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Monitorio

8 Comentarios
 
04/10/2006 10:02
Las costa además, en mi opinión, son todos aquellos gastos que te haya podido ocasionar la reclamación, asi que imagina que por ejemplo no tuvieras constancia del domicilio del deudor y tuvieras que publicar edictos para que se localizaran, esor irian a cargo tuyo, lo cual luego se pueden repercutir.
No es molestia, a veces hay cosas que se nos escapan y aqui puedes verles una salida.
03/10/2006 20:15
Gracias. Es que yo no entendía muy bien que son las "costas", pero ya me ha quedado claro. Siento si he molestado. Muy amable por contestar.
03/10/2006 20:06
Al juzgado siempre hay q llevar originales, una vez presentado puede pedir q se los devuelvan.
Si usted no contrata abogado ni procurador y por tanto se ahorra sus minutas y las costas son, entre otras cosas, precisamente para pagar esas minutas en caso de ganar el asunto, ¿cree usted q puede exigir el reintegro por un gasto q no ha hecho? por si aún tiene dudas ya le digo yo q no. Saludos¡
03/10/2006 19:37
Muchas gracias. Solo dos preguntas más y ya no molesto!

primero: junto con el escrito presento documentos originales o basta con copia.

segundo: si el monitorio voy sin abogado ni procurador puedo exigir costas??

Gracias por la paciencia. Prometo no hacer más preguntas.
03/10/2006 17:24
monti, cuando se insta un monitorio es cierto que no es necesario ni abogado ni procurador. El juzgado correspondiente lo que hara será notificar el inicio del monitorio al deudor quien tiene 20 días (habiles) para o bien oponerse o bien no hacer nada. Normalmente, si realmente tienes una factura o documento de de los recogidos en el artículo 812 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.En el caso de que no se oponga puedes solicitar el embargo de bienes para cubrir la cantidad adeudada. en el caso de que se oponga, si lo tienes bien ligado y se reconoce judicialmente la deuda, puedes solicitar las costas.
Si tienes dudas acude a un abogado, que no solo entran en sala, sino que tambien estan para solucionar dudas, y valora si te merece la pena.
30/09/2006 14:53
Buenas tardes, he mirado por internet y por lo que veo si luego él deudor se opone a pagarme la cosa derivará en un juicio creo que ponía "verbal". Entonces ahí sí que necesitaré abogado? Lo digo porque por la cuantía que se me debe sí me vale la pena intentar el monitorio pero el verbal si he de pagar abogado y procurador no. Si fueran tan amables de aclarareme esto. O si el deudor se opone puedo entonces yo reunciar al "verbal".
29/09/2006 20:40
muchas gracias! no lo sabía!!!
29/09/2006 19:27
Si se pasa por el Juzgado decano de Barcelona podrá rellenar un impreso presentando dicha demanda de procedimiento monitorio sin necesidad de abogado y procurador.

Para más detalles, acuda a dicho juzgado. Puede empezar por ejemplo por aquí:

Oficina Deganat jutjats 1a Instància Barcelona Via Laietana, 2 tel 93 2304651
Monitorio
29/09/2006 16:34
Monitorio por 300 euros puede ir encabezado por un particular y dirigido aljuzgado? sin abogado ni procurador? donde lo he d epresentar? en el juzgado de primera instancia? Soy de barcelona, dónde lo presento?
Monitorio | PorticoLegal
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04/10/2006 10:02
Las costa además, en mi opinión, son todos aquellos gastos que te haya podido ocasionar la reclamación, asi que imagina que por ejemplo no tuvieras constancia del domicilio del deudor y tuvieras que publicar edictos para que se localizaran, esor irian a cargo tuyo, lo cual luego se pueden repercutir.
No es molestia, a veces hay cosas que se nos escapan y aqui puedes verles una salida.
03/10/2006 20:15
Gracias. Es que yo no entendía muy bien que son las "costas", pero ya me ha quedado claro. Siento si he molestado. Muy amable por contestar.
03/10/2006 20:06
Al juzgado siempre hay q llevar originales, una vez presentado puede pedir q se los devuelvan.
Si usted no contrata abogado ni procurador y por tanto se ahorra sus minutas y las costas son, entre otras cosas, precisamente para pagar esas minutas en caso de ganar el asunto, ¿cree usted q puede exigir el reintegro por un gasto q no ha hecho? por si aún tiene dudas ya le digo yo q no. Saludos¡
03/10/2006 19:37
Muchas gracias. Solo dos preguntas más y ya no molesto!

primero: junto con el escrito presento documentos originales o basta con copia.

segundo: si el monitorio voy sin abogado ni procurador puedo exigir costas??

Gracias por la paciencia. Prometo no hacer más preguntas.
03/10/2006 17:24
monti, cuando se insta un monitorio es cierto que no es necesario ni abogado ni procurador. El juzgado correspondiente lo que hara será notificar el inicio del monitorio al deudor quien tiene 20 días (habiles) para o bien oponerse o bien no hacer nada. Normalmente, si realmente tienes una factura o documento de de los recogidos en el artículo 812 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.En el caso de que no se oponga puedes solicitar el embargo de bienes para cubrir la cantidad adeudada. en el caso de que se oponga, si lo tienes bien ligado y se reconoce judicialmente la deuda, puedes solicitar las costas.
Si tienes dudas acude a un abogado, que no solo entran en sala, sino que tambien estan para solucionar dudas, y valora si te merece la pena.
30/09/2006 14:53
Buenas tardes, he mirado por internet y por lo que veo si luego él deudor se opone a pagarme la cosa derivará en un juicio creo que ponía "verbal". Entonces ahí sí que necesitaré abogado? Lo digo porque por la cuantía que se me debe sí me vale la pena intentar el monitorio pero el verbal si he de pagar abogado y procurador no. Si fueran tan amables de aclarareme esto. O si el deudor se opone puedo entonces yo reunciar al "verbal".
29/09/2006 20:40
muchas gracias! no lo sabía!!!
29/09/2006 19:27
Si se pasa por el Juzgado decano de Barcelona podrá rellenar un impreso presentando dicha demanda de procedimiento monitorio sin necesidad de abogado y procurador.

Para más detalles, acuda a dicho juzgado. Puede empezar por ejemplo por aquí:

Oficina Deganat jutjats 1a Instància Barcelona Via Laietana, 2 tel 93 2304651
Monitorio
29/09/2006 16:34
Monitorio por 300 euros puede ir encabezado por un particular y dirigido aljuzgado? sin abogado ni procurador? donde lo he d epresentar? en el juzgado de primera instancia? Soy de barcelona, dónde lo presento?