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Movimiento okupa

5 Comentarios
 
Movimiento okupa
01/04/2010 22:18
Que alguien me explique por favor como hacen los okupas para ocupar viviendas. ¿No cometen un delito de allanamiento de morada?

¿Qué diferencia hay entre un ladrón y un okupa? Si entra un ladrón en tu casa lo puedes echar pero si es un okupa, no? La verdad es que no tiene sentido.

Si es tu casa no puedes entrar y echarlos?

Esta gente lo único que me parece es que se rie del sistema y eso no se puede permitir!
02/04/2010 13:41
Sólo se comete allanamiento de morada si la vivienda está habitada.

Como el propio nombre del movimiento indica los okupas toman posesión de edificios o viviendas desocupados, por consiguiente no son morada "estrictu sensu".

El delito que podrían cometer los okupas es el de "ocupación de bienes inmuebles", que el legislador introdujo "ad hoc".

Por otra parte a un ladrón que roba en casa habitada tampoco se le puede imputar un allanamiento de morada acumulado al delito contra la propiedad, porque queda subsumido en este, existiendo una figura agravada de robo en casa habitada para paliar el hecho de que no sean ilícitos acumulables.

Conclusión:

- Okupas que toman posesión de bienes inmuebles deshabitados = Delito de usurpación de bienes inmuebles.

- Okupas que se introducen en vivienda habitada = Delito de allanamiento de morada.

- Ladrón que roba en casa habitada = Delito de robo con fuerza, figura agravada.

¿Por qué la policía no puede expulsar inmediatamente a los okupas de un inmueble no habitado?

Porque el artículo en cuestión dice:

2. El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.

Como puedes comprobar se cita explícitamente "CONTRA LA VOLUNTAD DE SU TITULAR".

Esta voluntad debe constar fehacientemente, y hasta que no conste mediante denuncia escrita la policía no puede hacer nada; y además una vez que se haya interpuesto la denuncia tampoco podrán la policía o el dueño hacer nada, porque debe ser la autoridad judicial quien resuelva.

No es que esa gente se ría del sistema, sino que lo conocen perfectamente y usan sus carencias y su lentitud en beneficio propio.



02/04/2010 15:45
¿podrían entonces okupar tu vivienda mientras estás trabajando y ésta permanece vacía, o tan sólo pueden okupar viviendas vacias como por ejemplo las que la gente suele tener para sus vacaciones?

En tal caso los okupas podrían hacer su "agosto" en viviendas del levante que suelen estar desocupadas durante casi todo el año. De todas formas esto no creo que les gusta tanto ya que si no se entera nadie para que no les hace gracia. Sería como hacer una huelga de hambre en tu casa sin decírselo a nadie. No sence vamos jaja.

Joder pena de multa de tres a seis meses me parece una pena de risa por los daños que causan a personas que no tienen a dónde ir. Imagínate que okupa esta gente una vivienda que acabas de adquirir y cuya hipoteca has de pagar. Vas a habitar tu inmueble y te encuentras con que no puedes entrar. Vaya gracia... y por encima tienes que seguir pagando tus rentas... XD

No hay nada que se pueda hacer? Que pasa si les okupas tu la vivienda mientras que ellos no están? O si les dejas sin luz/agua/gas etc...? Y si intentas entrar por la fuerza en la que es tu vivienda? Si la policía no hace nada tú tendrás que poder hacer algo...

Fijo que en los Estados Unidos si alguien okupa tu vivienda estás autorizado a dispararle. En los robos por lo menos si alguien entra en tu casa te lo puedes cargar legalmente que nadie te va a decir nada.
02/04/2010 23:58
Pero esto no son los USA, sino Spain. Y aquí te puede pasar de todo. Es decir, si tienes algo que perder, lo perderás. Y si no tienes nada que perder, eres el rey del mambo para nuestros amados jueces.

Personalmente me encantaría llegar un día a mi casa y encontrame con cuatro marranos que la han "okupado". Ya me "okupo" yo de desalorjarlos personalmente y luego que venga la guardia civil a pedirme explicaciones.

Estas cosas solo ocurren aquí, por la legislación blandengue y "progre" con los chorizos, y de la que hacemos gala a diario.
26/12/2010 20:32
y que pasa si además de ocuparla causan destrozos o daños??
28/12/2010 16:51
Para desalojar un inmueble que constituya domicilio se necesita una orden del juzgado, mientras que si no lo es y la ocupación ha sido hace nada se les desaloja y se les detiene por un delito de usurpación. La duda está en cuándo un bien inmueble deja de ser bien inmueble y pasa a ser domicilio. Un domicilio puede ser cualquier cosa donde alguien desarrolle su intimidad, por eso se necesita orden del juzgado. Sin embargo yo tengo una duda, a ver si alguien me la resuelve: En un domicilio no se puede entrar, excepto en alguna circunstancia, por ejemplo fragante delito. Y si alguien ha ocupado una vivienda ¿Se podría entrar en ese domicilio aunque los okupas lleven días dentro como domicilio? Supuestamente el delito de usurpación se sigue cometiendo. El delito se sigue cometiendo. ¿Es necesario una denuncia del propietario o simplemente las manifestaciones de los vecino sirve para que la policía detenga?
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Movimiento okupa
01/04/2010 22:18
Que alguien me explique por favor como hacen los okupas para ocupar viviendas. ¿No cometen un delito de allanamiento de morada?

