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Modificacion de contrato

4 Comentarios
 
Modificacion de contrato
21/11/2010 13:47
Hola llevo trabajando casi 4 meses con contrato de obra y servicio suplencia con 40 horas semanales y mi jefe me dice que tiene que modificarme el contrato a 20 horas semanales mi pregunta es tiene que notificarme dicha modificacion de contrato si o no gracias
21/11/2010 14:07
Tu jefe puede, modificarte el contrato a través de l art,41 del ET. Aviso,Creo que son 30 días de antelación.
No obstante interesa que le des un vistazo al art. 41.
También te puede rebajar el contrato a media jornada, a través del art. 12 con tú consentimiento.
No obstante es bueno que le des un vistazo a estos artículos en esta página Web.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.html
Saludos

21/11/2010 18:19
antonio1.... No das ni una.

No se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo ya que al amparo o en virtud del artículo 12.4 e) (TRLET)se estipula de tal modo.

El empresario no podrá tomar dicha decisión de modo unilateral, ya que para ello se necesita acuerdo mutuo entre ambas partes.

El empresario podrá tramitar tal reducción de jornada mediante una situación ERE de reducción de jornada siempre y cuando disponga de la autorización pertinente por parte de la autoridad laboral mediante una resolución estimatoria.

antonio1. Deja de asesorar de este modo.
21/11/2010 18:47
walsteve. En este caso el empresario deberá (si existe mutuo acuerdo) tramitarte la notificación de reducción de jornada además de notificar a la TGSS el nuevo código de contrato y el nuevo coeficiente.

Insisto, si existe mutuo acuerdo entre las partes.
21/11/2010 21:29
Muchas gracias antonio1 y mlag0053
Modificacion de contrato | PorticoLegal
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Modificacion de contrato
21/11/2010 13:47
Hola llevo trabajando casi 4 meses con contrato de obra y servicio suplencia con 40 horas semanales y mi jefe me dice que tiene que modificarme el contrato a 20 horas semanales mi pregunta es tiene que notificarme dicha modificacion de contrato si o no gracias
21/11/2010 14:07
Tu jefe puede, modificarte el contrato a través de l art,41 del ET. Aviso,Creo que son 30 días de antelación.
No obstante interesa que le des un vistazo al art. 41.
También te puede rebajar el contrato a media jornada, a través del art. 12 con tú consentimiento.
No obstante es bueno que le des un vistazo a estos artículos en esta página Web.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.html
Saludos

21/11/2010 18:19
antonio1.... No das ni una.

No se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo ya que al amparo o en virtud del artículo 12.4 e) (TRLET)se estipula de tal modo.

El empresario no podrá tomar dicha decisión de modo unilateral, ya que para ello se necesita acuerdo mutuo entre ambas partes.

El empresario podrá tramitar tal reducción de jornada mediante una situación ERE de reducción de jornada siempre y cuando disponga de la autorización pertinente por parte de la autoridad laboral mediante una resolución estimatoria.

antonio1. Deja de asesorar de este modo.
21/11/2010 18:47
walsteve. En este caso el empresario deberá (si existe mutuo acuerdo) tramitarte la notificación de reducción de jornada además de notificar a la TGSS el nuevo código de contrato y el nuevo coeficiente.

Insisto, si existe mutuo acuerdo entre las partes.
21/11/2010 21:29
Muchas gracias antonio1 y mlag0053