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Nacionalidad concedida y NIE caducado

30 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 30 comentarios
Nacionalidad concedida y nie caducado
13/02/2013 11:54
Hola! Buenos días!
Tengo fecha de jura para final de febrero y tengo mi NIE caducado desde noviembre de 2012, pues no me lo han renovado.
Desde que se caducó el NIE he estado con visado de turista y este termina a princípios de março.
Mi pregunta es: Después de la jura, tengo permiso de estar en España hasta que salgan los documentos o necesariamente tendré que salir al finalizar mi visado de turista para no estar ilegal?
Muchas gracias!
13/02/2013 13:03
Hola.

La nacionalidad española se adquiere desde el momento de la jura. Lo que sucede es que no lo podrá acreditar, hasta que le sea expedido el certificado literal de nacimiento, que es el que permite hacerse expedir el DNI.

Si en el Registro Civil tardan mucho en expedirle el certificado literal de nacimiento, debe solicitar, si es que está como turista y ha entrado en España en tal calidad, una prórroga de estancia, a efectos prácticos, ya que se hallará en una situación en la cual es español, pero no tiene medios para probarlo. O si es posible, que del Registro Civil le expidan algún certificado o copia del acta de juramento, hasta tanto le es expedido el certificado literal de inscripción de nacimiento.

Un cordial saludo.
13/02/2013 13:23
Muchísimas gracias por la respuesta clara y rápida!
Saludos!
06/06/2013 04:52
Hola, me fue concedida la nacionalidad por residencia y tengo fecha de jura a principios de julio del 2013.
Tengo el NIE caducado, pregunté en el registro civil si podía identificarme con el pasaporte el día de la jura y me dijeron que no sabían.
Tengo una amiga que hizo la jura y no le pidieron nada el día de la jura, ni la carta de citación.
Tengo que viajar de propia a España para ese día, y luego volver, circunstancialmente estamos en Argentina pero vamos a volver a vivir a España.
Otro dato, tengo una hija española. Un saludo y gracias
06/06/2013 04:54
Otra consulta, leí que a partir del 6/04/13 se puede hacer la jura con un notario, de forma gratuita, porque los registros civiles están saturados, me saben decir algo sobre esto.
En el informe dice que hay que llevar impresa la carta de notifcación que aparece en la web del ministerio de justicia y listo. un saludo
06/06/2013 11:09
Hola.

1.- De acuerdo con el art. 226 del Reglamento de Registro Civil, las declaraciones de voluntad relativas a la nacionalidad o la vecindad civil y la renuncia y el juramento o promesa exigidos para adquirir la nacionalidad, serán admitidos por el Encargado del Registro Civil AUNQUE NO SE PRESENTE DOCUMENTO ALGUNO, siempre que resulte de la declaración la concurrencia de los requisitos para la adquisición, conservación y modificación. Esto significa que:

- Lo importante es que la persona comparezca con la citación, la hoja declaratoria de datos y UN DOCUMENTO QUE LA IDENTIFIQUE, que puede ser tanto el pasaporte en vigor del país de nacionalidad, como la tarjeta de identidad de extranjero, aun caducada.

- Tener la tarjeta de identidad de extranjera caducada no es obstáculo para jurar. Además, en cuanto la persona jure, dejará de ser extranjera.

- La nacionalidad española se adquiere desde el momento de la jura. Por eso, se indica en el acta, incluso la hora exacta en la que ella tiene lugar (art. 64 de la Ley de Registro Civil).


2.- Lo de la jura ante notario, no ha pasado de ser una noticia periodística. Lo único cierto fue la celebración del Convenio entre el Ministerio de Justicia y el Consejo General del Notariado, para que fuera posible la jura ante notarios, de forma gratuita. Pero no se ha pasado a la ejecución, no se ha aprobado Instrucción alguna de la Dirección General de Registros y del Notariado y por ello, no está operativa esa posibilidad, a pesar de existir el Convenio.

Un cordial saludo.

06/06/2013 22:26
Muchísimas gracias por su pronta y clara respuesta. Realmente me ayudaron a tranquilizarme.

