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28/12/2020 15:18
Hola, soy interina en una administración pública con año y medio de antiguedad, ya hay ope y esperamos convocatoria pero, ahora leo esto:
«Disposición transitoria décima. Turno especial de acceso a cuerpos, escalas y categorías que no han sido objeto de oferta de empleo público con posterioridad a 1 de enero de 2010.
1. Las Administraciones Públicas podrán efectuar, con carácter excepcional y por una sola vez, convocatorias de pruebas selectivas mediante turno especial de acceso a cuerpos, escalas o categorías que no hayan sido objeto de oferta de empleo público con posterioridad a 1 de enero de 2010, o aquellas que hayan tenido una oferta insignificante.
2. Podrá participar en este turno especial de acceso, el personal en régimen de interinidad que, en el momento de publicarse la convocatoria, acredite un mínimo de diez años de servicios prestados en los cuerpos, escalas o categorías objeto de convocatoria.
3. El sistema selectivo del turno especial de acceso es el de concurso oposición. La fase de oposición constará de una única prueba selectiva eliminatoria de carácter teorico-práctico que guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria.
4. En las ofertas de empleo público se podrá reservar hasta un 70 por ciento de las plazas para el turno especial de acceso a que hacer referencia esta disposición.»

Alguien puede decir si esto afecta a las opes ya publicada y pendientes de convocar o si serán para las plazas que no han salido desde 2010 tal como se explica en la frase de arriba? ¿Cómo afecta el punto cuatro a las opes ya publicadas? gracias.
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1. Las Administraciones Públicas podrán efectuar, con carácter excepcional y por una sola vez, convocatorias de pruebas selectivas mediante turno especial de acceso a cuerpos, escalas o categorías que no hayan sido objeto de oferta de empleo público con posterioridad a 1 de enero de 2010, o aquellas que hayan tenido una oferta insignificante.
2. Podrá participar en este turno especial de acceso, el personal en régimen de interinidad que, en el momento de publicarse la convocatoria, acredite un mínimo de diez años de servicios prestados en los cuerpos, escalas o categorías objeto de convocatoria.
3. El sistema selectivo del turno especial de acceso es el de concurso oposición. La fase de oposición constará de una única prueba selectiva eliminatoria de carácter teorico-práctico que guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria.
4. En las ofertas de empleo público se podrá reservar hasta un 70 por ciento de las plazas para el turno especial de acceso a que hacer referencia esta disposición.»

Alguien puede decir si esto afecta a las opes ya publicada y pendientes de convocar o si serán para las plazas que no han salido desde 2010 tal como se explica en la frase de arriba? ¿Cómo afecta el punto cuatro a las opes ya publicadas? gracias.