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Modificacion inicio de curso escolar en Asturias

1 Comentarios
 
modificacion inicio de curso escolar en asturias
11/07/2012 20:44
Para vuesta informacion os paso la resolucion donde informa de la variacion del inicio del curso 2012-2013, para el tema de las vacaciones con los hijos comunes.

Resolución de 6 de julio de 2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica la Resolución de 11 de abril de 2012, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2012-2013 (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 12 de mayo del 2012).
D
e conformidad con la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y con las disposiciones que regulan la organización de los Centros Públicos y Privados en los niveles educativos no universitarios; con el acuerdo de la Junta de Personal Docente y los Sindicatos representativos de la enseñanza privada, y previa audiencia a las Federaciones de Padres de Alumnos y habiendo sido convocados a la reunión celebrada al efecto,
RESUEL
VO
Único.—Modificar el punto 2 del anexo de la Resolución de 11 de abril por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2012-2013 (BOPA de 25-V-2012), que queda redactado como sigue:
“2.—El inicio de las clases se efectuará en septiembre.
D
ía 13: Educación Infantil, Primaria, y Educación Especial.
D
ía 17: Educación Secundaria Obligatoria y demás enseñanzas (Bachillerato, Formación Profesional, Artísticas, Idiomas y Deportivas).”
Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
O
viedo, a 6 de julio de 2012.—La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, Ana González Rodríguez.—Cód. 2012-
11/07/2012 20:50
Ahora algunos progenitores seguro que tocan las narices con este cambio, no vaya ser que le toque uno o dos dias mas a su ex :( con los hijos, a mi seguro que me toca....
Modificacion inicio de curso escolar en Asturias | PorticoLegal
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modificacion inicio de curso escolar en asturias
11/07/2012 20:44
Para vuesta informacion os paso la resolucion donde informa de la variacion del inicio del curso 2012-2013, para el tema de las vacaciones con los hijos comunes.

Resolución de 6 de julio de 2012, de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se modifica la Resolución de 11 de abril de 2012, por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2012-2013 (Boletín Oficial del Principado de Asturias de 12 de mayo del 2012).
D
e conformidad con la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y con las disposiciones que regulan la organización de los Centros Públicos y Privados en los niveles educativos no universitarios; con el acuerdo de la Junta de Personal Docente y los Sindicatos representativos de la enseñanza privada, y previa audiencia a las Federaciones de Padres de Alumnos y habiendo sido convocados a la reunión celebrada al efecto,
RESUEL
VO
Único.—Modificar el punto 2 del anexo de la Resolución de 11 de abril por la que se aprueba el calendario escolar para el curso 2012-2013 (BOPA de 25-V-2012), que queda redactado como sigue:
“2.—El inicio de las clases se efectuará en septiembre.
D
ía 13: Educación Infantil, Primaria, y Educación Especial.
D
ía 17: Educación Secundaria Obligatoria y demás enseñanzas (Bachillerato, Formación Profesional, Artísticas, Idiomas y Deportivas).”
Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
O
viedo, a 6 de julio de 2012.—La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, Ana González Rodríguez.—Cód. 2012-
11/07/2012 20:50
Ahora algunos progenitores seguro que tocan las narices con este cambio, no vaya ser que le toque uno o dos dias mas a su ex :( con los hijos, a mi seguro que me toca....