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Mutua no me paga.

2 Comentarios
 
Mutua no me paga.
23/09/2022 20:26
Buenas tardes. Llevo desde el 3 de Septiembre de baja debido a mi enfermedad, esclerosis múltiple. Al año, el INSS me propuso para iniciar expediente de incapacidad laboral. Me vio el tribunal por Marzo de este año la primera vez y me dieron una demora de la calificación , a finales de Julio me volvieron a ver y el expediente aún no se ha movido del punto 1. Es decir, el informe del EVI aún está pendiente al igual que los 6 puntos restantes.
He estado cobrando por la mutua sin problemas todo este tiempo, pero hoy me ha mandado una carta certificada la mutua diciéndome que no me paga más desde el día 3 de Septiembre, que es justo cuando he hecho los 2 años de baja.
Qué tendría que hacer? Reclamar en el INSS? La mutua?
Sé que hasta que no haya resolución, debo seguir cobrando como hasta ahora, pero la carta me ha dejado descolocado.
Muchas gracias.
24/09/2022 13:05
Jorgemiranda
Buenas
Copio y pego que de lo que no tengo experiencia no me gusta ponerlo como mío. Información obtenida de un blog de abogados.

¿Quién paga tras 24 meses de baja?
En teoría, a los dos años se acaba la incapacidad temporal. No pueden concedernos ninguna prórroga más. Pero si has consumido la demora de calificación, o directamente llevas 730 días de baja sin saber nada por parte de la Seguridad Social desde mucho antes, debes conocer quién es tu pagador en este nuevo periodo (mes número 25, 26, 27, etc.)

Quien paga es la Seguridad Social o la mutua, según corresponda. porque los retrasos debido a la pandemia no son atribuibles nunca a ti. Y la ley lo contempla.

"Por tanto, no dejarás de cobrar pese a haber superado el periodo máximo de incapacidad temporal. Y, como decimos, la baja te la abonará el INSS o tu mutua, según quien te haya estado ingresando las mensualidades hasta ahora."

¿Y si la mutua se niega a seguir pagando?
Lamentablemente, se conocen muchos casos así, en los que la mutua de accidentes de trabajo no continúa realizando los ingresos argumentando que no es su obligación. Pero las mutuas, y la jurisprudencia lo ha confirmado, tienen que seguir colaborando y abonando la prestación de incapacidad temporal hasta que haya una resolución. Además, realmente el gasto no corre de su cuenta, ya que después estas entidades reclaman al INSS esos meses de más para que se los reintegren.

Pero si aún así se niegan, probablemente te recomendarán que seas tú, el trabajador, quien pida ese pago directo al INSS. Y nosotros te aconsejamos que lo hagas, para que tengas recursos económicos durante las semanas o meses que transcurran desde que se cumplen los dos años de baja hasta que se dicte resolución. Para ello, puedes presentar un escrito mediante la sede electrónica de la seguridad social.
03/10/2022 19:55
Manure
Al final, escrito de reclamación a la mutua y solucionado. Gracias!
Mutua no me paga. | PorticoLegal
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Mutua no me paga.

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Mutua no me paga.
23/09/2022 20:26
Buenas tardes. Llevo desde el 3 de Septiembre de baja debido a mi enfermedad, esclerosis múltiple. Al año, el INSS me propuso para iniciar expediente de incapacidad laboral. Me vio el tribunal por Marzo de este año la primera vez y me dieron una demora de la calificación , a finales de Julio me volvieron a ver y el expediente aún no se ha movido del punto 1. Es decir, el informe del EVI aún está pendiente al igual que los 6 puntos restantes.
He estado cobrando por la mutua sin problemas todo este tiempo, pero hoy me ha mandado una carta certificada la mutua diciéndome que no me paga más desde el día 3 de Septiembre, que es justo cuando he hecho los 2 años de baja.
Qué tendría que hacer? Reclamar en el INSS? La mutua?
Sé que hasta que no haya resolución, debo seguir cobrando como hasta ahora, pero la carta me ha dejado descolocado.
Muchas gracias.
24/09/2022 13:05
Jorgemiranda
Buenas
Copio y pego que de lo que no tengo experiencia no me gusta ponerlo como mío. Información obtenida de un blog de abogados.

¿Quién paga tras 24 meses de baja?
En teoría, a los dos años se acaba la incapacidad temporal. No pueden concedernos ninguna prórroga más. Pero si has consumido la demora de calificación, o directamente llevas 730 días de baja sin saber nada por parte de la Seguridad Social desde mucho antes, debes conocer quién es tu pagador en este nuevo periodo (mes número 25, 26, 27, etc.)

Quien paga es la Seguridad Social o la mutua, según corresponda. porque los retrasos debido a la pandemia no son atribuibles nunca a ti. Y la ley lo contempla.

"Por tanto, no dejarás de cobrar pese a haber superado el periodo máximo de incapacidad temporal. Y, como decimos, la baja te la abonará el INSS o tu mutua, según quien te haya estado ingresando las mensualidades hasta ahora."

¿Y si la mutua se niega a seguir pagando?
Lamentablemente, se conocen muchos casos así, en los que la mutua de accidentes de trabajo no continúa realizando los ingresos argumentando que no es su obligación. Pero las mutuas, y la jurisprudencia lo ha confirmado, tienen que seguir colaborando y abonando la prestación de incapacidad temporal hasta que haya una resolución. Además, realmente el gasto no corre de su cuenta, ya que después estas entidades reclaman al INSS esos meses de más para que se los reintegren.

Pero si aún así se niegan, probablemente te recomendarán que seas tú, el trabajador, quien pida ese pago directo al INSS. Y nosotros te aconsejamos que lo hagas, para que tengas recursos económicos durante las semanas o meses que transcurran desde que se cumplen los dos años de baja hasta que se dicte resolución. Para ello, puedes presentar un escrito mediante la sede electrónica de la seguridad social.
03/10/2022 19:55
Manure
Al final, escrito de reclamación a la mutua y solucionado. Gracias!