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modificacion de medidas (tocho)

4 Comentarios
 
Modificacion de medidas (tocho)
06/01/2004 19:57
Hola, ando buscando informacion al respecto de los contenciosos en los que se slicitan revision de medidas. Mi caso, como el de muchos otros, es demasiado extenso como para aburrir al mas pintado, aun asi debo poner en antecedetes de mis motivos para solicitar esta informacion.
Me separe de una relacion de hecho hace 13 años de la que vive un hijo comun de 14 en estos dias. Desde entonces mantuvimos acuerdos verbales con respecto a los detalles mas importantes para ella: unicamente el tema de la pension. Cuando el crio tenia 10 años interpuso una demanda por impago de pensiones que posteriormente retiro: necesitava dinero y no se le ocurrio otra cosa para capitalizarse que pedir todos los años atrasados. Como digo la demanda no prospero y pocos meses despues me entregaba a nuestro hijo a mi custodia alegando problemas psicologicos. Varios meses despues de estar el crio en mi domicilio, escolarizado, empadronado etc. y ante mi craso error de no haber formalizado la situacion judicialmetne (aunque ella me habia firmado un documento en el que entregaba libremente el niño y me liberaba de cargas economicas a condicion de que ella no abonara ninguna pension) un dia simplemente no devolvio en niño al domicilio paterno, el mio. Luche con uñas y dientes y finalmente, atendiendo el deseo del crio, ella forzo un acuerdo en forma de convenio regulador en el que ella disponia de la guarda y custodia de nuevo con los regimenes habituales en estos casos y una pension que ella estipulo seria de 35.000 pesetas que con los incrementos anuales hoy en dia esta en 40.000 pesetas. Hoy, solo tres años despues, vuelve al ataque con una demanda solicitando 450 euros, mas del doble de la pension actual. llebo tres gastos judiciales en menos de 6 años por demandas y me pregunto cuando se acabara esto? no hay limite para demandar a una persona solicitando ampliaciones de la pension? donde puedo leer jurisprudencia al respecto? mañana dia 7 empieza el plazo de 20 dias para responder esta nueva demanda. Mañana mismo me pongo a buscar abogado pero hay me va un nuevo gasto que no he buscado. Ella no ha trabajado jamas y se beneficia de la justicia gratuita, supongo que si tubiera que pagar los gastos ella, no iria cada dos por tres a solicitar aumentos de pension. Tengo dos hijos mas, uno de los cuales de año y medio, y todos los gastos habituales de una familia con hipoteca incluida. Ella unicamente aporta justificantes de haberse gastado en todo el ejercicio 2003 apneas 300 euros en el niño, cuando yo le he entregado casi 3000. Vive junto a sus padres que son los que v3erdaderamente sustentan a mi hijo y a otra hija suya fruto de otra relacion que ella tubo de forma infructuosa, mientras ella se gasta las pensiones, tanto mia como del otro como una que cobra de la generalitat de cataluña, en vaya usted a saber que. Estoy que me muero de rabia porque aunque el juez no le de lo que pide yo tendre que gastarme un buen dinero en defender mi situacion economica. Necesito un poco de luz o alguna direccion donde poder culturizarme.
Perdonen el tocho y gracias por haber llegado hasta aqui.
Eduard Pascual
07/01/2004 08:44
La modificación de las medidas adoptadas en el C. Regulador que firmasteis no debe prosperar si no ha habido una modificación substancial de las circunstancias. Sin embargo debes acudir con abogado y procurador al procedimiento ya que de lo contrario no puede que tus derechos no sean puestos de manifiesto correctamente. Si no prospera la modificación, como es de esperar, el juez probablemente la condene en costas con objeto de q tú no tengas que soportar los gastos del litigio al que te has visto obligado a acudir. Sin embargo, si tiene concedido el beneficio de justicia gratuita, esa condena en costas en la práctica servirá de poco.
07/01/2004 15:07
Gracias Manu por contestar. "modificacion substancial" a ver... el crio continua igual que entonces pero con tres años mas, gasta igual en colegio, en ropa i en actividades extraescolares. Yo por mi parte pecibo 40.000 pesetas mas al mes que hace tres años, que responden al incremento IPC y a un plus de 10.000 pesetas mas por nueva responsabilidad laboral. Por contra el convenio hablaba de pension de 35.000 pesetas que se han aumentado hasta 40.000 en estos tres años como medida IPC. Ademas cuando se redacto ese convenio yo no tenia que pagar ninguna hipoeta y en este momento si la pago. Ademas hoy soy padre de una niña de 1,5 años que no existia en aquel entonces.

