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multa por tenencia de armas

6 Comentarios
 
01/03/2009 09:01
Muchas gracias, voy a ver que me invento.

A ver si me podéis ayudar con los plazos : ¿cuanto tiempo tiene la administracion para responder?
O sea, que ¿cuando caduca el tema si les lío un poco?

Y por cierto, ¿pueden enviar una multa 10 meses después de la fecha de los hechos?
27/02/2009 22:45
diligencia aclaratoria "donde dije digo digo diego":
donde pone "SABADO" debe poner poner "VIERNES"
27/02/2009 20:00
Uy, Sabado por la noche..., intentelo, manifieste que forma parte de una caja de herramientas, intente que el jefe de su marido le de algun tipo de papel con el horario de su marido Como cocinero, diga tambien que la iba a afilar en casa...toda documentacion que apoye su historia es buena. Pero lo veo complicado.
27/02/2009 06:23
Efectivamente, lo de la M50 de las Rozas es poco indicativo. Ocurrió en una autopista que hay en Madrid, cuando mi marido volvía a casa de trabajar, a las 01:50 (es cocinero y sale muy tarde del restaurante).

Y como el Opinel lo llevamos siempre en el maletero del coche con el resto de herramientas, pués eso, que le registraron y lo encontraron.
26/02/2009 12:48
Como dice sotomondro, falta información. En todo caso, lo que reza el art. 146: "Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo..." se lo va a poner bastante complicado.
26/02/2009 01:02
habria que saber la hora a la que paso, por lo que podria justificarse lo de ir de exursion, si la hora el dia y el lugar da para eso, y presentar recurso con la historia.
pero para ser algo mas concretos faltan esos datos, dia hora y lugar, yo soy de cataluña por lo que m50 me suena a chino, pero si me describe un poco el sitio (poligono, montaña, zona de ocio...)
Multa por tenencia de armas
25/02/2009 19:31
Nos han puesto una multa de 1000 euros por llevar una navaja (opinel) en el maletero del coche.
La usamos para cuando nos vamos por ahi de excursión, para "cortar el salchichón".

Infracción grave del articulo 146 del reglamento de armas aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero - Precepto infringido : articulo 23 a) de la Ley orgánica 1/1992, de 21 de febrero sobre protección de Seguridad Ciudadana.

La denuncia de la Guardia Civil dice que : portaba una navaja de 10 cms, en el maletero del coche, cuando se encontraba en la M50 de las Rozas, sin apreciarse la necesidad de llevarla consigo.

Esto ocurrió el pasado 25-04-2008 y nos acaba de llegar el acuerdo de iniciación ahora (24/02/2009), por poco, 1 año después.

¿Que podemos hacer? tenemos 15 días para recurrir.

Por cierto, nos quedamos sin opinel, porque nos lo quitaron.
multa por tenencia de armas | PorticoLegal
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01/03/2009 09:01
Muchas gracias, voy a ver que me invento.

A ver si me podéis ayudar con los plazos : ¿cuanto tiempo tiene la administracion para responder?
O sea, que ¿cuando caduca el tema si les lío un poco?

Y por cierto, ¿pueden enviar una multa 10 meses después de la fecha de los hechos?
27/02/2009 22:45
diligencia aclaratoria "donde dije digo digo diego":
donde pone "SABADO" debe poner poner "VIERNES"
27/02/2009 20:00
Uy, Sabado por la noche..., intentelo, manifieste que forma parte de una caja de herramientas, intente que el jefe de su marido le de algun tipo de papel con el horario de su marido Como cocinero, diga tambien que la iba a afilar en casa...toda documentacion que apoye su historia es buena. Pero lo veo complicado.
27/02/2009 06:23
Efectivamente, lo de la M50 de las Rozas es poco indicativo. Ocurrió en una autopista que hay en Madrid, cuando mi marido volvía a casa de trabajar, a las 01:50 (es cocinero y sale muy tarde del restaurante).

Y como el Opinel lo llevamos siempre en el maletero del coche con el resto de herramientas, pués eso, que le registraron y lo encontraron.
26/02/2009 12:48
Como dice sotomondro, falta información. En todo caso, lo que reza el art. 146: "Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo..." se lo va a poner bastante complicado.
26/02/2009 01:02
habria que saber la hora a la que paso, por lo que podria justificarse lo de ir de exursion, si la hora el dia y el lugar da para eso, y presentar recurso con la historia.
pero para ser algo mas concretos faltan esos datos, dia hora y lugar, yo soy de cataluña por lo que m50 me suena a chino, pero si me describe un poco el sitio (poligono, montaña, zona de ocio...)
Multa por tenencia de armas
25/02/2009 19:31
Nos han puesto una multa de 1000 euros por llevar una navaja (opinel) en el maletero del coche.
La usamos para cuando nos vamos por ahi de excursión, para "cortar el salchichón".

Infracción grave del articulo 146 del reglamento de armas aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero - Precepto infringido : articulo 23 a) de la Ley orgánica 1/1992, de 21 de febrero sobre protección de Seguridad Ciudadana.

La denuncia de la Guardia Civil dice que : portaba una navaja de 10 cms, en el maletero del coche, cuando se encontraba en la M50 de las Rozas, sin apreciarse la necesidad de llevarla consigo.

Esto ocurrió el pasado 25-04-2008 y nos acaba de llegar el acuerdo de iniciación ahora (24/02/2009), por poco, 1 año después.

¿Que podemos hacer? tenemos 15 días para recurrir.

Por cierto, nos quedamos sin opinel, porque nos lo quitaron.