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Modificar testamento para control de una sociedad

6 Comentarios
 
Modificar testamento para control de una sociedad
13/09/2020 12:41
Buenos días, mi hermano y yo tenemos dos empresas, una Sociedad Anónima y otra Limitada, de las cuales somos administradores únicos, yo la anónima y mi hermano la limitada. Tenemos el mismo porcentaje de acciones y participaciones, un 33% en cada una y un apoderamiento para la empresa en la que no somos administrador. Estamos casados, yo en separación de bienes y mi hermano en gananciales. Los dos tenemos dos hijos menores de edad. Mi consulta es que queremos establecer en el testamento que si uno de los dos muere el otro asuma el control de la sociedad hasta que los hijos sean mayores de edad. Esto es para evitar que nuestras parejas no puedan interferir en las decisiones de las sociedades, en caso de fallecimiento de mi hermano o mío. Habíamos pensado en la posibilidad de ceder en el testamento una o dos acciones al otro socio para así ser mayoritario y evitar cualquier problema. No sé si esta podría ser la solución o sino a ver si alguien me puede aconsejar para poder saber cómo hacerlo correctamente. Un saludo y gracias.
14/09/2020 09:01
Este asunto lo pueden solucionar en términos estrictamente mercantiles, es decir, poniendo las acciones al portador, haciendo una reducción de capital o una transmisión en favor de una sociedad off shore, pignorando las acciones en favor del hermano superviviente...pero lo que pretenden (constitución de una administración sobre las acciones y participaciones ) podría colisionar con magnitudes indisponibles, como las legítimas, la patria potestad en cuanto a la administración de los bienes. Se les recomienda el foro de derecho mercantil.
14/09/2020 11:43
Grisolía
Independientemente de que pasar parte de las acciones al hermano sobreviviente, mejoraria a los hijos de este, en detrimento de los hijos del hermano fallecido. Cosa que imagino no es lo que desean.
14/09/2020 16:08
Muchas gracias a los dos por la respuesta. Es verdad que puede haber problemas con la legítima y el detrimento de los otros hijos. Voy a hacer la consulta en el foro mercantil.
17/09/2020 11:08
contnom
Me ha surgido una duda respecto a la acción que una de las partes recibiría en caso de fallecimiento. Es verdad que al ceder un acción, los hijos del fallecido quedan perjudicados. Pero si la otra parte, una vez fallecido uno, modifica en ese momento su testamento y la acción que tiene de más se la da a sus sobrinos cuando fallezca? Gracias y un saludo.
17/09/2020 12:10
Jamás un testamento puede entrar a formar parte de un trato ni de un plan de futuro. El testamento es un acto personalísimo, tan cambiante como los lances de la vida, no sujeto a negociación y, en fin, conectar testamento a futuras transacciones es fútil.
17/09/2020 12:54
contnom
Perdone, pero no compliquen tanto una cosa tan sencilla como es nombrarse mutuamente administradores de los bienes de los menores. Pueden hacerlo perfectamente, y no sería rebatible ya que existe vinculo de parentesco con los sobrinos.
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13/09/2020 12:41
Buenos días, mi hermano y yo tenemos dos empresas, una Sociedad Anónima y otra Limitada, de las cuales somos administradores únicos, yo la anónima y mi hermano la limitada. Tenemos el mismo porcentaje de acciones y participaciones, un 33% en cada una y un apoderamiento para la empresa en la que no somos administrador. Estamos casados, yo en separación de bienes y mi hermano en gananciales. Los dos tenemos dos hijos menores de edad. Mi consulta es que queremos establecer en el testamento que si uno de los dos muere el otro asuma el control de la sociedad hasta que los hijos sean mayores de edad. Esto es para evitar que nuestras parejas no puedan interferir en las decisiones de las sociedades, en caso de fallecimiento de mi hermano o mío. Habíamos pensado en la posibilidad de ceder en el testamento una o dos acciones al otro socio para así ser mayoritario y evitar cualquier problema. No sé si esta podría ser la solución o sino a ver si alguien me puede aconsejar para poder saber cómo hacerlo correctamente. Un saludo y gracias.
14/09/2020 09:01
Este asunto lo pueden solucionar en términos estrictamente mercantiles, es decir, poniendo las acciones al portador, haciendo una reducción de capital o una transmisión en favor de una sociedad off shore, pignorando las acciones en favor del hermano superviviente...pero lo que pretenden (constitución de una administración sobre las acciones y participaciones ) podría colisionar con magnitudes indisponibles, como las legítimas, la patria potestad en cuanto a la administración de los bienes. Se les recomienda el foro de derecho mercantil.
14/09/2020 11:43
Grisolía
Independientemente de que pasar parte de las acciones al hermano sobreviviente, mejoraria a los hijos de este, en detrimento de los hijos del hermano fallecido. Cosa que imagino no es lo que desean.
14/09/2020 16:08
Muchas gracias a los dos por la respuesta. Es verdad que puede haber problemas con la legítima y el detrimento de los otros hijos. Voy a hacer la consulta en el foro mercantil.
17/09/2020 11:08
contnom
Me ha surgido una duda respecto a la acción que una de las partes recibiría en caso de fallecimiento. Es verdad que al ceder un acción, los hijos del fallecido quedan perjudicados. Pero si la otra parte, una vez fallecido uno, modifica en ese momento su testamento y la acción que tiene de más se la da a sus sobrinos cuando fallezca? Gracias y un saludo.
17/09/2020 12:10
Jamás un testamento puede entrar a formar parte de un trato ni de un plan de futuro. El testamento es un acto personalísimo, tan cambiante como los lances de la vida, no sujeto a negociación y, en fin, conectar testamento a futuras transacciones es fútil.
17/09/2020 12:54
contnom
Perdone, pero no compliquen tanto una cosa tan sencilla como es nombrarse mutuamente administradores de los bienes de los menores. Pueden hacerlo perfectamente, y no sería rebatible ya que existe vinculo de parentesco con los sobrinos.