Otra consulta.
Yo tengo que jurar en el Registro Civil de la ciudad de Zaragoza, saben aproximadamente decirme cuánto están tardando en entregar la partida de nacimiento luego de la jura?.

Un saludo.
11/07/2013 21:33
Quiero que sepan todos, que la noticia de jurar ante notario, no es sólo luz periodística, ya se está haciendo. Lo único que tienes que hacer es entrar al enlace que les dejo, rellenar el formulario y esperar correo electrónico donde te dan cita para un mes o mes y medio. Suerte a todos.
http://nacionalidad.notariado.org/liferay/web/nacionalidad/inicio
21/05/2015 22:11
puedo jurar con NIE vencido?'
01/10/2019 16:27
Paulucha
Hola. Como te fue con el nie caducado y la jura además de la emisión del dni español y pasaporte?
16/09/2021 12:33
Hola, buenos días por favor aver si me puedes ayudar soy Dominicano metí la nacionalidad en agosto del 2020 tenía residenciá temporal por reagrupación familia de 4 años la cual venció por no poder renovar en enero 2021 ahora bien en marzo del 2021 he solicitado la residencia temporal de un Año por arraigo laboral la cual está en trámite mi temor es puedo obtener la nacionalidad si me la conceden teniendo este problema. O si también me regularizo de aquí que la concendan la nacionalidad no se fijaran en el tiempo que tuve irregular por favor dígame algo se lo agradecería
16/09/2021 13:46
Jcrg020479
Hola:

Usted debía haber cumplido íntegramente el tiempo de residencia legal exigido (2 años en su caso, por ser nacional de origen de un país iberoamericano), que además debía ser continuada e inmediatamente anterior a la petición AL MOMENTO de la presentación de la solicitud de nacionalidad española por residencia.

Si después de la presentación de la solicitud usted pasó a hallarse en situación irregular ("irregularidad sobrevenida"), en nada afecta al procedimiento de nacionalidad española por residencia en tanto que usted sí cumplía con el requisito de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, durante el tiempo mínimo requerido por la Ley en su caso, al momento de la presentación de la solicitud.

Es cierto que antiguamente, cuando el procedimiento se iniciaba ante el encargado del Registro Civil y después se remitía al Ministerio de Justicia a Madrid, el criterio que regía era diferente y se entendía que la persona debía mantener la legalidad de su residencia en España durante todo el procedimiento. Pero este criterio ha sido modificado hace pocos años y con ocasión, por un lado, de la entrada en vigor del nuevo procedimiento electrónico desde el año 2015 y por otro lado, por la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, que ya dejó en claro de manera inequívoca que el requisito de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, debía cumplirse íntegramente al momento de la presentación de la solicitud.

No obstante, hasta tanto usted no haya jurado y se haya inscrito la adquisición de la nacionalidad española por residencia en el Registro Civil, usted seguirá siendo extranjero y por tanto, sujeto al ámbito de aplicación de la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo, con las obligaciones que ella le impone durante su permanencia en España.

Un cordial saludo.
28/09/2021 00:06
Condedecartagena
Hola en ese mismo tenor en mi caso la nacionalidad fue aprobada recientemente y tengo mi NIE caducado con un trámite abierto por circunstancias excepcionales, según me comenta para jurar debo ir con mi NIE vigente y el pasaporte como requisitos indispensables y vi que un comentario anterior dice que no es obligatorio, que hay de cierto en eso
28/09/2021 13:10
Mickey21
Hola:

1.- En principio, como cualquier persona extranjera residente legal en España, debe tener con usted su pasaporte en vigor y su tarjeta de identidad de extranjero en vigor. Tal es la exigencia de la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo para todos los extranjeros residentes legales en España.

