Buenos días, mi consulta esta motivada por la llamada de mi empresa comunicandome que desde ahora mi trabajo lo tendré que realizar dos días de la semana en un centro de trabajo y otros 3 dias de la semana en otro centro de trabajo. Tengo un contrato indefinido, y el convenio de metal. Puede la empresa obligarme a repartir mi jornada semanal en ambos centros? Gracias
Sea desplazamiento (sin necesidad de cambio de residencia) o traslado (cambio de residencia), tienes la obligación de acatar las órdenes del empresario. Si bien, si se tratase de un traslado, deberán darse una serie de requisitos y si no se está conforme, puedes rescindir el contrato, teniendo derecho a una indemnización de 20 días por año con un tope de 12 mensualidades (art. 40 ET).