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Morosidad en la comunidad

3 Comentarios
 
Morosidad en la comunidad
05/05/2014 17:38
para reclamar a los propietarios que no se hacen cargo de sus cuotas de la comunidad de propietarios, llega con enviarles un burofax donde se hagan constar feacientemente la cantidad adeudada para luego proceder a poner la demanda o hace falta dar más pasos.
El paso de tener autorización por la junta para la reclamación ya está dado.
05/05/2014 17:56
Es preceptivo junta para certificar la deuda, y al mismo tiempo dar autorización al administrador para contratar abogado y procurador.
06/05/2014 10:11
la junta ya ha certificado la deuda en su reunión ordinaria, y la comunidad ha dado su autorización para que el presidente y el vicepresidente, es decir, la junta directiva, busquen y contraten abogado y procurador. Esta función la puede hacer un administrador, pero si usted es propietario y se preocupa es mejor siempre hacer las cosas con el adeministrador.. La pregunta que tenía es sí hay que hacer algún otro paso.
06/05/2014 12:26
Es conveniente, antes de la demanda judicial, enviar burofax con el importe de la deuda y dando un plazo para el pago.
De esa forma, si se allanan a la demanda, siempre tendrán que pagar las costas el demandado.
Morosidad en la comunidad | PorticoLegal
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Morosidad en la comunidad
05/05/2014 17:38
para reclamar a los propietarios que no se hacen cargo de sus cuotas de la comunidad de propietarios, llega con enviarles un burofax donde se hagan constar feacientemente la cantidad adeudada para luego proceder a poner la demanda o hace falta dar más pasos.
El paso de tener autorización por la junta para la reclamación ya está dado.
05/05/2014 17:56
Es preceptivo junta para certificar la deuda, y al mismo tiempo dar autorización al administrador para contratar abogado y procurador.
06/05/2014 10:11
la junta ya ha certificado la deuda en su reunión ordinaria, y la comunidad ha dado su autorización para que el presidente y el vicepresidente, es decir, la junta directiva, busquen y contraten abogado y procurador. Esta función la puede hacer un administrador, pero si usted es propietario y se preocupa es mejor siempre hacer las cosas con el adeministrador.. La pregunta que tenía es sí hay que hacer algún otro paso.
06/05/2014 12:26
Es conveniente, antes de la demanda judicial, enviar burofax con el importe de la deuda y dando un plazo para el pago.
De esa forma, si se allanan a la demanda, siempre tendrán que pagar las costas el demandado.