2.- Si no tuviera la tarjeta de identidad de extranjero en vigor, bien porque estuviera caducada y en proceso de renovación de la autorización de residencia o de la propia tarjeta de identidad de extranjero o bien porque hubiera caído en situación de irregularidad sobrevenida, puede presentarse a jurar ante el encargado del Registro Civil provisto de su pasaporte en vigor, la resolución de concesión de la nacionalidad española por residencia, el certificado literal de nacimiento y el certificado de antecedentes penales del país de origen (los mismos documentos que aportó al expediente de solicitud de nacionalidad española por residencia si lo tramitó vía telemática).

El encargado del Registro Civil es competente para recibir el juramento o promesa y si es exigible, la declaración de renuncia a la nacionalidad anterior y la declaración de opción de vecindad civil y luego, para practicar la inscripción de adquisición de la nacionalidad española por residencia.

3.- Si usted actualmente está tramitando una autorización de residencia por circunstancias excepcionales, no es problema para que jure, porque ya tiene concedida la nacionalidad. En todo caso, cuando ya tenga en su poder la certificación literal de nacimiento española y se haya hecho expedir el DNI, si aún no se ha resuelto a ese momento su procedimiento de Extranjería, debe enviar un escrito dirigido a la Oficina de Extranjería solicitando el archivo del expediente por desaparición de objeto, pues al haber adquirido la nacionalidad española, ha dejado de ser extranjero y por tanto, ha salido del ámbito material de aplicación de la normativa de Extranjería.

Un cordial saludo.
28/09/2021 13:22
Condedecartagena
Muchísimas gracias por tu aclaración muy bien detallado y despejada todo tipo de duda
30/11/2021 23:22
Hola, el jueves pasado día 25 hice la prejura, tengo la jura el día 14 de diciembre, soy venezolana y tengo tarjeta de familiar comunitario solicité la renovación de mi tarjeta y está resuelta favorable, el día de la prejura me aceptaron el pasaporte caducado por la excepción que tenemos los venezolanos, mi pregunta es aún y cuando tengo la jura el día 14 de diciembre y tengo cita para huellas de la renovación de la tarjeta de larga duración debo sacar esta tarjeta? Si creo que antes me llegará la literal de nacimiento, es necesario sacar esa tarjeta si ya el día 14 tendré la jura? Me van a pedir la tarjeta renovada? Porque ya el trámite está hecho no veo sentido solicitar la tarjeta de residencia física si en breve tendré que cambiarla por un dni quedó atenta a su respuesta
01/12/2021 18:23
Gaby17
Hola:

Debe ir a la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía y solicitar la expedición de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Hasta que no se inscriba en el Registro Civil el nacimiento y al margen la adquisición de la nacionalidad española por residencia, no se producirá efectivamente la adquisición de la nacionalidad española y por tanto, seguirá siendo extranjera y sujeta a la normativa de Extranjería.

La inscripción de la adquisición de la nacionalidad española es constitutiva y sus efectos se retrotraen a la fecha de la jura. Pero hasta que no se haya inscrito en el Registro Civil, no se producirá el efecto de la adquisición. Y el Registro Civil tarda en inscribir, dependiendo de la ciudad en la que se encuentre, desde unos días hasta uno o dos meses.

Por eso, debe efectuar el trámite de la toma de huellas de la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión para que esté documentada hasta tanto tenga en su poder la certificación literal de nacimiento para expedición del DNI y pasaporte.

Un cordial saludo.
01/12/2021 18:52
Condedecartagena
Claro, lo que pasa es que estoy en madrid y en registro central al momento de la prejura me indicaron que de hecho en la policía te dicen que no renueves porque al final el plástico de la tarjeta física me llegaría posterior a la inscripción.
20/12/2021 20:15
Me dejaran jurar con nie caducado? Todos los documentos los tengo actuales??
02/02/2022 20:25
Hola
El pasado diciembre del 2021 recibí una notificación del ministerio Justicia otorgándole la nacionalidad por residencia.
Resulta que tengo mi NIE caducado desde agosto del 2021 y ya había presentado recurso de reposición soliciando la renovación de mi NIE pero aún no me han respondido de extranjería.
Ya para abril de este año tengo la cita para la jura y piden en Registro civil el NIE en vigor para poder jurar.
Que me sugieren que haga?
Que debo hacer en ese
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13/02/2013 11:54
Hola! Buenos días!
Tengo fecha de jura para final de febrero y tengo mi NIE caducado desde noviembre de 2012, pues no me lo han renovado.
Desde que se caducó el NIE he estado con visado de turista y este termina a princípios de março.
Mi pregunta es: Después de la jura, tengo permiso de estar en España hasta que salgan los documentos o necesariamente tendré que salir al finalizar mi visado de turista para no estar ilegal?
Muchas gracias!
13/02/2013 13:03
Hola.

