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nacimiento de hermano, no procede modificación.

4 Comentarios
 
Nacimiento de hermano, no procede modificación.
22/07/2014 12:15
Buenos días,

Quisiera tener una segunda opinión, a nivel jurídico, sobre una sentencia demoledora que acaba de recibir mi marido.
Tiene una hija de un matrimonio anterior. El divorcio se produjo hace 7 años cuando la niña tenía 3. La madre se desplazó a 500 kms del domicilio familiar con la niña y el padre desde entonces, viaja cada 15 días para verla.
Hemos tenido un niño en común y debido a esta circunstancia y al deseo de la niña de estar más tiempo con su nuevo hermano, mi marido solicitó una modificación para que la niña viajara una vez al mes para estar con su hermano y así tener mayor relación con él. En estos momentos se ven cada mes o mes y poco porque nos desplazamos con el bebé con el fin de que se relacionen. También solicitaba poder comunicarse por skype con ella cuando se encontrase en casa, para que pudieran verse las caras, ya que el bebé no puede hablar por teléfono aún.

La jueza ha sentenciado que no procede modificación de medidas por no ser algo imprevisible y ha alegado, con palabras mayúsucas, que mi marido, lo que pretende, es tan sólo mirando por su interés y comodidad sin contemplar el beneficio de la menor. Ni siquiera valora lo de las redes sociales. Le condena a pagar las costas también.

No entro ni a valorar lo injustísimo que me parece que ni entre a cuestionar qué tipo de relación pueden mantener dos hermanos a 500 kms de distancia, ni que con esta sentencia, obliga a un bebé a que sea el que se desplace para mantener una relación lo más normalizada posible... Lo que quisiera, lo que pido, es saber si hay alguna posibilidad o esperanza en apelar, o es mejor no gastar más dinero en algo imposible.

Muchas gracias de antemano.
22/07/2014 13:43
La recomendación que solicita no se le puede dar sin ver la sentencia y los escritos de demanda, contestación y demás pruebas presentadas. Aventurarse a decirle que no apele, sería una irresponsabilidad. Pregunte a su abogado.
Un saludo.
22/07/2014 13:57
Gracias por su pronta respuesta Nuria.

Escribí a la desesperada, estamos en estado de shock. El abogado estuvo muy muy flojo en el juicio y nos ha dicho hoy mismo que no le aconseja apelar.

Jamás pensé que el nacimiento de un hermano no fuera motivo de peso para una modificación, no se contemplaba bajada de pensión, solamente que la niña se desplazase, como es su deseo, una vez al mes en los medios que así lo permiten, con canguro. Al negarse categóricamente tanto la madre como la jueza, en la práctica están condenando a un bebé de 12 meses a viajar él para tener relación con su hermana más allá de navidades, semana santa y verano... es tristísimo.

También solicitaba las semanas santas para él, en vez de la mitad como hasta ahora y ni se ha pronunciado sobre ese tema.

De nuevo gracias.

22/07/2014 19:31
Hola,
No entiendo porqué no puede viajar sola, si Renfe lo permite a los 6 años e Iberia a los 5.
No soy abogada pero les recomiendo que luchen por cambiar esta situación y si el abogado no es competente, busquen a otro.
No tiren la toalla.
23/07/2014 12:42
Hola eldart,

El motivo que alega la madre es que la niña es muy pequeña y no confía en que vaya a ser debidamente atendida. Hasta cierto punto comprensible, lo entiendo.
Pero la niña tiene 10 años, es super madura y además desea y le hace mucha ilusión viajar sola.
De esa forma, lo que se busca, es que nosotros viajemos una vez al mes y ella lo haga también, así los hermanos se verían cada 15 días. Creo que es de una lógica aplastante esta petición.

Mi marido lleva más de 7 años viajando cada 15 días, puntualmente, sin excepción. Es muy sangrante que una jueza no lo valore y ponga por escrito en una sentencia que su petición es exclusivamente mirando su comodidad e interés.... y a la madre la ha cargado de razones claro está.

Por lo que nos dijeron ayer, 7 de cada 10 apelaciones no prosperan. Está desolado, tanto por la decepción, como por la imagen que proyecta de su persona la sentencia.