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morosos a 27 de febrero

6 Comentarios
 
04/03/2007 19:09
gracias a todos, se me olvido decir que el 28 de febrero es fiesta en andalucia,¿esta la deuda vencida el dia 27 siendo fiesta el ultimo dia del mes?
01/03/2007 19:26
Respecto al vencimiento de la deuda, podría estar vencida en el supuesto de que la Comunidad tuviera un acuerdo para el pago mensual adelantado o una fecha para el mismo.

De no existir tal acuerdo, efectivamente, no vencerá hasta que transcurra el mes.
01/03/2007 16:21
la deuda no estaba vencida, por tanto no era exigible. En lo demás de acuerdo con Ignacio y con Tribuno
28/02/2007 23:39
Creo que sí que podían votar, por dos razones:

a) La indicación de que no pueden votar debe constar en la convocatoria y no en nota adjunta.

b) La deuda tiene que ser "vencida", por lo que -a mi entender- el 27 de febrero no puede considerarse vencida la cuota del mes de febrero, al no haber acabado el mes.

Salvo mejor opinión.
28/02/2007 21:43
Ignacio gracias, te comento, en la carta en que se les envio la convocatoria se les adjunto una nota diciendo que si no estaban al corriente de pago no podrian votar,¿se concidera esto figurar en la convocatoria?.
28/02/2007 17:58
¿figuraban esos propietarios en la convocatoria de la Junta como morosos?.

Si la respuesta es SI: No debían votar.
Si la respuesta es NO: Podían votar.
Morosos a 27 de febrero
28/02/2007 15:33
ayer dia 27 de febrero celebramos una junta extraordinaria en 2ª convocatoria, habia cuatro propietarios que aun no habian pagado la cuota correspondiente a febrero, ¿se concideran moroso y por lo tanto no deben votar?.
gracias.
morosos a 27 de febrero | PorticoLegal
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morosos a 27 de febrero

6 Comentarios
 
04/03/2007 19:09
gracias a todos, se me olvido decir que el 28 de febrero es fiesta en andalucia,¿esta la deuda vencida el dia 27 siendo fiesta el ultimo dia del mes?
01/03/2007 19:26
Respecto al vencimiento de la deuda, podría estar vencida en el supuesto de que la Comunidad tuviera un acuerdo para el pago mensual adelantado o una fecha para el mismo.

De no existir tal acuerdo, efectivamente, no vencerá hasta que transcurra el mes.
01/03/2007 16:21
la deuda no estaba vencida, por tanto no era exigible. En lo demás de acuerdo con Ignacio y con Tribuno
28/02/2007 23:39
Creo que sí que podían votar, por dos razones:

a) La indicación de que no pueden votar debe constar en la convocatoria y no en nota adjunta.

b) La deuda tiene que ser "vencida", por lo que -a mi entender- el 27 de febrero no puede considerarse vencida la cuota del mes de febrero, al no haber acabado el mes.

Salvo mejor opinión.
28/02/2007 21:43
Ignacio gracias, te comento, en la carta en que se les envio la convocatoria se les adjunto una nota diciendo que si no estaban al corriente de pago no podrian votar,¿se concidera esto figurar en la convocatoria?.
28/02/2007 17:58
¿figuraban esos propietarios en la convocatoria de la Junta como morosos?.

Si la respuesta es SI: No debían votar.
Si la respuesta es NO: Podían votar.
Morosos a 27 de febrero
28/02/2007 15:33
ayer dia 27 de febrero celebramos una junta extraordinaria en 2ª convocatoria, habia cuatro propietarios que aun no habian pagado la cuota correspondiente a febrero, ¿se concideran moroso y por lo tanto no deben votar?.
gracias.