Son esto modificaiones substanciales??
Son estas modificaciones substanciales a favor de ella o mio??

Tengo claro que acudire al llamamiento en legal forma, tan claro como que tendre que gastar de nuevo sin cobrar un centimo aunque el juez me de la razon.

Eduard Pascual
Gracias de nuevo
07/01/2004 15:11
Otra duda mas:

Me corresponde a mi demostrar que gano mas??? no deberia ser ella la que demostrase eso? pregunto porque en la contestacion puedo obviar el sueldo que tengo ahora?? no me importa declararlo al juez porque tambien tengo muchos mas gastos, pero me fastidia dar las mismas explicaciones que hace tres años.
08/01/2004 08:42
En cuanto a la 1ª cuestión cuando hablo de modificación substancial me refiero tanto a las circunstancias del alimentante como del alimentado. Según me explicas tu hijo tiene las mismas necesidades, pero tu tienes más responsabilidades, con lo que esto supone igualmente una mod. subst. pero a tu favor. Puedes, ya que te ves obligado a acudir al procedimiento contestar a la demanda de mod. de medidas y reconvenir, esto es plantear en el mismo procedimiento tu demanda de modificación a la baja por las circunstancias que me expones.
Por otro lado en cuanto a la prueba, por supuesto que tú no tienes que demostrar tu sueldo, sino las circunstancias en las que bases tus alegaciones (tus nuevas obligaciones). Lo que pasa es que como tus haberes no han aumentado en exceso, sería una prueba de buena fe procesal aportarlos tú aunque te perjudiquen, ya que la otra parte lo puede conseguir fácilmente.
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06/01/2004 19:57
Hola, ando buscando informacion al respecto de los contenciosos en los que se slicitan revision de medidas. Mi caso, como el de muchos otros, es demasiado extenso como para aburrir al mas pintado, aun asi debo poner en antecedetes de mis motivos para solicitar esta informacion.
Me separe de una relacion de hecho hace 13 años de la que vive un hijo comun de 14 en estos dias. Desde entonces mantuvimos acuerdos verbales con respecto a los detalles mas importantes para ella: unicamente el tema de la pension. Cuando el crio tenia 10 años interpuso una demanda por impago de pensiones que posteriormente retiro: necesitava dinero y no se le ocurrio otra cosa para capitalizarse que pedir todos los años atrasados. Como digo la demanda no prospero y pocos meses despues me entregaba a nuestro hijo a mi custodia alegando problemas psicologicos. Varios meses despues de estar el crio en mi domicilio, escolarizado, empadronado etc. y ante mi craso error de no haber formalizado la situacion judicialmetne (aunque ella me habia firmado un documento en el que entregaba libremente el niño y me liberaba de cargas economicas a condicion de que ella no abonara ninguna pension) un dia simplemente no devolvio en niño al domicilio paterno, el mio. Luche con uñas y dientes y finalmente, atendiendo el deseo del crio, ella forzo un acuerdo en forma de convenio regulador en el que ella disponia de la guarda y custodia de nuevo con los regimenes habituales en estos casos y una pension que ella estipulo seria de 35.000 pesetas que con los incrementos anuales hoy en dia esta en 40.000 pesetas. Hoy, solo tres años despues, vuelve al ataque con una demanda solicitando 450 euros, mas del doble de la pension actual. llebo tres gastos judiciales en menos de 6 años por demandas y me pregunto cuando se acabara esto? no hay limite para demandar a una persona solicitando ampliaciones de la pension? donde puedo leer jurisprudencia al respecto? mañana dia 7 empieza el plazo de 20 dias para responder esta nueva demanda. Mañana mismo me pongo a buscar abogado pero hay me va un nuevo gasto que no he buscado. Ella no ha trabajado jamas y se beneficia de la justicia gratuita, supongo que si tubiera que pagar los gastos ella, no iria cada dos por tres a solicitar aumentos de pension. Tengo dos hijos mas, uno de los cuales de año y medio, y todos los gastos habituales de una familia con hipoteca incluida. Ella unicamente aporta justificantes de haberse gastado en todo el ejercicio 2003 apneas 300 euros en el niño, cuando yo le he entregado casi 3000. Vive junto a sus padres que son los que v3erdaderamente sustentan a mi hijo y a otra hija suya fruto de otra relacion que ella tubo de forma infructuosa, mientras ella se gasta las pensiones, tanto mia como del otro como una que cobra de la generalitat de cataluña, en vaya usted a saber que. Estoy que me muero de rabia porque aunque el juez no le de lo que pide yo tendre que gastarme un buen dinero en defender mi situacion economica. Necesito un poco de luz o alguna direccion donde poder culturizarme.
Perdonen el tocho y gracias por haber llegado hasta aqui.
Eduard Pascual
07/01/2004 08:44
La modificación de las medidas adoptadas en el C. Regulador que firmasteis no debe prosperar si no ha habido una modificación substancial de las circunstancias. Sin embargo debes acudir con abogado y procurador al procedimiento ya que de lo contrario no puede que tus derechos no sean puestos de manifiesto correctamente. Si no prospera la modificación, como es de esperar, el juez probablemente la condene en costas con objeto de q tú no tengas que soportar los gastos del litigio al que te has visto obligado a acudir. Sin embargo, si tiene concedido el beneficio de justicia gratuita, esa condena en costas en la práctica servirá de poco.
07/01/2004 15:07
Gracias Manu por contestar. "modificacion substancial" a ver... el crio continua igual que entonces pero con tres años mas, gasta igual en colegio, en ropa i en actividades extraescolares. Yo por mi parte pecibo 40.000 pesetas mas al mes que hace tres años, que responden al incremento IPC y a un plus de 10.000 pesetas mas por nueva responsabilidad laboral. Por contra el convenio hablaba de pension de 35.000 pesetas que se han aumentado hasta 40.000 en estos tres años como medida IPC. Ademas cuando se redacto ese convenio yo no tenia que pagar ninguna hipoeta y en este momento si la pago. Ademas hoy soy padre de una niña de 1,5 años que no existia en aquel entonces.