La nacionalidad española se adquiere desde el momento de la jura. Lo que sucede es que no lo podrá acreditar, hasta que le sea expedido el certificado literal de nacimiento, que es el que permite hacerse expedir el DNI.

Si en el Registro Civil tardan mucho en expedirle el certificado literal de nacimiento, debe solicitar, si es que está como turista y ha entrado en España en tal calidad, una prórroga de estancia, a efectos prácticos, ya que se hallará en una situación en la cual es español, pero no tiene medios para probarlo. O si es posible, que del Registro Civil le expidan algún certificado o copia del acta de juramento, hasta tanto le es expedido el certificado literal de inscripción de nacimiento.

Un cordial saludo.
13/02/2013 13:23
Muchísimas gracias por la respuesta clara y rápida!
Saludos!
06/06/2013 04:52
Hola, me fue concedida la nacionalidad por residencia y tengo fecha de jura a principios de julio del 2013.
Tengo el NIE caducado, pregunté en el registro civil si podía identificarme con el pasaporte el día de la jura y me dijeron que no sabían.
Tengo una amiga que hizo la jura y no le pidieron nada el día de la jura, ni la carta de citación.
Tengo que viajar de propia a España para ese día, y luego volver, circunstancialmente estamos en Argentina pero vamos a volver a vivir a España.
Otro dato, tengo una hija española. Un saludo y gracias
06/06/2013 04:54
Otra consulta, leí que a partir del 6/04/13 se puede hacer la jura con un notario, de forma gratuita, porque los registros civiles están saturados, me saben decir algo sobre esto.
En el informe dice que hay que llevar impresa la carta de notifcación que aparece en la web del ministerio de justicia y listo. un saludo
06/06/2013 11:09
Hola.

1.- De acuerdo con el art. 226 del Reglamento de Registro Civil, las declaraciones de voluntad relativas a la nacionalidad o la vecindad civil y la renuncia y el juramento o promesa exigidos para adquirir la nacionalidad, serán admitidos por el Encargado del Registro Civil AUNQUE NO SE PRESENTE DOCUMENTO ALGUNO, siempre que resulte de la declaración la concurrencia de los requisitos para la adquisición, conservación y modificación. Esto significa que:

- Lo importante es que la persona comparezca con la citación, la hoja declaratoria de datos y UN DOCUMENTO QUE LA IDENTIFIQUE, que puede ser tanto el pasaporte en vigor del país de nacionalidad, como la tarjeta de identidad de extranjero, aun caducada.

- Tener la tarjeta de identidad de extranjera caducada no es obstáculo para jurar. Además, en cuanto la persona jure, dejará de ser extranjera.

- La nacionalidad española se adquiere desde el momento de la jura. Por eso, se indica en el acta, incluso la hora exacta en la que ella tiene lugar (art. 64 de la Ley de Registro Civil).


2.- Lo de la jura ante notario, no ha pasado de ser una noticia periodística. Lo único cierto fue la celebración del Convenio entre el Ministerio de Justicia y el Consejo General del Notariado, para que fuera posible la jura ante notarios, de forma gratuita. Pero no se ha pasado a la ejecución, no se ha aprobado Instrucción alguna de la Dirección General de Registros y del Notariado y por ello, no está operativa esa posibilidad, a pesar de existir el Convenio.

Un cordial saludo.

06/06/2013 22:26
Muchísimas gracias por su pronta y clara respuesta. Realmente me ayudaron a tranquilizarme.

