema, he de decir creo que estás siendo excesivamente literal en la consulta con respecto a la interpretación de las palabras de la consultante.

Yo estoy intentando interpretar qué dice el consultante, y cómo lo dice. No parece, con todos mis respetos, una persona ducha en la materia, como podríamos ser tú o yo, y puede que esté cometiendo errores y siendo imprecisa en sus detalles, lo que conllevaría a una mala interpretación si somos demasiado literales.

Es más, podría ser un tema penal sin lugar a dudas, pero en este caso, no estaría hablando sólo de dinero, si no que entiendo que la consultante estaría más enfocada en la posible pena que en la responsabilidad civil, lo que no es así por lo que parece.

Por último, quiero dejar claro a la consultante que el hecho de que tenga dudas en la precisión de sus palabras no tiene ninguna mala impresión, simplemente es que tengo la sensación de que se está liando sin maldad alguna, por falta de experiencia o conocimientos técnicos; lo que no es malo, pues nadie nace "enseñao" ni nadie tiene que saber de todo, pues seguro que es una magnífica profesional en su oficio y tiene una gran sapiencia en otros campos de los que yo soy un completo y profundo ignorante (que hay muuuuuchos en los que lo soy).
07/11/2016 22:55
lauris32
Eres el mejor, Isd. Un agudo civilista, con aportaciones de crack.
08/11/2016 17:14
lauris32
Para la consultante, y así salimos de dudas: ¿Qué ponía literalmente esas letras de cambio, y qué formato tenían?
18/10/2017 11:57
lauris32
Hola de nuevo, no se de asuntos legales ya que mis padres son los que supuestamente firmaron las letras de cambio, entonces esto nos vino como un jarro de agua fría.
Este Viernes es el juicio, que se ha demorado tanto debido a que el primer perito caligrafo estaba mas cerca de la muerte que de la vida y el juzgado se pegó un año buscandolo hasta que lo encontraron, entonces el mismo juzgado asigno un nuevo perito y éste fué el que emitió el informe en el que dice que hay mas coincidencias que no coincidencias.
Ahora lo que nos queda esperar es que el juez que nos toque no tenga un mal día y entienda que mis padres no pidieron prueba pericial solo para alargar el proceso, o sea de mala fe, si no porque ellos siguen convencidos que no firmaron letras de cambio, es cierto que despues de ver estos documentos, en uno las firma coinciden bastante pero en la otra letra, yo sin ser perito ya digo que hay mas dudas, pero claro, contra una prueba de este calibre no se puede hacer nada.
También es cierto que el avalado actuó de mala fé engañando a mis padres ya que en ningún momento les informó que lo que podían estar firmando eran letras de cambio, si les dijo que lo que firmaban era una declaración de bienes y ahí es donde pensamos que se la colaron. Así es,firmaron una declaración de bienes y mi madre cuando vió dicho documento con su abogada, se lo reiteró de nuevo, que eso fué lo que firmaron.
Ahora toca esperar la sentencia de este Viernes y después solicitar una quita y demora, así es como nos ha informado la abogada de mis padres.
Y después de esto veremos la forma y la via en la que podemos reclamarle al avalado sus bienes o el dinero, ya que lo que tiene reza en hacienda como finca rural y de siembra (teniendo su casa edificada en dicho terreno y viviendo ellos alli, ya que es una urbanizacion ilegal), ni siquiera en el registro de la propiedad de la provincia.
Ha sido un chasco para todos nosotros, ya que el avalado y su esposa eran familia nuestra, por supuesto después de esto, aunque sigan vivos, ya no lo son.
Muchisimas gracias por vuestra aportación y pido disculpas si en su momento no pude explicarme con claridad ya que vuelvo a insistir no entiendo de leyes cambiarias.
Gracias de nuevo!!