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Monitorio si, monitorio no

7 Comentarios
 
Monitorio si, monitorio no
22/05/2012 18:49
Muy Buenas a todos. Pues la verdad es que quería recabar opiniones acerca de la utilidad o no de iniciar un Monitorio. Yo, en principio lo tenia bastante claro pero el Procurador me ha quitado un poco la idea de la cabeza.
Se trata de una reclamación de deuda por el impago parcial de una factura. Lo dicho: me gustaría tener opiniones acerca de si lo planteo o me voy directamente a un Ordinario.

Muchas Gracias a todos de antemano.
A un ordinario?? depende de la materia o fondo del asunto, y de la cantidad a reclamar, si fuera más de 6000€ corresponde el ordinario, si no sería un verbal, pero repito depende de lo que tengas entre manos. Saludos
23/05/2012 20:48
Vaya profesional te has buscado...

Precisamente para eso es el monitorio. Sólo tienes que tener en cuenta que en el monitorio no puedes pedir intereses (no pactados) y en el ordinario sí.

Un saludo.
23/05/2012 23:02
Pues depende de la previsible oposición y la carga de trabajo del juzgado puede ser un muy buen consejo. El monitorio es la panacea de la reclamación de deuda para los que no han pisado un juzgado en su vida... Si crees que se van a oponer y el juzgado va muy saturado piensa que te gastarás más dinero para tardar más en tener un título ejecutivo. Si por el contrario no lo ves así o quieres apostar, inicia el monitorio...
24/05/2012 12:17
El monitorio es el procedimiento por antonomasia en reclamación de deudas, ya que en veinte días si el deudor no paga o no presenta oposición se insta ejecución.
Por otro lado, las tasas a pagar son menores.
24/05/2012 12:18
Quiero decir con lo anterior, que los plazos son más cortos que en un ordinario.
25/05/2012 14:15
Yo iba decir lo mismo que Morinelli,

Ahora mismo estoy con una reclamación por impago de renta en un arrendamiento. Y estaba en monitorio si, monitorio no.

Solución: He apostado por el monitorio. Me ciño al indiscutible quantum de la renta impagada (dejando atrás otras cuestiones) y no preveo oposición.
28/05/2012 09:59
Muchas Gracias a todos por vuestras respuestas. Al final he optado por el Monitorio, a ver si hay suerte y el contrario no se opone y podemos ir directamente a una ejecución.
Monitorio si, monitorio no | PorticoLegal
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Monitorio si, monitorio no
22/05/2012 18:49
Muy Buenas a todos. Pues la verdad es que quería recabar opiniones acerca de la utilidad o no de iniciar un Monitorio. Yo, en principio lo tenia bastante claro pero el Procurador me ha quitado un poco la idea de la cabeza.
Se trata de una reclamación de deuda por el impago parcial de una factura. Lo dicho: me gustaría tener opiniones acerca de si lo planteo o me voy directamente a un Ordinario.

Muchas Gracias a todos de antemano.
A un ordinario?? depende de la materia o fondo del asunto, y de la cantidad a reclamar, si fuera más de 6000€ corresponde el ordinario, si no sería un verbal, pero repito depende de lo que tengas entre manos. Saludos
23/05/2012 20:48
Vaya profesional te has buscado...

Precisamente para eso es el monitorio. Sólo tienes que tener en cuenta que en el monitorio no puedes pedir intereses (no pactados) y en el ordinario sí.

Un saludo.
23/05/2012 23:02
Pues depende de la previsible oposición y la carga de trabajo del juzgado puede ser un muy buen consejo. El monitorio es la panacea de la reclamación de deuda para los que no han pisado un juzgado en su vida... Si crees que se van a oponer y el juzgado va muy saturado piensa que te gastarás más dinero para tardar más en tener un título ejecutivo. Si por el contrario no lo ves así o quieres apostar, inicia el monitorio...
24/05/2012 12:17
El monitorio es el procedimiento por antonomasia en reclamación de deudas, ya que en veinte días si el deudor no paga o no presenta oposición se insta ejecución.
Por otro lado, las tasas a pagar son menores.
24/05/2012 12:18
Quiero decir con lo anterior, que los plazos son más cortos que en un ordinario.
25/05/2012 14:15
Yo iba decir lo mismo que Morinelli,

Ahora mismo estoy con una reclamación por impago de renta en un arrendamiento. Y estaba en monitorio si, monitorio no.

Solución: He apostado por el monitorio. Me ciño al indiscutible quantum de la renta impagada (dejando atrás otras cuestiones) y no preveo oposición.
28/05/2012 09:59
Muchas Gracias a todos por vuestras respuestas. Al final he optado por el Monitorio, a ver si hay suerte y el contrario no se opone y podemos ir directamente a una ejecución.