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Modificación de Medidas Definitivas- Familia

3 Comentarios
 
Modificación de medidas definitivas- familia
14/11/2013 21:24
Estimados compañer@s, me han designado un oficio en materia Dº Familia, mi cliente es la parte demandada y el procedimiento es modificacion de medidas definitivas reduccion de la cuantia de pension de alimentos... El problema que tengo es que han señalado juicio para mayo del 2014 y este mes mi clienta me informa que su expareja le ha ingresado la mitad de los alimentos a los que esta obligado por resolucion judicial, (hasta ahora ha pagado el importe integro y ahora sin motivo alguno la mitad)

y mis cuestiones son:

1-¿debo interponer demanda de ejecucion o comunicar al Juzgado esta situacion y que le aperciban ellos por ese incumplimiento?

2-¿al ser un asunto de oficio, si interpongo dda de ejecucion tambien me lo cubriria el oficio, o solo tengo que ceñirme a lo que se me asigno que es contestar a la dda de modificacion de medidas, y cualquier otra actuacion quedaria fuera?

Espero que me podais ayudar, pues es la primera vez que me veo en esta situacion y estoy un poco perdida.

Gracias de antemano,

Un saludo.
15/11/2013 08:04
Hasta que te modifiquen las medidas, la anterior sentencia es ejecutiva. Por tanto, debe ejecutar y para ello, debe recurrir al anterior abogado o solicitar otro pues tú sólo estás designado/a para la modificación de medidas. Lo que tienes que hacer es contactar con el colegio en caso de duda y orientar a tu cliente para que pueda o contactar con el anterior letrado o solicitar nuevamente la justicia gratuita para ejecutar la sentencia. Un saludo.
15/11/2013 15:11
Muchas gracias por tu pronta respuesta Nuria M.G.

Tal y como me indicaste llame al Colegio de Abogados y me dijeron exactamente lo mismo, por lo que ya he hablado con mi cliente y debera designar nuevamente abogado para instar esa ejecucion.
15/11/2013 20:55
Me alegro de haber sido de ayuda. Un saludo
Modificación de Medidas Definitivas- Familia | PorticoLegal
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Modificación de medidas definitivas- familia
14/11/2013 21:24
Estimados compañer@s, me han designado un oficio en materia Dº Familia, mi cliente es la parte demandada y el procedimiento es modificacion de medidas definitivas reduccion de la cuantia de pension de alimentos... El problema que tengo es que han señalado juicio para mayo del 2014 y este mes mi clienta me informa que su expareja le ha ingresado la mitad de los alimentos a los que esta obligado por resolucion judicial, (hasta ahora ha pagado el importe integro y ahora sin motivo alguno la mitad)

y mis cuestiones son:

1-¿debo interponer demanda de ejecucion o comunicar al Juzgado esta situacion y que le aperciban ellos por ese incumplimiento?

2-¿al ser un asunto de oficio, si interpongo dda de ejecucion tambien me lo cubriria el oficio, o solo tengo que ceñirme a lo que se me asigno que es contestar a la dda de modificacion de medidas, y cualquier otra actuacion quedaria fuera?

Espero que me podais ayudar, pues es la primera vez que me veo en esta situacion y estoy un poco perdida.

Gracias de antemano,

Un saludo.
15/11/2013 08:04
Hasta que te modifiquen las medidas, la anterior sentencia es ejecutiva. Por tanto, debe ejecutar y para ello, debe recurrir al anterior abogado o solicitar otro pues tú sólo estás designado/a para la modificación de medidas. Lo que tienes que hacer es contactar con el colegio en caso de duda y orientar a tu cliente para que pueda o contactar con el anterior letrado o solicitar nuevamente la justicia gratuita para ejecutar la sentencia. Un saludo.
15/11/2013 15:11
Muchas gracias por tu pronta respuesta Nuria M.G.

Tal y como me indicaste llame al Colegio de Abogados y me dijeron exactamente lo mismo, por lo que ya he hablado con mi cliente y debera designar nuevamente abogado para instar esa ejecucion.
15/11/2013 20:55
Me alegro de haber sido de ayuda. Un saludo