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Movilidad funcional y abandono

1 Comentarios
 
13/11/2017 17:42
Capt
Me temo que lo lleva usted claro, por partes:
-Las funciones a realizar son las que indique en su nomina sobre su categoría y que deben aparecer en el convenio de aplicación, si usted hace mas es su problema.
-El salario viene fijado en el convenio de aplicación para su categoría, así que si usted pide aumento de sueldo y no se lo dan no puede reclamar nada, (siempre y cuando le paguen ajustándose a convenio colectivo).
-Si usted se va seria una baja voluntaria que ni da dcho a indemnización ni da dcho a desempleo.
-En cuanto a si pudiese reclamar usted algo, (lo dudo), solo podría reclamar salarios generados de un último año el resto esta prescrito.
SMO
Movilidad funcional y abandono
13/11/2017 09:01
Hola, mi caso es el siguiente:

Tengo un contrato como dependiente de tienda en una empresa. Desde el primer día hace 3 años (e incluso antes de ese contrato) llevo realizando, además de las funciones de dependiente, las de community manager, fotógrafo, diseñador gráfico, director de una publicación y webmaster. He leído un poco sobre la movilidad funcional pero no llego a entender cuál es mi situación.

Tras 3 años realizando dichas funciones he pedido que se reconozcan y un aumento de salario, pero me lo han denegado. Tengo dos preguntas:

¿podría rescindir mi contrato con ellos con características de despido improcedente, o si decido abandonar la empresa se consideraría un abandono voluntario?

Por otro lado, ¿podría reclamar el salario correspondiente a esos 3 años de trabajo que he estado desempeñando otras funciones que no están dentro de mi categoría? Porque tampoco me queda claro en qué categoría profesional estarían englobadas, pero entiendo que son funciones de una categoría superior a la de dependiente ¿no?

Un millón de gracias de antemano
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1 Comentarios
 
13/11/2017 17:42
Capt
Me temo que lo lleva usted claro, por partes:
-Las funciones a realizar son las que indique en su nomina sobre su categoría y que deben aparecer en el convenio de aplicación, si usted hace mas es su problema.
-El salario viene fijado en el convenio de aplicación para su categoría, así que si usted pide aumento de sueldo y no se lo dan no puede reclamar nada, (siempre y cuando le paguen ajustándose a convenio colectivo).
-Si usted se va seria una baja voluntaria que ni da dcho a indemnización ni da dcho a desempleo.
-En cuanto a si pudiese reclamar usted algo, (lo dudo), solo podría reclamar salarios generados de un último año el resto esta prescrito.
SMO
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13/11/2017 09:01
Hola, mi caso es el siguiente:

Tengo un contrato como dependiente de tienda en una empresa. Desde el primer día hace 3 años (e incluso antes de ese contrato) llevo realizando, además de las funciones de dependiente, las de community manager, fotógrafo, diseñador gráfico, director de una publicación y webmaster. He leído un poco sobre la movilidad funcional pero no llego a entender cuál es mi situación.

Tras 3 años realizando dichas funciones he pedido que se reconozcan y un aumento de salario, pero me lo han denegado. Tengo dos preguntas:

¿podría rescindir mi contrato con ellos con características de despido improcedente, o si decido abandonar la empresa se consideraría un abandono voluntario?

Por otro lado, ¿podría reclamar el salario correspondiente a esos 3 años de trabajo que he estado desempeñando otras funciones que no están dentro de mi categoría? Porque tampoco me queda claro en qué categoría profesional estarían englobadas, pero entiendo que son funciones de una categoría superior a la de dependiente ¿no?

Un millón de gracias de antemano