Otra consulta.
Yo tengo que jurar en el Registro Civil de la ciudad de Zaragoza, saben aproximadamente decirme cuánto están tardando en entregar la partida de nacimiento luego de la jura?.

Un saludo.
11/07/2013 21:33
Quiero que sepan todos, que la noticia de jurar ante notario, no es sólo luz periodística, ya se está haciendo. Lo único que tienes que hacer es entrar al enlace que les dejo, rellenar el formulario y esperar correo electrónico donde te dan cita para un mes o mes y medio. Suerte a todos.
http://nacionalidad.notariado.org/liferay/web/nacionalidad/inicio
21/05/2015 22:11
puedo jurar con NIE vencido?'
01/10/2019 16:27
Paulucha
Hola. Como te fue con el nie caducado y la jura además de la emisión del dni español y pasaporte?
16/09/2021 12:33
Hola, buenos días por favor aver si me puedes ayudar soy Dominicano metí la nacionalidad en agosto del 2020 tenía residenciá temporal por reagrupación familia de 4 años la cual venció por no poder renovar en enero 2021 ahora bien en marzo del 2021 he solicitado la residencia temporal de un Año por arraigo laboral la cual está en trámite mi temor es puedo obtener la nacionalidad si me la conceden teniendo este problema. O si también me regularizo de aquí que la concendan la nacionalidad no se fijaran en el tiempo que tuve irregular por favor dígame algo se lo agradecería
16/09/2021 13:46
Jcrg020479
Hola:

Usted debía haber cumplido íntegramente el tiempo de residencia legal exigido (2 años en su caso, por ser nacional de origen de un país iberoamericano), que además debía ser continuada e inmediatamente anterior a la petición AL MOMENTO de la presentación de la solicitud de nacionalidad española por residencia.

Si después de la presentación de la solicitud usted pasó a hallarse en situación irregular ("irregularidad sobrevenida"), en nada afecta al procedimiento de nacionalidad española por residencia en tanto que usted sí cumplía con el requisito de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, durante el tiempo mínimo requerido por la Ley en su caso, al momento de la presentación de la solicitud.

Es cierto que antiguamente, cuando el procedimiento se iniciaba ante el encargado del Registro Civil y después se remitía al Ministerio de Justicia a Madrid, el criterio que regía era diferente y se entendía que la persona debía mantener la legalidad de su residencia en España durante todo el procedimiento. Pero este criterio ha sido modificado hace pocos años y con ocasión, por un lado, de la entrada en vigor del nuevo procedimiento electrónico desde el año 2015 y por otro lado, por la jurisprudencia del Tribunal Supremo de Justicia, que ya dejó en claro de manera inequívoca que el requisito de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, debía cumplirse íntegramente al momento de la presentación de la solicitud.

No obstante, hasta tanto usted no haya jurado y se haya inscrito la adquisición de la nacionalidad española por residencia en el Registro Civil, usted seguirá siendo extranjero y por tanto, sujeto al ámbito de aplicación de la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo, con las obligaciones que ella le impone durante su permanencia en España.

Un cordial saludo.
28/09/2021 00:06
Condedecartagena
Hola en ese mismo tenor en mi caso la nacionalidad fue aprobada recientemente y tengo mi NIE caducado con un trámite abierto por circunstancias excepcionales, según me comenta para jurar debo ir con mi NIE vigente y el pasaporte como requisitos indispensables y vi que un comentario anterior dice que no es obligatorio, que hay de cierto en eso
28/09/2021 13:10
Mickey21
Hola:

1.- En principio, como cualquier persona extranjera residente legal en España, debe tener con usted su pasaporte en vigor y su tarjeta de identidad de extranjero en vigor. Tal es la exigencia de la Ley de Extranjería y su Reglamento de desarrollo para todos los extranjeros residentes legales en España.

2.- Si no tuviera la tarjeta de identidad de extranjero en vigor, bien porque estuviera caducada y en proceso de renovación de la autorización de residencia o de la propia tarjeta de identidad de extranjero o bien porque hubiera caído en situación de irregularidad sobrevenida, puede presentarse a jurar ante el encargado del Registro Civil provisto de su pasaporte en vigor, la resolución de concesión de la nacionalidad española por residencia, el certificado literal de nacimiento y el certificado de antecedentes penales del país de origen (los mismos documentos que aportó al expediente de solicitud de nacionalidad española por residencia si lo tramitó vía telemática).

