Buenos días, hace mas de un año firne un convenio de separacion de mutuo acuerdo en el que la custodia de mi hijo se la quedaba mi exmujer. Ahora me estoy planteando pedir al menos la custodia compartida. Se podría hacer, y cuanto podria costar la demanda. Soy de sevilla. Muchas gracias
Si no han cambiado sustancialmente las circunstancias que existían hace un año, es improbable que prosperara una demanda de modificación de medidas.
En cuanto a lo que podría costar la demanda, los honorarios son libres, con lo que tendría que preguntar a los profesionales, abogado especialmente, el procurador, normalmente le indicará el abogado.
Por darle una idea, en mi plaza -ciudad pequeña de Castilla y León - por una demanda de modificación, sin grandes dificultades, podría tener un importe aproximado de 1.500 €, pero le interesa plantearse la viabilidad o inviabilidad de la misma, pues debe considerar que si se desestima de demanda, en muchas ocasiones -hay juzgados que no condenan en costas en procedimientos de familia, en los de mi ciudad si - aplican el criterio de vencimiento -si se pierde condenan en costas y hay que pagar las de la otra parte, demandada, en su caso, los de su exmujer-.
Estimado Caif,
Efectivamente se puede interesar una modificación de esas medidas definitivas, solicitándose que se cambie el régimen de custodia, de total a compartida, junto con otros extremos o no. Como bien dice Katia, es necesario que haya habido un cambio relativamente sustancial en las condiciones.
Con respecto a los honorarios, estos son libres y cada cual tiene sus criterios, de forma que yo sólo puedo conocer los de mi despacho. Para una demanda de modificación de medidas contenciosa, nuestros honorarios rondan los 900 euros, intento de mediación incluido y honorarios de procurador incluido también.
Le facilito nuestros datos para que, sin compromiso, nos contacte para asesorarle sobre la viabilidad del tema, por si quisiera contar con nuestros servicios. Estamos en Málaga y trabajamos presencialmente por toda Andalucía.
951 71 50 41
www.lariosabogados.es
Un cordial saludo.
ese cambio relativamente sustancial en las condiciones, podria ser por ejemplo que mi ex se vaya a otra localidad y se quiera llevar al menor, sacandolo del colegio y de todo su entorno?
Estimado Caif,
En principio, entiendo que esas circunstancias que describe ya suponen un cambio suficiente. El llevarse a un menor a otra localidad, dependiendo de la distancia a la que esté la otra localidad puede requerir, incluso, autorización judicial.