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Monitorio:Representación

5 Comentarios
 
Monitorio:representación
22/09/2020 13:13
Buenos días,
Me comentan el otro día que para llevar a un vecino a un monitorio no es necesario abogado y procurador, que solamente se necesitan estos dos profesionales si hubiera ejecución de sentencia. ¿Esto es así?
Porque en mi comunidad llevaron a dos vecinos y el administrador puso abogado y procurador, los dos relacionados con él.
Me podéis aclarar algo sobre este tema.
Gracias. Espero vuestros comentarios.
22/09/2020 14:01
Valeriaron
Creo que no es necesario pero sí voluntario.
Vuestro administrador seguramente quiso dar trabajo a esos conocidos. No obstante, como suele haber condena en costas, no hay perjuicio para la comunidad.
22/09/2020 15:03
si la deuda es inferior a 2000€ no se necesita abogado ni procurador
22/09/2020 16:24
jalisco
Juan S. El abogado y procurador cobraron de la comunidad, y también tuvo el vecino condena en costas. En las cuentas aparecen cobros por el monitorio. Y recuerdo que uno de los vecinos, amigos del administrador, le dice al moroso: nos has costado dinero, si fuera como usted dice no lo hubiera dicho. Seguro que el Admnistrador les cuenta las cosas como quiere, vamos que estoy segura y cobran todos por todos los lados (el administrador, el abogado y procurador).
Pues sí, la deuda era muy inferior a 2000 €, pero nuestro administrador es una joya.

En las cuentas como lo tiene que reflejar el administrador? Tiene que aparecer, como ingreso, el dinero que tuvo que pagar el moroso y como gasto el cobro del abogado y procurador?

Gracias a los dos por las respuestas.
22/09/2020 19:21
Valeriaron
Es normal que la comunidad pague su abogado y procurador, pero al condenar en costas a la parte contraria, el abogado tiene que liquidar y cobrar esas costas (abogado y procurador) e ingresarlo en la cuenta de la comunidad. Al final, como decía aquel "las gallinas que entran por las gallinas que salen".
25/09/2020 21:06
Juan S
Es recomendable el abogado y procurador aunque sea la reclamación menor de 2000€.
Se supone que es la mejor forma de no cometer un error y que "el moroso no se vaya de rositas"
Monitorio:Representación | PorticoLegal
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22/09/2020 13:13
Buenos días,
Me comentan el otro día que para llevar a un vecino a un monitorio no es necesario abogado y procurador, que solamente se necesitan estos dos profesionales si hubiera ejecución de sentencia. ¿Esto es así?
Porque en mi comunidad llevaron a dos vecinos y el administrador puso abogado y procurador, los dos relacionados con él.
Me podéis aclarar algo sobre este tema.
Gracias. Espero vuestros comentarios.
22/09/2020 14:01
Valeriaron
Creo que no es necesario pero sí voluntario.
Vuestro administrador seguramente quiso dar trabajo a esos conocidos. No obstante, como suele haber condena en costas, no hay perjuicio para la comunidad.
22/09/2020 15:03
si la deuda es inferior a 2000€ no se necesita abogado ni procurador
22/09/2020 16:24
jalisco
Juan S. El abogado y procurador cobraron de la comunidad, y también tuvo el vecino condena en costas. En las cuentas aparecen cobros por el monitorio. Y recuerdo que uno de los vecinos, amigos del administrador, le dice al moroso: nos has costado dinero, si fuera como usted dice no lo hubiera dicho. Seguro que el Admnistrador les cuenta las cosas como quiere, vamos que estoy segura y cobran todos por todos los lados (el administrador, el abogado y procurador).
Pues sí, la deuda era muy inferior a 2000 €, pero nuestro administrador es una joya.

En las cuentas como lo tiene que reflejar el administrador? Tiene que aparecer, como ingreso, el dinero que tuvo que pagar el moroso y como gasto el cobro del abogado y procurador?

Gracias a los dos por las respuestas.
22/09/2020 19:21
Valeriaron
Es normal que la comunidad pague su abogado y procurador, pero al condenar en costas a la parte contraria, el abogado tiene que liquidar y cobrar esas costas (abogado y procurador) e ingresarlo en la cuenta de la comunidad. Al final, como decía aquel "las gallinas que entran por las gallinas que salen".
25/09/2020 21:06
Juan S
Es recomendable el abogado y procurador aunque sea la reclamación menor de 2000€.
Se supone que es la mejor forma de no cometer un error y que "el moroso no se vaya de rositas"