¿Qué diferencia hay entre un ladrón y un okupa? Si entra un ladrón en tu casa lo puedes echar pero si es un okupa, no? La verdad es que no tiene sentido.

Si es tu casa no puedes entrar y echarlos?

Esta gente lo único que me parece es que se rie del sistema y eso no se puede permitir!
02/04/2010 13:41
Sólo se comete allanamiento de morada si la vivienda está habitada.

Como el propio nombre del movimiento indica los okupas toman posesión de edificios o viviendas desocupados, por consiguiente no son morada "estrictu sensu".

El delito que podrían cometer los okupas es el de "ocupación de bienes inmuebles", que el legislador introdujo "ad hoc".

Por otra parte a un ladrón que roba en casa habitada tampoco se le puede imputar un allanamiento de morada acumulado al delito contra la propiedad, porque queda subsumido en este, existiendo una figura agravada de robo en casa habitada para paliar el hecho de que no sean ilícitos acumulables.

Conclusión:

- Okupas que toman posesión de bienes inmuebles deshabitados = Delito de usurpación de bienes inmuebles.

- Okupas que se introducen en vivienda habitada = Delito de allanamiento de morada.

- Ladrón que roba en casa habitada = Delito de robo con fuerza, figura agravada.

¿Por qué la policía no puede expulsar inmediatamente a los okupas de un inmueble no habitado?

Porque el artículo en cuestión dice:

2. El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.

Como puedes comprobar se cita explícitamente "CONTRA LA VOLUNTAD DE SU TITULAR".

Esta voluntad debe constar fehacientemente, y hasta que no conste mediante denuncia escrita la policía no puede hacer nada; y además una vez que se haya interpuesto la denuncia tampoco podrán la policía o el dueño hacer nada, porque debe ser la autoridad judicial quien resuelva.

No es que esa gente se ría del sistema, sino que lo conocen perfectamente y usan sus carencias y su lentitud en beneficio propio.



02/04/2010 15:45
¿podrían entonces okupar tu vivienda mientras estás trabajando y ésta permanece vacía, o tan sólo pueden okupar viviendas vacias como por ejemplo las que la gente suele tener para sus vacaciones?

En tal caso los okupas podrían hacer su "agosto" en viviendas del levante que suelen estar desocupadas durante casi todo el año. De todas formas esto no creo que les gusta tanto ya que si no se entera nadie para que no les hace gracia. Sería como hacer una huelga de hambre en tu casa sin decírselo a nadie. No sence vamos jaja.

Joder pena de multa de tres a seis meses me parece una pena de risa por los daños que causan a personas que no tienen a dónde ir. Imagínate que okupa esta gente una vivienda que acabas de adquirir y cuya hipoteca has de pagar. Vas a habitar tu inmueble y te encuentras con que no puedes entrar. Vaya gracia... y por encima tienes que seguir pagando tus rentas... XD

No hay nada que se pueda hacer? Que pasa si les okupas tu la vivienda mientras que ellos no están? O si les dejas sin luz/agua/gas etc...? Y si intentas entrar por la fuerza en la que es tu vivienda? Si la policía no hace nada tú tendrás que poder hacer algo...

Fijo que en los Estados Unidos si alguien okupa tu vivienda estás autorizado a dispararle. En los robos por lo menos si alguien entra en tu casa te lo puedes cargar legalmente que nadie te va a decir nada.
02/04/2010 23:58
Pero esto no son los USA, sino Spain. Y aquí te puede pasar de todo. Es decir, si tienes algo que perder, lo perderás. Y si no tienes nada que perder, eres el rey del mambo para nuestros amados jueces.

Personalmente me encantaría llegar un día a mi casa y encontrame con cuatro marranos que la han "okupado". Ya me "okupo" yo de desalorjarlos personalmente y luego que venga la guardia civil a pedirme explicaciones.

Estas cosas solo ocurren aquí, por la legislación blandengue y "progre" con los chorizos, y de la que hacemos gala a diario.
26/12/2010 20:32
y que pasa si además de ocuparla causan destrozos o daños??
28/12/2010 16:51
Para desalojar un inmueble que constituya domicilio se necesita una orden del juzgado, mientras que si no lo es y la ocupación ha sido hace nada se les desaloja y se les detiene por un delito de usurpación. La duda está en cuándo un bien inmueble deja de ser bien inmueble y pasa a ser domicilio. Un domicilio puede ser cualquier cosa donde alguien desarrolle su intimidad, por eso se necesita orden del juzgado. Sin embargo yo tengo una duda, a ver si alguien me la resuelve: En un domicilio no se puede entrar, excepto en alguna circunstancia, por ejemplo fragante delito. Y si alguien ha ocupado una vivienda ¿Se podría entrar en ese domicilio aunque los okupas lleven días dentro como domicilio? Supuestamente el delito de usurpación se sigue cometiendo. El delito se sigue cometiendo. ¿Es necesario una denuncia del propietario o simplemente las manifestaciones de los vecino sirve para que la policía detenga?