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Modificación condiciones laborales

4 Comentarios
 
Modificación condiciones laborales
19/03/2014 12:12
Hola, trabajo para una empresa de venta de aparataje médico desde hace mas de 20 años con la categoría profesional de Oficial Administrativo (Convenio del comercio del metal). Mi empresa de forma verbal me ha comunicado que por necesidades organizativas mi puesto pasa a ser comercial en calle visitando clientes y hospitales tanto dentro como fuera de mi provincia poniendo para ello un vehículo de empresa. Puedo negarme a ello, ¿que otras alternativas legales tengo? ¿Deben de comunicarlo por escrito?
19/03/2014 17:36
Negarse No,otras alternativas, pues como usted mismo plantea en el título es una modif, sustancial y por lo tanto tiene las 3 opciones que da el art 41 ET, como son tragar, impugnar y por último rescindir el cto con 20 días año hasta un máximo de 9 mensualidades.
19/03/2014 17:55
Podría rescindir contrato vía art. 50 ET?
19/03/2014 18:02
50.1 a) y c) ET pero lo dudo mucho en el a) Puede usted alegar menoscabo de la dignidad pero no creo que el Juez trague y en el c) cualquier incumplimiento grave del empresario, la verdad no lo veo.
SMO.
19/03/2014 18:12
comentar también que en dicha propuesta se me respetaría el sueldo pero no cobraría ninguna comisión por hacer labores de comercial cuando otros compañeros de oficina siendo comerciales reciben su correspondiente comisión. me ponen de comercial pero me tratan de administrativa
Modificación condiciones laborales | PorticoLegal
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Modificación condiciones laborales
19/03/2014 12:12
Hola, trabajo para una empresa de venta de aparataje médico desde hace mas de 20 años con la categoría profesional de Oficial Administrativo (Convenio del comercio del metal). Mi empresa de forma verbal me ha comunicado que por necesidades organizativas mi puesto pasa a ser comercial en calle visitando clientes y hospitales tanto dentro como fuera de mi provincia poniendo para ello un vehículo de empresa. Puedo negarme a ello, ¿que otras alternativas legales tengo? ¿Deben de comunicarlo por escrito?
19/03/2014 17:36
Negarse No,otras alternativas, pues como usted mismo plantea en el título es una modif, sustancial y por lo tanto tiene las 3 opciones que da el art 41 ET, como son tragar, impugnar y por último rescindir el cto con 20 días año hasta un máximo de 9 mensualidades.
19/03/2014 17:55
Podría rescindir contrato vía art. 50 ET?
19/03/2014 18:02
50.1 a) y c) ET pero lo dudo mucho en el a) Puede usted alegar menoscabo de la dignidad pero no creo que el Juez trague y en el c) cualquier incumplimiento grave del empresario, la verdad no lo veo.
SMO.
19/03/2014 18:12
comentar también que en dicha propuesta se me respetaría el sueldo pero no cobraría ninguna comisión por hacer labores de comercial cuando otros compañeros de oficina siendo comerciales reciben su correspondiente comisión. me ponen de comercial pero me tratan de administrativa