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Multa por exceso de velocidad (que no era exceso)

2 Comentarios
 
Multa por exceso de velocidad (que no era exceso)
30/08/2017 22:16
Buenas noches, mi consulta es la siguiente:

Esta mañana, en torno a las 09:00, en la CM-4101, un radar MÓVIL (recalco lo de móvil por si existiera diferencia de procedimiento entre uno fijo y uno móvil) ha "cazado" a mi madre, supuestamente, a 79 km/h en una zona limitada a 60 km/h. Por más que mi madre ha insistido al agente de la Guardia Civil que es imposible, que iba mirando al velocímetro cada pocos segundos, el agente no ha dado el brazo a torcer y finalmente la ha multado. No haría esta consulta si pensara que mi madre efectivamente llevaba un exceso de velocidad, pero a pesar de que yo no iba en el coche (y que lástima, si hubiese sido yo el conductor la cosa hubiera sido muy distinta) estoy completamente seguro de que mi madre dice la verdad por dos razones:

1. Ese punto es un punto habitual de radar móvil, de hecho ya "cazó" a mi tío hace unos meses,y por tanto nadie de mi familia se la juega a pasarse en ese punto.

2 (y es la que me hace estar 100% seguro). Hace 8 años, sufrimos un accidente de tráfico que ha generado muchos problemas de salud. Desde entonces tiene pánico a pasarse del límite de las señales. Si conduzco yo a 125km/h en una autovía entra en pánico. Esto es lo que me hace estar totalmente seguro.

Explicado el suceso, paso a hacer la consulta: ¿ha sido multada siguiendo al pie de la letra todo el procedimiento? Me surge esa duda por varias razones. La primera, es que en la multa no hay ninguna fotografía, y la segunda es que tampoco aparece el modelo de radar. Además, pienso que otra posibilidad es pedir la fecha de homologación de ese radar para comprobar que esté en regla. Mi madre ha pagado ya los 50€ de multa aprovechando ese 50% de rebaja que tiene el hecho de pagar la denuncia al momento, entonces mi otra duda es, ¿puedo recuperar ese dinero en caso de impugnar la multa y ganar? No es mucho, al menos para mí, pero ya llevo más de una desilusión con la Guardia Civil (al resto de cuerpos los respeto mucho, pero la Guardia Civil... en ocasiones parece que deba cumplir un cupo de multas, y a final de mes se ponen a multar a diestro y siniestro. Esto es solo una sensación que tengo) y no me apetece pagar esos 50€ que estoy seguro de que son injustificados.

Muchas gracias de antemano por vuestras respuestas. Un saludo.

Samuel
31/08/2017 13:51
Samuazu
Vamos por partes.
Si teneis razon, si, se puede recuperar el dinero. Eso ante todo.

Pero, por otro lado, la haber pagado en periodo voluntario, segun la propia LSV, se renuncia al derecho a presentar alegaciones, y se termina el procedimiento, sin necesidad de resolucion.

Por tanto, pasos a seguir (es un consejo). Que tu madre pida cita en la Jefatura de Trafico para ir a ver la foto. Ten en cuenta que si la multa es del 30/08, no estaran el boletin y la foto en jefatura hasta pasados unos dias, por tanto pide cita para dentro de 10-15 dias.

Aunque no es habitual, a veces los agentes se equivocan. Me explico, el procedimiento (a grandes rasgos y en palabras de "andar por casa") es: un vehiculo con radar instalado visualiza los vehiculos que rebasan la velocidad permitida y se lo comunica a los agentes notificadores, que estan un poco mas adelante. Por ejemplo, "Renault Megane blanco" o, "ford Fiesta rojo"... estos paran al vehiculo en cuestion y le notifican la denuncia. Pero pueden pasar dos coches muy similares, con lo cual notifican al que no es... a lo mejor es lo que ha pasado con tu madre.

Una vez veais la foto, si coincide la matricula con la vuestra, mi consejo es que no revolvais mas, teneis un 99.99% de probabilidades de perder el tiempo, los radares de la guardia civil estan con todas las revisiones pasadas, funcionan bien, y la foto es prueba irrefutable.
Si la matricula de la foto no coincide con la del boletin de denuncia (o sea, con la de tu madre), entonces si podeis presentar un Recurso extraordinario de Revision para que se revoque la sancion y le devuelvan el dinero.
01/09/2017 00:56
Samuazu
Si dices que tu madre ya ha pagado multa con reducción del 50 % del importe de la sanción, el efecto de esta reducción implica la terminación del procedimiento el día del pago, la renuncia a formular alegaciones o recurso.
Lo que implica que ya no puedes recuperar nada.
Por lo que explicas, al carecer de fotografía podías haberla solicitado como prueba en el caso que hubiera optado por formular alegaciones en el plazo de los 20 días naturales en lugar de la reducción del pago.
Multa por exceso de velocidad (que no era exceso) | PorticoLegal
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30/08/2017 22:16
Buenas noches, mi consulta es la siguiente:

