Buenas tardes, he interpuesto demanda de división de cosa común ante un juzgado de Navarra y ahora tengo que interponer demanda de reclamación de cantidad sobre unas obras hechas en esa misma vivienda de la que estoy pidiendo la extinción del proindiviso ¿es competente el mismo juzgado o al estar el bien en Navarra podria ser cualquier otro de los de allí? gracias.
Eso de la obras entra a reparto convencional en el sitio donde vive el demandado, sin que tenga nada que ver el Juzgado donde se ventiló el asunto de la división de cosa común, puesto que se trata de una reclamación de cantidad corriente. Dependiendo del estado del primero de los asuntos, el de disolución, se podrá pedir la acumulación de procesos.
Yo he apuntado la acumulación como opción procesal, pero habría que ver si procede. En el caso de que sea así, puedes plantear la acumulación en cualquier momento antes de la vista.