El encargado del Registro Civil es competente para recibir el juramento o promesa y si es exigible, la declaración de renuncia a la nacionalidad anterior y la declaración de opción de vecindad civil y luego, para practicar la inscripción de adquisición de la nacionalidad española por residencia.

3.- Si usted actualmente está tramitando una autorización de residencia por circunstancias excepcionales, no es problema para que jure, porque ya tiene concedida la nacionalidad. En todo caso, cuando ya tenga en su poder la certificación literal de nacimiento española y se haya hecho expedir el DNI, si aún no se ha resuelto a ese momento su procedimiento de Extranjería, debe enviar un escrito dirigido a la Oficina de Extranjería solicitando el archivo del expediente por desaparición de objeto, pues al haber adquirido la nacionalidad española, ha dejado de ser extranjero y por tanto, ha salido del ámbito material de aplicación de la normativa de Extranjería.

Un cordial saludo.
28/09/2021 13:22
Condedecartagena
Muchísimas gracias por tu aclaración muy bien detallado y despejada todo tipo de duda
30/11/2021 23:22
Hola, el jueves pasado día 25 hice la prejura, tengo la jura el día 14 de diciembre, soy venezolana y tengo tarjeta de familiar comunitario solicité la renovación de mi tarjeta y está resuelta favorable, el día de la prejura me aceptaron el pasaporte caducado por la excepción que tenemos los venezolanos, mi pregunta es aún y cuando tengo la jura el día 14 de diciembre y tengo cita para huellas de la renovación de la tarjeta de larga duración debo sacar esta tarjeta? Si creo que antes me llegará la literal de nacimiento, es necesario sacar esa tarjeta si ya el día 14 tendré la jura? Me van a pedir la tarjeta renovada? Porque ya el trámite está hecho no veo sentido solicitar la tarjeta de residencia física si en breve tendré que cambiarla por un dni quedó atenta a su respuesta
01/12/2021 18:23
Gaby17
Hola:

Debe ir a la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía y solicitar la expedición de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Hasta que no se inscriba en el Registro Civil el nacimiento y al margen la adquisición de la nacionalidad española por residencia, no se producirá efectivamente la adquisición de la nacionalidad española y por tanto, seguirá siendo extranjera y sujeta a la normativa de Extranjería.

La inscripción de la adquisición de la nacionalidad española es constitutiva y sus efectos se retrotraen a la fecha de la jura. Pero hasta que no se haya inscrito en el Registro Civil, no se producirá el efecto de la adquisición. Y el Registro Civil tarda en inscribir, dependiendo de la ciudad en la que se encuentre, desde unos días hasta uno o dos meses.

Por eso, debe efectuar el trámite de la toma de huellas de la tarjeta de residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión para que esté documentada hasta tanto tenga en su poder la certificación literal de nacimiento para expedición del DNI y pasaporte.

Un cordial saludo.
01/12/2021 18:52
Condedecartagena
Claro, lo que pasa es que estoy en madrid y en registro central al momento de la prejura me indicaron que de hecho en la policía te dicen que no renueves porque al final el plástico de la tarjeta física me llegaría posterior a la inscripción.
20/12/2021 20:15
Me dejaran jurar con nie caducado? Todos los documentos los tengo actuales??
02/02/2022 20:25
Hola
El pasado diciembre del 2021 recibí una notificación del ministerio Justicia otorgándole la nacionalidad por residencia.
Resulta que tengo mi NIE caducado desde agosto del 2021 y ya había presentado recurso de reposición soliciando la renovación de mi NIE pero aún no me han respondido de extranjería.
Ya para abril de este año tengo la cita para la jura y piden en Registro civil el NIE en vigor para poder jurar.
Que me sugieren que haga?
Que debo hacer en ese