Esta mañana, en torno a las 09:00, en la CM-4101, un radar MÓVIL (recalco lo de móvil por si existiera diferencia de procedimiento entre uno fijo y uno móvil) ha "cazado" a mi madre, supuestamente, a 79 km/h en una zona limitada a 60 km/h. Por más que mi madre ha insistido al agente de la Guardia Civil que es imposible, que iba mirando al velocímetro cada pocos segundos, el agente no ha dado el brazo a torcer y finalmente la ha multado. No haría esta consulta si pensara que mi madre efectivamente llevaba un exceso de velocidad, pero a pesar de que yo no iba en el coche (y que lástima, si hubiese sido yo el conductor la cosa hubiera sido muy distinta) estoy completamente seguro de que mi madre dice la verdad por dos razones:

1. Ese punto es un punto habitual de radar móvil, de hecho ya "cazó" a mi tío hace unos meses,y por tanto nadie de mi familia se la juega a pasarse en ese punto.

2 (y es la que me hace estar 100% seguro). Hace 8 años, sufrimos un accidente de tráfico que ha generado muchos problemas de salud. Desde entonces tiene pánico a pasarse del límite de las señales. Si conduzco yo a 125km/h en una autovía entra en pánico. Esto es lo que me hace estar totalmente seguro.

Explicado el suceso, paso a hacer la consulta: ¿ha sido multada siguiendo al pie de la letra todo el procedimiento? Me surge esa duda por varias razones. La primera, es que en la multa no hay ninguna fotografía, y la segunda es que tampoco aparece el modelo de radar. Además, pienso que otra posibilidad es pedir la fecha de homologación de ese radar para comprobar que esté en regla. Mi madre ha pagado ya los 50€ de multa aprovechando ese 50% de rebaja que tiene el hecho de pagar la denuncia al momento, entonces mi otra duda es, ¿puedo recuperar ese dinero en caso de impugnar la multa y ganar? No es mucho, al menos para mí, pero ya llevo más de una desilusión con la Guardia Civil (al resto de cuerpos los respeto mucho, pero la Guardia Civil... en ocasiones parece que deba cumplir un cupo de multas, y a final de mes se ponen a multar a diestro y siniestro. Esto es solo una sensación que tengo) y no me apetece pagar esos 50€ que estoy seguro de que son injustificados.

Muchas gracias de antemano por vuestras respuestas. Un saludo.

Samuel
31/08/2017 13:51
Samuazu
Vamos por partes.
Si teneis razon, si, se puede recuperar el dinero. Eso ante todo.

Pero, por otro lado, la haber pagado en periodo voluntario, segun la propia LSV, se renuncia al derecho a presentar alegaciones, y se termina el procedimiento, sin necesidad de resolucion.

Por tanto, pasos a seguir (es un consejo). Que tu madre pida cita en la Jefatura de Trafico para ir a ver la foto. Ten en cuenta que si la multa es del 30/08, no estaran el boletin y la foto en jefatura hasta pasados unos dias, por tanto pide cita para dentro de 10-15 dias.

Aunque no es habitual, a veces los agentes se equivocan. Me explico, el procedimiento (a grandes rasgos y en palabras de "andar por casa") es: un vehiculo con radar instalado visualiza los vehiculos que rebasan la velocidad permitida y se lo comunica a los agentes notificadores, que estan un poco mas adelante. Por ejemplo, "Renault Megane blanco" o, "ford Fiesta rojo"... estos paran al vehiculo en cuestion y le notifican la denuncia. Pero pueden pasar dos coches muy similares, con lo cual notifican al que no es... a lo mejor es lo que ha pasado con tu madre.

Una vez veais la foto, si coincide la matricula con la vuestra, mi consejo es que no revolvais mas, teneis un 99.99% de probabilidades de perder el tiempo, los radares de la guardia civil estan con todas las revisiones pasadas, funcionan bien, y la foto es prueba irrefutable.
Si la matricula de la foto no coincide con la del boletin de denuncia (o sea, con la de tu madre), entonces si podeis presentar un Recurso extraordinario de Revision para que se revoque la sancion y le devuelvan el dinero.
01/09/2017 00:56
Samuazu
Si dices que tu madre ya ha pagado multa con reducción del 50 % del importe de la sanción, el efecto de esta reducción implica la terminación del procedimiento el día del pago, la renuncia a formular alegaciones o recurso.
Lo que implica que ya no puedes recuperar nada.
Por lo que explicas, al carecer de fotografía podías haberla solicitado como prueba en el caso que hubiera optado por formular alegaciones en el plazo de los 20 días naturales en lugar de la reducción del pago.