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modificación de medidas definitivas

5 Comentarios
 
Modificación de medidas definitivas
30/11/2006 17:48
Leyendo el art.769 LEC, no me queda muy claro quien es competente para conocer de una modificacion de medidas definitivas.
Si hay un cambio de domicilio por parte del demandante, por ejemplo, ¿seguirá siendo competente el tribunal que conocio de la separacion o divorcio?
¿Podrá conocer un nuevo tribunal de esta modificacion de medidas por entenderse que es un nuevo procediemiento y hay un nuevo domicilio?
Gracias.
01/12/2006 10:39
¿Siempre conocerá de la MMD el juzgado que conocio inicialmente de esa separacion o divorcio?
Por favor, necesito vuestra opinión.
Gracias
01/12/2006 11:57
Si es contencioso:
a) Si ambos viven en el lugar del último domicilio conyugal, será éste.
b) Si el demandante o demandado viven en distintos partidos judiciales, elige domicilio el demandante, y será o el del último domicilio conyugal o el del demandado.
Si hay mutuo acuerdo será el del último domicilio conyugal o el de cualquiera de los demandantes.
04/12/2006 10:26
muchas gracias patricia.
conoces algo de jurisprudencia en este sentido?
perdona la insistencia.
04/12/2006 17:21
Céfiro, entiendo que la ley es clara respecto al tribunal competente. De todas formas, buscate alguna LEC comentada, ahi encontrarás jurisprudencia, aunque con la nueva LEC, no creo que existan aún sentencias del Supremo en caso de controversia, si quizás de alguna Audiencia Provincial.
Un saludo.
04/12/2006 17:36
Gracias Patricia.
Miré jurisprudencia (varias LEC comentadas) y solo encontré sobre competencia territorial, pero nada sobre la c. objetiva.
Quizás sea por lo que comentas, que no es una cuestión problemática.
Seguiré mirando por si encuentro algo.
Muchas gracias compañera.
modificación de medidas definitivas | PorticoLegal
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Modificación de medidas definitivas
30/11/2006 17:48
Leyendo el art.769 LEC, no me queda muy claro quien es competente para conocer de una modificacion de medidas definitivas.
Si hay un cambio de domicilio por parte del demandante, por ejemplo, ¿seguirá siendo competente el tribunal que conocio de la separacion o divorcio?
¿Podrá conocer un nuevo tribunal de esta modificacion de medidas por entenderse que es un nuevo procediemiento y hay un nuevo domicilio?
Gracias.
01/12/2006 10:39
¿Siempre conocerá de la MMD el juzgado que conocio inicialmente de esa separacion o divorcio?
Por favor, necesito vuestra opinión.
Gracias
01/12/2006 11:57
Si es contencioso:
a) Si ambos viven en el lugar del último domicilio conyugal, será éste.
b) Si el demandante o demandado viven en distintos partidos judiciales, elige domicilio el demandante, y será o el del último domicilio conyugal o el del demandado.
Si hay mutuo acuerdo será el del último domicilio conyugal o el de cualquiera de los demandantes.
04/12/2006 10:26
muchas gracias patricia.
conoces algo de jurisprudencia en este sentido?
perdona la insistencia.
04/12/2006 17:21
Céfiro, entiendo que la ley es clara respecto al tribunal competente. De todas formas, buscate alguna LEC comentada, ahi encontrarás jurisprudencia, aunque con la nueva LEC, no creo que existan aún sentencias del Supremo en caso de controversia, si quizás de alguna Audiencia Provincial.
Un saludo.
04/12/2006 17:36
Gracias Patricia.
Miré jurisprudencia (varias LEC comentadas) y solo encontré sobre competencia territorial, pero nada sobre la c. objetiva.
Quizás sea por lo que comentas, que no es una cuestión problemática.
Seguiré mirando por si encuentro algo.
Muchas gracias compañera.