Son esto modificaiones substanciales??
Son estas modificaciones substanciales a favor de ella o mio??

Tengo claro que acudire al llamamiento en legal forma, tan claro como que tendre que gastar de nuevo sin cobrar un centimo aunque el juez me de la razon.

Eduard Pascual
Gracias de nuevo
07/01/2004 15:11
Otra duda mas:

Me corresponde a mi demostrar que gano mas??? no deberia ser ella la que demostrase eso? pregunto porque en la contestacion puedo obviar el sueldo que tengo ahora?? no me importa declararlo al juez porque tambien tengo muchos mas gastos, pero me fastidia dar las mismas explicaciones que hace tres años.
08/01/2004 08:42
En cuanto a la 1ª cuestión cuando hablo de modificación substancial me refiero tanto a las circunstancias del alimentante como del alimentado. Según me explicas tu hijo tiene las mismas necesidades, pero tu tienes más responsabilidades, con lo que esto supone igualmente una mod. subst. pero a tu favor. Puedes, ya que te ves obligado a acudir al procedimiento contestar a la demanda de mod. de medidas y reconvenir, esto es plantear en el mismo procedimiento tu demanda de modificación a la baja por las circunstancias que me expones.
Por otro lado en cuanto a la prueba, por supuesto que tú no tienes que demostrar tu sueldo, sino las circunstancias en las que bases tus alegaciones (tus nuevas obligaciones). Lo que pasa es que como tus haberes no han aumentado en exceso, sería una prueba de buena fe procesal aportarlos tú aunque te perjudiquen, ya que la otra parte lo puede conseguir fácilmente.