Situación....divorcio contencioso en 2015 donde los niños no pernoctaran con el padre hasta que este viviera en domicilio distinto al de los padres. Modificación de mutuo acuerdo en 2018 puntualizamos varios aspectos y mantenemos de mutuo acuerdo que no pernoctaran con el padre hasta que este viviera en domicilio distinto al de los padres. Ahora presenta otra demanda de modificación de medidas contencioso para que puedan pernoctar con el, pero su situación es la misma...sigue viviendo en casa de los padres. Mi pregunta...puede el juez concederle la pernocta cuando no ha habido ningún cambio en las circunstancias?....es decir, sigue viviendo en casa de los padres. Gracias
Perdona y tú donde vives con los niños?Los abuelos son mala gente?no entiendo él.problema de no poder dormir en la casa de sus abuelos junto con su padre...